Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación a levantar las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley 107 de 1974 sobre una finca específica de 15.9698 cuerdas en Morovis. El propósito es permitir que los actuales poseedores, herederos de los compradores originales bajo el Programa de Fincas Familiares, puedan tener la plena titularidad registral de la propiedad. La medida actúa como una orden legislativa directa para modificar anotaciones registrales sin un proceso administrativo detallado.
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Contras
Última acción · 23 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (43)
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Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada, al predio de terreno marcado con el número veinte (20) en el Plano de Subdivisión de la finca Pasto, sita en el barrio Pasto del término Municipal de Morovis, Puerto Rico, compuesta 16.3460 cuerdas, equivalentes a sesenticuatro mil doscientos cuarentiseis punto veinticuatro sesentinueve (64,246.2469) metros cuadrados, finca número 7539 inscripción primera, inscrita al folio 132 del tomo 150 de Orocovis, Registro de la Propiedad de Barranquitas, a favor de Don Germán Soto Ortiz y Doña Cristina Salgado.
Esta medida propone ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación a eliminar restricciones y condiciones de preservación e indivisión previamente impuestas sobre un predio de terreno específico de 16.3460 cuerdas en Morovis. Estas restricciones fueron anotadas bajo la Ley 107 de 1974. La medida busca liberar dicho terreno, inscrito a favor de Don Germán Soto Ortiz y Doña Cristina Salgado, de dichas cargas registrales.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada, la finca número doce mil noventa (12,090), inscrita al folio tomo de hoja móvil doscientos setenta y uno (271) de Morovis, Registro de la Propiedad de Manatí.
Esta resolución conjunta ordena a la Autoridad de Tierras y a la Junta de Planificación que liberen las restricciones de preservación e indivisión previamente impuestas a la finca número 12,090 en Morovis, inscrita en el Registro de la Propiedad de Manatí. Estas restricciones se basaban originalmente en la Ley Núm. 107 de 1974, destinada a salvaguardar el uso agrícola de las tierras. La medida afecta directamente a los actuales titulares de la finca y sus herederos, permitiéndoles la libre disposición y posible subdivisión del terreno sin las limitaciones agrícolas originales.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida aborda la liberación de restricciones sobre una finca familiar, lo que se relaciona con la informalidad en la titularidad de las viviendas y las disputas por el uso de la tierra, temas recurrentes en la historia de Puerto Rico. La falta de títulos de propiedad formales y las restricciones sobre terrenos han sido obstáculos históricos para el desarrollo y la asistencia en emergencias, como se evidencia en los desafíos de FEMA tras los huracanes.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue presentada en la Cámara de Representantes el 26 de febrero de 2026, aprobada en sala con el 21 de mayo de 2026, y enviada al Senado para su trámite.
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