Qué propone
El Proyecto del Senado 560 el Plan de Reorganización 2-2011 para añadir un nuevo inciso (ss) al Artículo 7. Ordena la creación e implementación de un Sistema Digital de Control de Población Correccional. Este sistema centralizará la información sobre las personas bajo custodia, buscando una administración más eficiente y segura de los datos de los confinados. Afecta directamente al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) y a la Puerto Rico Innovation & Technologies Services (PRITS) en su implementación.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la evolución del sistema correccional de Puerto Rico, que ha experimentado una contracción de su población de confinados y ha buscado optimizar recursos. La creación de un sistema digital centralizado para la gestión de datos de la población correccional busca modernizar y hacer más eficiente la administración de un sistema que ha enfrentado desafíos de habitabilidad y servicios, como se menciona en la fuente 6.
En qué va
El Proyecto del Senado 560 fue aprobado por el Senado el 6 de noviembre de 2025 y enviado a la Cámara de Representantes, donde recibió un sin de la Comisión de Seguridad Pública el 30 de enero de 2026.
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Última acción · 30 de enero de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (22)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para añadir un nuevo Artículo 10-C y enmendar el Artículo 12 del Plan de Reorganización Núm. 2-2011, según enmendado, a los fines de crear el Sistema Transparente de Créditos Rehabilitadores; disponer el registro, certificación, notificación y revisión de actividades rehabilitadoras de la población correccional; y para otros fines relacionados.
El P. del S. 1280 propone añadir un Artículo 10-C y enmendar el Artículo 12 del Plan de Reorganización Núm. 2-2011 para crear el Sistema Transparente de Créditos Rehabilitadores. Este sistema registrará, certificará y notificará las actividades de rehabilitación (trabajo, estudio, tratamiento, etc.) de la población correccional. Afecta directamente a las personas en custodia, al Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) y a la Junta de Libertad Bajo Palabra, buscando mejorar la trazabilidad del progreso individual.
Para enmendar el Artículo 9 del Plan de Reorganización 2-2011, según enmendado, conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011”, con el propósito de crear formalmente una denominada “Carta de Derechos de la Población Correccional en Puerto Rico”; disponer que los derechos otorgados sean interpretados de la forma más liberal y beneficiosa para el cliente; establecer la forma en que la población correccional podrá reclamar el cumplimiento de los derechos y beneficios otorgados mediante esta Ley; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Artículo 9 del Plan de Reorganización 2-2011 para crear formalmente la 'Carta de Derechos de la Población Correccional en Puerto Rico'. Establece que estos derechos se interpretarán de forma liberal y beneficiosa para el cliente, y define un mecanismo para reclamar su cumplimiento. Afecta directamente a las personas bajo custodia del Departamento de Corrección y Rehabilitación y a los funcionarios encargados de su administración.
Para enmendar los Artículo 3, 4, 5, 7, 8 y 10 de la Ley Núm. 75 de 8 julio de 1986, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia” para adscribir dicho programa al Departamento de Corrección y Rehabilitación; hacer cambios en la composición del Comité Asesor en Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia en Puerto Rico; realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 606 buscaba enmendar la Ley Núm. 75 de 1986 para adscribir el Programa de Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia al Departamento de Corrección y Rehabilitación. También proponía modificar la composición del Comité Asesor en Justicia Juvenil y Prevención de la Delincuencia y realizar ajustes técnicos. La medida estaba dirigida a reorganizar la estructura administrativa del programa.
Para añadir un nuevo Artículo 10-D al Plan de Reorganización Núm. 2-2011, según enmendado, a los fines de crear el Programa de Identidad y Documentos Vitales y Esenciales para la Reinserción; disponer la evaluación y gestión documental de personas próximas a excarcelación; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 1281 propone añadir un nuevo Artículo 10-D al Plan de Reorganización Núm. 2-2011 para crear el Programa de Identidad y Documentos Vitales y Esenciales para la Reinserción, adscrito al Departamento de Corrección y Rehabilitación. Este programa evaluará, orientará y asistirá a las personas próximas a excarcelación en la gestión de documentos necesarios para su reintegración, como certificaciones de nacimiento, identificaciones, tarjetas de seguro social, expedientes educativos y médicos. Afecta directamente a la población correccional que está por salir de prisión, buscando facilitar su transición a la vida civil.
Para enmendar el inciso (j) del Artículo 33 del Plan de Reorganización del Departamento de Corrección y Rehabilitación de 2011, Plan de Reorganización Número 2 de 21 de noviembre de 2011, según enmendado, a los fines de crear un Registro de Acuerdos Colaborativos bajo el Programa de Empresas, Adiestramientos, Trabajo y Cooperativas (PEATC); establecer mecanismos de documentación, evaluación, transparencia y divulgación pública de dichos acuerdos; disponer la rendición de informes anuales comprensivos al Gobernador(a) de Puerto Rico y a la Asamblea Legislativa; y para otros fines relacionados
La medida enmienda el inciso (j) del Artículo 33 del Plan de Reorganización Número 2 de 2011 del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). Crea un Registro de Acuerdos Colaborativos bajo el Programa de Empresas, Adiestramientos, Trabajo y Cooperativas (PEATC), detallando su naturaleza, vigencia, recursos y resultados. Establece la publicación electrónica de este registro para transparencia y fiscalización pública, y exige un informe anual comprensivo al Gobernador y la Asamblea Legislativa. Afecta directamente al DCR, al personal del PEATC, a las entidades colaboradoras y a la población correccional que participa en estos programas.
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