Para enmendar el Artículo 3.040 de la Ley 107-2020, mejor conocida como “Código Municipal de Puerto Rico a los fines de establecer que el importe de las multas impuestas por concepto de violaciones a los Códigos de Orden Público será utilizado estrictamente para el funcionamiento del Programa y para la compra de uniformes y equipos a los agentes estatales y policías municipales que se encuentren adscritos a los Códigos en municipios en que se haya implantado el mismo; para incluir a los vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales como funcionarios autorizados a imponer multas por infracciones a las disposiciones contenidas en los Códigos de Orden Público en la zona marítimo terrestre; disponer que los municipios que no continúen con la implementación de los Códigos o eliminen su Policía Municipal, deberán traspasar todo el equipo adquirido mediante fondos previamente asignados al Negociado de la Policía de Puerto Rico; facultar al Comisionado de la Policía de Puerto Rico a evaluar las áreas de alta incidencia criminal para sugerir al municipio afectado la implantación de un Código de Orden Público o el mejoramiento del mismo; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida el Artículo 3.040 de la Ley 107-2020, Código Municipal de Puerto Rico. Autoriza a los vigilantes del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) a imponer multas por violaciones a los Códigos de Orden Público en la zona marítimo-terrestre. También faculta al Comisionado de la Policía de Puerto Rico a evaluar áreas de alta incidencia criminal para sugerir a los municipios la implantación o mejora de dichos códigos. La medida, tal como , no incluye las disposiciones del título sobre el uso estricto de multas para uniformes y equipos, ni la obligación de traspasar equipo a la Policía de Puerto Rico si un municipio elimina su policía municipal.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la autonomía municipal, consolidada por la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y el Código Municipal de 2020. Aunque el Código unificó la legislación previa y mantuvo la autonomía administrativa, el traspaso de competencias ha sido desigual, y esta medida busca ajustar las facultades de los municipios en cuanto a la implementación de los Códigos de Orden Público y la coordinación con agencias estatales.
En qué va
La medida, P. del S. 128, fue el 2 de enero de 2025. Fue el 5 de marzo de 2026, tras ser referida a comisiones y recibir un informe conjunto con . Actualmente, el texto aprobado por el Senado ha sido enviado a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 12 de marzo de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (23)
En contra (1)
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