Qué propone
La medida propone la total de la Ley Núm. 7 de 8 de junio de 1972, conocida como la Ley del Medallón. El propósito declarado es eliminar una ley que se considera obsoleta e inoficiosa. Esto significa que la ley que establecía el requisito del medallón vehicular dejará de tener efecto legal y no se aplicará más.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 1198, fue de Puerto Rico el 21 de mayo de 2026, sin votos en contra. Posteriormente, fue enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 28 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (27)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para derogar la Ley Núm. 78 de 17 de junio de 1955, comúnmente llamada “Ley para Prohibir la Conducción o Transportación de Pasajeros en Vehículos de Motor No Diseñados para Tal Conducción o Transportación, y sus Excepciones”, por haberse constituida esta, en una Ley obsoleta e inoficiosa; y para otros fines relacionados.
Esta medida deroga la Ley Núm. 78 del 17 de junio de 1955, la cual prohibía la transportación de pasajeros en vehículos no diseñados para ello. Al derogarla, se elimina la prohibición legal existente, permitiendo implícitamente que tales actividades, si no están cubiertas por otras leyes o reglamentos, puedan ocurrir sin la restricción específica de esta ley obsoleta. La medida no crea nuevos mecanismos, cifras o plazos, sino que elimina una norma antigua.
Para enmendar los Artículos 1.78, 2.13, 2.14, 2.15, 2.17, 2.44 y los incisos (c) y (v) del Artículo 2.48 de la Ley 22-2000, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de autorizar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a emitir, mantener y validar digitalmente los permisos de vehículos de motor, arrastres y semiarrastres mediante la plataforma Cesco Digital u otra plataforma autorizada por el Departamento de Transportación y Obras Públicas; disponer que dichos permisos digitales tendrán la misma validez que los permisos físicos; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para autorizar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a emitir, mantener y validar digitalmente los permisos de vehículos de motor, arrastres y semiarrastres. Se establece que estos permisos digitales tendrán la misma validez legal que los físicos, permitiendo su uso a través de la plataforma Cesco Digital u otras autorizadas por el DTOP. Esto afecta directamente a los conductores y propietarios de vehículos en Puerto Rico, así como a las operaciones del DTOP.
Ausente (1)
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.