Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (AT) y a la Junta de Planificación (JP) a liberar un predio específico de 15.9698 cuerdas en Morovis (finca número 7542, marcada como número 7 en el plano) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley 107 de 1974 (Título VI de la Ley de Tierras). La medida busca permitir que los herederos de los titulares originales puedan poseer la tierra libremente, modificando el registro de propiedad.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se relaciona con la informalidad en la titularidad de la vivienda y las disputas por el uso de la tierra, un problema histórico en Puerto Rico que ha afectado la capacidad de las familias para acceder a ayudas y heredar propiedades. La liberación de restricciones busca formalizar la posesión de la tierra, abordando un aspecto de la precariedad patrimonial que ha sido un obstáculo para miles de familias.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 299 fue el 26 de febrero de 2026, el 21 de mayo de 2026 con , y enviada al Senado donde recibió un con enmiendas el 23 de junio de 2026.
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Última acción · 23 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (43)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada, al predio de terreno marcado con el número veinte (20) en el Plano de Subdivisión de la finca Pasto, sita en el barrio Pasto del término Municipal de Morovis, Puerto Rico, compuesta 16.3460 cuerdas, equivalentes a sesenticuatro mil doscientos cuarentiseis punto veinticuatro sesentinueve (64,246.2469) metros cuadrados, finca número 7539 inscripción primera, inscrita al folio 132 del tomo 150 de Orocovis, Registro de la Propiedad de Barranquitas, a favor de Don Germán Soto Ortiz y Doña Cristina Salgado.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación a eliminar las restricciones de preservación e indivisión previamente impuestas bajo la Ley 107 de 1974 a una finca específica de 16.3460 cuerdas en Morovis. El propósito es permitir que los actuales titulares, descendientes de los compradores originales bajo el Programa de Fincas Familiares, puedan poseer la propiedad libre de dichas limitaciones registrales.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada, la finca número doce mil noventa (12,090), inscrita al folio tomo de hoja móvil doscientos setenta y uno (271) de Morovis, Registro de la Propiedad de Manatí.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras y a la Junta de Planificación a liberar las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a una finca específica (número 12,090) en Morovis. El objetivo es permitir que los herederos de los titulares originales puedan poseer la propiedad libre de dichas condiciones, que originalmente buscaban salvaguardar el uso agrícola.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a liberar las condiciones y restricciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas, según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno identificado en el plano de mensura como lote número siete (7), localizado en el Barrio Cialitos del término municipal de Ciales, Puerto Rico; ordenar a la Junta de Planificación a proceder conforme a lo establecido en la Ley para permitir y autorizar la segregación de solares; y para otros fines pertinentes.
Esta Resolución Conjunta buscaba ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico (ATPR) que liberara las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a un predio específico de 13.28 cuerdas en Ciales (lote 7, Barrio Cialitos). También pretendía instruir a la Junta de Planificación (JP) para que permitiera la segregación de solares en dicho terreno. La medida afectaba directamente a los herederos de los compradores originales de la finca y a la gestión registral y de planificación sobre esa propiedad.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación de Puerto Rico a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, a la parcela de terreno con el número seis (6) en el plano de subdivisión de la finca La Salvación, sita en el barrio Río Prieto de Yauco, Puerto Rico, compuesta de 12.6810 cuerdas. Con lindes por el Norte, con camino que la separa de las fincas número 4 y número 5; por el Sur, con terrenos de Rafael López; por el Este, con acueducto y finca número 7; y por el Oeste, con la finca número 5.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Autoridad de Tierras y a la Junta de Planificación a remover las restricciones de preservación e indivisión que pesaban sobre una parcela específica de 12.6810 cuerdas en Yauco, bajo la Ley Núm. 107 de 1974. La medida afecta directamente a los actuales poseedores de la finca y a las agencias gubernamentales encargadas de la administración de tierras.
Para ordenar a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico y a la Junta de Planificación de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones la finca número doce mil cuarenta (12,040) de Morovis sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley 107 del 3 de julio de 1974, según enmendada.
La Resolución Conjunta de la Cámara 61 propone liberar la finca número 12,040 en Morovis de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. Esto permitiría a los sucesores de los titulares originales obtener plena titularidad sobre la propiedad, que fue adjudicada bajo el Programa de Fincas de Tipo Familiar y estaba destinada a uso agrícola.
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