Qué propone
Esta medida crea la "Ley de Protección y Transparencia en el Otorgamiento de Becas Deportivas a Menores de Edad" para establecer requisitos mínimos en los contratos de becas deportivas ofrecidos por entidades privadas a menores de 21 años en Puerto Rico. Busca prohibir cláusulas abusivas, garantizar la prioridad educativa y de salud, y asigna jurisdicción al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para supervisar estos acuerdos, afectando directamente a atletas menores de edad y a las instituciones que les otorgan becas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. de la C. 1053, fue el 14 de enero de 2026 y el 26 de febrero de 2026. Posteriormente, fue referida a comisiones en el Senado, donde se rindió un informe sin el 24 de junio de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 24 de junio de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (35)
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Para crear la " Ley para la Regulación de la Elegibilidad Atlética Escolar Basada en la Madurez Biológica.", a los fines de prohibir la reclasificación de estudiantes atletas con fines deportivos en Puerto Rico; establecer que la competencia se regirá por la edad cronológica y no por el grado escolar; prohibir el descenso de grado académico por motivaciones atléticas hasta el décimo grado; establecer la jurisdicción del Departamento de Recreación y Deportes; y para otros fines relacionados.”
Esta medida crea la "Ley para la Regulación de la Elegibilidad Atlética Escolar Basada en la Madurez Biológica". Prohíbe la reclasificación de estudiantes atletas a grados inferiores por motivos deportivos, estableciendo la edad cronológica (al 1 de enero del año en curso) como criterio principal de elegibilidad hasta el décimo grado. Se prohíbe el descenso académico por motivos atléticos hasta el décimo grado y se otorga jurisdicción al Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para fiscalizar y reglamentar la ley en un plazo de 120 días, imponiendo multas y suspensiones a infractores.
Para establecer la “Ley para la Regulación del Financiamiento de Programas Deportivos Escolares”, a los fines de prohibir el cobro de cuotas o cargos a estudiantes o a sus padres por participar en los programas deportivos que representen a una institución educativa; permitir métodos alternos de financiamiento para dichos programas; establecer una excepción para los programas administrados y operados por terceros contratados por la institución educativa; y para otros fines relacionados
Esta medida establece la Ley para la Regulación del Financiamiento de Programas Deportivos Escolares, prohibiendo que instituciones educativas (públicas o privadas) cobren cuotas de participación a estudiantes o padres para programas deportivos representativos. Permite métodos alternos de financiamiento como auspicios, donaciones y fondos institucionales, pero crea una excepción para programas administrados por terceros contratados por la institución, quienes podrían imponer dichos cobros bajo su contrato.
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