Qué propone
La medida la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico (Ley 22-2000) para autorizar al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) a emitir, mantener y validar digitalmente los permisos de vehículos de motor, arrastres y semiarrastres. Se establece que estos permisos digitales tendrán la misma validez legal que los físicos, permitiendo su uso a través de la plataforma Cesco Digital u otras autorizadas por el DTOP. Esto afecta directamente a los conductores y propietarios de vehículos en Puerto Rico, así como a las operaciones del DTOP.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la tendencia de digitalización de los trámites vehiculares que busca aliviar las ineficiencias burocráticas históricas de los Centros de Servicios al Conductor (CESCO) del DTOP. La medida busca expandir el alcance de la digitalización, que ya ha sido implementada parcialmente para licencias y marbetes, a los permisos de vehículos, lo que podría mejorar el acceso y la agilidad de estos servicios.
En qué va
La medida, P. del S. 0788, fue el 15 de octubre de 2025 y de Puerto Rico el 22 de enero de 2026 con 28 votos a favor y ninguno en contra. Actualmente, se encuentra en trámite en la Cámara de Representantes, habiendo sido referida a comisión tras su primera lectura el 27 de enero de 2026.
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Última acción · 27 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
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Para ordenar al Departamento de Transportación y Obras Públicas, en coordinación con el “Puerto Rico Innovation and Technology Service”, a actualizar la aplicación de CESCO Digital para integrar permanentemente en esta el permiso de vehículos de motor, arrastres o semiarrastres, luego de que se haya satisfecho el pago de los derechos correspondientes; enmendar el Artículo 2.13 y el inciso (c) Artículo 2.49 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a fin de establecer que el permiso de vehículos de motor, arrastres o semiarrastres integrado permanentemente en la aplicación CESCO Digital, podrá ser utilizado por los conductores como una herramienta suplementaria o sustitutiva válida de autorización para transitar por las vías públicas de Puerto Rico.
Esta medida ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), en coordinación con el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), a actualizar la aplicación CESCO Digital para incluir permanentemente el permiso de vehículos de motor, arrastres o semiarrastres. Al enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito (Ley 22-2000), se establece que esta versión digital del permiso, una vez pagados los derechos correspondientes, será una herramienta válida y sustitutiva de la versión física para transitar por las vías públicas. Afecta directamente a todos los conductores y propietarios de vehículos en Puerto Rico.
Para enmendar el Artículo 3.13-A, los incisos (h), (s) y (t) del Artículo 23.05, y el Artículo 25.01, derogar el Articulo 25.02 y sustituir por uno nuevo, y enmendar el Artículo 25.03 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico", a los fines de establecer que las multas de tránsito deberán ser notificadas a través de la aplicación móvil (app) del Departamento de Transportación y Obras Públicas para las licencias virtuales, CESCO Digital, o cualquier otro sistema digital autorizado por el Secretario con propósitos de notificación ciudadana; disponer la información mínima que deberá contener dicha notificación; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico para que las multas de tránsito deban ser notificadas principalmente a través de la aplicación móvil CESCO Digital del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), o sistemas digitales autorizados. Se detallan los requisitos mínimos de información para estas notificaciones digitales y se modifican los plazos y métodos para la prescripción y cobro de multas, estableciendo que las multas de más de tres años solo podrán cobrarse si se notificaron previamente por medios digitales o tradicionales. Afecta a todos los conductores y propietarios de vehículos en Puerto Rico que reciban multas de tránsito.
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