Qué propone
Esta medida crea la 'Ley en Apoyo a la Sostenibilidad del Olímpico de Puerto Rico'. el Código de Rentas Internas para establecer un crédito contributivo para quienes realicen donativos al Fondo Permanente para la Administración de los Bienes Destinados al Deporte y al Olimpismo (Fideicomiso Olímpico). Adicionalmente, modifica la Ley de Recursos de Agua para excluir a este Fideicomiso del pago de tarifas comerciales por extracción de agua, ordenando al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a aplicarles una tarifa de uso institucional. El objetivo es fortalecer financieramente al Fideicomiso Olímpico y sus instalaciones.
Pros
Contras
Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (26)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 5-2022, según enmendada, conocida como “Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño”, a los fines de aumentar la asignación de fondos al Fondo Permanente para la Administración de los Bienes Destinados al Deporte y al Olimpismo de la obligación de pago de tarifa comercial por extracción de agua; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Artículo 3 de la Ley 5-2022 para aumentar la asignación de fondos al Fondo Permanente para la Administración de los Bienes Destinados al Deporte y al Olimpismo. El aumento provendrá de los ingresos generados por el pago de tarifas comerciales por la extracción de agua. Afecta directamente al fondo, a las entidades deportivas que dependen de él, y a los usuarios comerciales que pagan por la extracción de agua.
“Para enmendar la Sección 1051.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de restablecer el Crédito por Donativos al Patronato del Capitolio Estatal de la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados.”
Esta medida enmienda la Sección 1051.06 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011) para restablecer un crédito contributivo por donativos realizados al Patronato del Capitolio Estatal de la Asamblea Legislativa. El objetivo es incentivar la filantropía privada hacia la conservación y mejora del Capitolio. El crédito aplicará a individuos y corporaciones que realicen donaciones al Patronato.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se relaciona con el apoyo al deporte olímpico en Puerto Rico, un ámbito donde la isla ha logrado hitos significativos, como la primera medalla de oro olímpica de Mónica Puig en 2016 y la participación independiente desde 1948. La medida busca fortalecer financieramente al Olímpico, reconociendo la importancia de estas instituciones para el desarrollo y la continuidad de los logros deportivos que son fuente de orgullo nacional.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 768, fue el 7 de octubre de 2025 y el 22 de junio de 2026. Actualmente, se encuentra en trámite en la Cámara de Representantes, habiendo aparecido en Primera Lectura el 24 de junio de 2026 y referido a comisión.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Para añadir un nuevo Artículo 12 y reenumerar los actuales Artículos 12 al 15 como Artículos 13 al 16 en la Ley Núm. 5 de 21 de enero de 2022 según emendada, conocida como “Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño” a los fines de asignar al Departamento de Recreación y Deportes la cantidad de un millón de dólares ($1,000,000) para cubrir sus gastos administrativos y fortalecer la programación dirigida a las diversas poblaciones que atiende; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 5-2022, conocida como la Ley para el Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño. Propone añadir un nuevo Artículo 12 para asignar al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) un millón de dólares ($1,000,000) anuales, comenzando en el Año Fiscal 2026-2027, para cubrir gastos administrativos y operativos relacionados con la administración de fondos a organizaciones deportivas. Alternativamente, autoriza al DRD a retener el 1% de las distribuciones a beneficiarios para estos fines. También busca fortalecer la programación del DRD para diversas poblaciones.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.