Para enmendar el Artículo 3; y añadir un nuevo inciso (aa) al Artículo 7 de la Ley 15-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Inspector General de Puerto Rico”, a los fines de ampliar la jurisdicción de la Oficina del Inspector General para incluir a exservidores públicos, contratistas y excontratistas gubernamentales, permitiendo la investigación de actos o irregularidades cometidos durante su servicio público; y para otros fines relacionados.
Qué propone
El PC 308 proponía el Artículo 3 de la Ley 15-2017 para incluir las categorías de servidor y exservidor público, y añadir al Artículo 7 la facultad de la OIG de investigar a exservidores públicos, contratistas y excontratistas por actos vinculados a su servicio o contrato con entidades gubernamentales. La OIG no podría iniciar una investigación si hubiera pasado más de un año desde que conoció los hechos. También ordenaba a la OIG aprobar para implantar la ley en un máximo de 60 días. La medida no fue aprobada y no amplió la jurisdicción .
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
La comisión añadió que la OIG no podrá iniciar una investigación si ha pasado más de un año desde que conoció los hechos que la motivan.
En qué va
La Cámara aprobó el proyecto el 12 de mayo de 2025. El 23 de junio, el Senado lo derrotó a viva voz; por tanto, no se convirtió en ley.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 23 de junio de 2025
Derrotado a viva voz
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (51)
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.