Para enmendar los Artículos 1-A, 1-B, 3, 5, 5-A y 36 de la Ley 45 de 18 de abril de 1935, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo”, con el fin de incluir animales de asistencia certificados como parte del equipo funcional rehabilitador para trabajadores con pérdida total de visión o audición; para facultar al Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado a establecer un proceso estructurado para la evaluación, selección y seguimiento de los animales de asistencia certificados; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida la Ley Núm. 45 de 1935, conocida como la 'Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo', para incluir animales de asistencia certificados (como perros guía o de señal) como parte del equipo funcional rehabilitador para trabajadores que hayan sufrido pérdida total de visión o audición a causa de un accidente laboral. Faculta al Administrador de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE) a establecer un proceso para la evaluación, selección y seguimiento de estos animales. La medida afecta directamente a trabajadores con estas discapacidades sensoriales y al CFSE.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida fue el Senado el 24 de febrero de 2026. Tras pasar por varias comisiones y recibir informes con , fue el 22 de junio de 2026 y enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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