Para crear la “Ley de Protección del Espacio Aéreo y Uso de Aeronaves No Tripuladas sobre Instalaciones de Seguridad del Gobierno de Puerto Rico”; a los fines de restringir el uso de aeronaves no tripuladas, conocidas como “drones” en los espacios aéreos de instalaciones públicas que lleven a cabo operaciones de seguridad; establecer penalidades; crear un Fondo Especial adscrito al Negociado de la Policía de Puerto Rico; establecer sus usos; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La medida crea la "Ley de Protección del Espacio Aéreo y Uso de Sistemas Aéreos No Tripulados sobre Instalaciones de Seguridad del Gobierno de Puerto Rico". Restringe la operación de drones en el espacio aéreo de instalaciones públicas de seguridad e infraestructura crítica, definiendo estas áreas y los drones sujetos a la ley. Establece penalidades por violaciones, clasificadas en cuatro tipos con multas y penas de cárcel que van desde delitos menos graves hasta graves (hasta 8 años y $5,000). Crea excepciones para emergencias, militares, y ciertas agencias gubernamentales y programas, y destina los ingresos por multas a la Policía de Puerto Rico para campañas informativas, tecnología de detección y programas de drones.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 20 de abril de 2026, tras haber sido el 19 de junio de 2025 y pasar por varias comisiones. Actualmente, el texto de aprobación final ha sido enviado al Senado para su consideración.
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Última acción · 23 de abril de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (39)
En contra (11)
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