Qué propone
Esta medida el Artículo 2.6(f) de la Ley Núm. 54 de 1989, conocida como Ley de Violencia Doméstica. Elimina la discreción judicial para ordenar la participación mandatoria en programas de reeducación para peticionarios de Órdenes de Protección. Impone esta participación como condición de la orden y establece que el incumplimiento resultará en desacato, además de que el Tribunal impondrá el pago de los costos del programa, con opción a servicio comunitario para quienes no puedan pagar.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en la historia de la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha estado marcado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como la declaración de estado de emergencia por violencia de género en 2021 y la creación del Comité PARE. La medida busca fortalecer la Ley de Violencia Doméstica de 1989, reflejando la evolución de las políticas públicas para proteger a las mujeres y abordar la conducta agresiva en relaciones de pareja.
En qué va
El P. del S. 411 fue presentado el 11 de marzo de 2025 y referido a la Comisión de lo Jurídico. Tras recibir un informe con , fue aprobado en el Senado el 18 de agosto de 2025, pero posteriormente derrotado .
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 18 de agosto de 2025
Derrotada por el Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (7)
En contra (16)
Abstenido (2)
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