Qué propone
Esta medida la Ley Núm. 106 de 2017, conocida como la Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos. Específicamente, redesigna el primer párrafo del Artículo 2.6 como inciso (a) y añade un nuevo inciso (b). El propósito es permitir que padres o madres servidores públicos que se separen de su empleo para cuidar a hijos con incapacidad o enfermedad terminal puedan acceder a sus beneficios de retiro acumulados.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el debate sobre la Ley 106-2017, la cual fue crucial para reestructurar el sistema de pensiones tras su colapso financiero. La medida busca flexibilizar el acceso a los beneficios acumulados para un grupo específico de servidores públicos, lo que refleja la tensión continua entre la sostenibilidad fiscal del sistema y las necesidades sociales de los jubilados y sus familias.
En qué va
La medida, P. del S. 1056, fue de Puerto Rico el 7 de mayo de 2026, con 26 votos a favor y 0 en contra, y 2 ausencias. Posteriormente, fue enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 12 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (26)
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Para añadir un nuevo inciso (c) al Artículo 3-108 y enmendar el inciso (c) como (d) de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como “Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, con el propósito de incluir a los padres o madres que se separen del servicio para dedicarse al cuido de sus hijos con incapacidad o enfermedad terminal, permitiéndoles acceder a los beneficios de retiro acumulados; y para otros fines.
El Proyecto del Senado 429 propone enmendar la Ley Núm. 447 de 1951, conocida como el Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno, para añadir un nuevo inciso que permitiría a los padres o madres que se separen del servicio público para cuidar a hijos con incapacidad o enfermedad terminal, acceder a los beneficios de retiro acumulados. Esto aplicaría a los participantes de los planes de retiro vigentes.
“Para enmendar el inciso (l) del Artículo 1.7 y el inciso (c) del Artículo 3.3 de la Ley 106-2017, según enmendada, conocida como “Ley para Garantizar el Pago a Nuestros Pensionados y Establecer un Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para los Servidores Públicos”; y añadir un inciso (8) al Artículo 4 de la Ley 9-2013, según enmendada, conocida como “Ley de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 2013”, a los fines de incluir a la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado entre las Entidades Administradoras del Nuevo Plan de Aportaciones Definidas; como alternativa a los empleados activos bajo Reforma 2000 y el Plan 106 que opten transferir voluntariamente su plan de aportaciones definidas a dicha Asociación; establecer una nueva categoría de socios de la Asociación señalada, para incluir a los exempleados públicos del Sistema 2000, Plan 106 y otros; y para otros fines relacionados.”
Ausente (2)
La medida propone enmendar la Ley 106-2017 y la Ley 9-2013 para incluir a la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado (AEELA) como una entidad administradora del Nuevo Plan de Aportaciones Definidas para servidores públicos. Esto permitiría a empleados activos bajo la Reforma 2000 y el Plan 106 transferir voluntariamente sus planes de aportaciones definidas a AEELA, y crearía una nueva categoría de socios en AEELA para exempleados públicos de dichos sistemas. Afecta directamente a los servidores públicos activos y exempleados que opten por participar en esta nueva opción administrativa.
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