Qué propone
El Proyecto del Senado 524 propone el Artículo 4 de la Ley 26-2009, conocida como Proyecto de Servicio Comunitario Estudiantil. Busca añadir dos nuevas opciones para que los estudiantes de escuela superior cumplan con sus horas de servicio comunitario requeridas para graduarse: (1) participar en adiestramientos basados en principios de disciplina militar para mejorar destrezas vitales y oportunidades de empleo, y (2) apoyar trabajos en organismos gubernamentales o entidades privadas dedicados a la protección y bienestar animal (albergues, refugios, santuarios, hospitales veterinarios).
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue el 9 de abril de 2025, el 15 de septiembre de 2025, y posteriormente recibió un de la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes el 26 de febrero de 2026, no recomendando su aprobación en su forma actual.
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Última acción · 26 de febrero de 2026
Comisión no recomienda aprobación de la medida
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A favor (24)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para añadir un nuevo inciso C. al Artículo 4 de la Ley Núm. 26-2009, según enmendada, mejor conocida como la Ley de “Proyecto de Servicio Comunitario Estudiantil”, a los fines de incluir entre aquellos autorizados los diversos programas y servicios comunitarios que lleva a cabo la Policía de Puerto Rico, incluyendo, pero sin limitarse a, ofrecer servicio en apoyo de la Liga Atlética Policiaca y para otros fines.
La medida propone añadir dos nuevos incisos (C y D) al Artículo 4 de la Ley 26-2009 (Ley del Proyecto de Servicio Comunitario Estudiantil). El inciso (C) autorizaría a los estudiantes a realizar horas de servicio comunitario en programas y servicios de la Policía de Puerto Rico, incluyendo apoyo a la Liga Atlética Policiaca. El inciso (D) permitiría la participación en actividades de apoyo y acompañamiento en Centros de Cuidado de Adultos Mayores. Afecta directamente a estudiantes de escuela superior, el Departamento de Educación y la Policía de Puerto Rico.
Para añadir enmendar el inciso (k), añadir un nuevo inciso (l), y redesignar el actual inciso (l), como (m), en la Sección 8 de la Ley 212-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Registro y Licenciamiento de Instituciones de Educación”, a los fines de disponer para que el Secretario del Departamento de Estado promueva el ofrecimiento de programas, cursos o talleres dirigidos a desarrollar en el estudiantado de las instituciones de educación básica, actitudes de compasión y sentido de justicia y respeto hacia los animales, en aras de prevenir el maltrato contra estos, a través de opúsculos, cartas circulares u otros métodos; y para otros fines relacionados.
La medida PS 501 propone enmendar la Ley 212-2018 para añadir una función al Secretario del Departamento de Estado. Esta función consiste en promover el ofrecimiento de programas educativos en instituciones de educación básica dirigidos a fomentar la compasión y el respeto hacia los animales, con el fin de prevenir el maltrato. La implementación de estos programas por parte de las instituciones educativas sería de carácter voluntario. El Secretario tendría 180 días para promulgar reglamentación al respecto.
Para crear la “Ley sobre el Programa de Concientización Juvenil Pro-Bienestar Animal”, con el propósito de garantizar la participación de los estudiantes de todos los niveles del sistema educativo público de Puerto Rico en talleres y actividades que propendan el desarrollo de la empatía y sensibilidad en pro del bienestar animal; y para otros fines relacionados.
Esta medida crea la "Ley sobre el Programa de Concientización Juvenil Pro-Bienestar Animal" (PS 1251). Establece un programa obligatorio dentro del Departamento de Educación para impartir talleres y actividades sobre bienestar animal a estudiantes de todos los niveles del sistema educativo público. El programa garantizará un mínimo de horas de contacto educativo cada semestre, buscando fomentar la empatía y el respeto hacia los animales.
Para enmendar el Artículo 6 de la Ley 261-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Voluntariado de Puerto Rico”, a los fines de autorizar a los municipios, agencias, dependencias e instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, a investigar y procurar fondos federales disponibles, que permitan que nuestros adultos mayores participen en programas de voluntariado en el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida proponía enmendar el Artículo 6 de la Ley 261-2004 (Ley del Voluntariado de Puerto Rico) para autorizar explícitamente a municipios, agencias y dependencias gubernamentales a investigar y procurar fondos federales dirigidos a programas de voluntariado para adultos mayores. Su objetivo era facilitar la participación de este grupo demográfico en el servicio público a través de dichas iniciativas.
Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer para que el Secretario del Departamento de Educación establezca en el currículo del nivel superior, un curso compulsorio de educación vial de un semestre como requisito de graduación de dicho nivel; derogar la Ley 209 de 25 de agosto de 2000, según enmendada, conocida como “Ley para Establecer en el Currículo de las Escuelas Superiores Públicas un Curso Compulsorio de Seguridad en el Tránsito”; y para otros fines relacionados.
La medida propone enmendar la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico) para añadir un nuevo requisito de graduación en el nivel superior: un curso compulsorio de un semestre sobre educación vial. Simultáneamente, deroga la Ley 209-2000, que establecía un curso similar en las escuelas superiores públicas. El Secretario del Departamento de Educación será responsable de establecer este nuevo curso, que deberá cubrir temas como el riesgo de conducir bajo efectos de sustancias, medidas de seguridad, y convivencia vial. La medida busca integrar la educación vial en el currículo postsecundario y facilitar la colaboración de otras agencias y entidades privadas en su implementación.
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