Para crear la “Ley para el Incentivo Corporativo y Empresarial de Puerto Rico y Amnistía Corporativa”, para la concesión de una Amnistía en las multas, penalidades y cargos por la presentación tardía de Informes Anuales en el Departamento de Estado, para viabilizar la activación de corporaciones inactivadas o canceladas por los pasados diez 10 años, establecer un término de noventa (90) días calendarios para la presentación de informes anuales sin multas, en virtud de esta ley, para disponer los términos, condiciones y procedimientos para esta “Amnistía Corporativa” y para otros fines.
Qué propone
El PS 562 crea una amnistía para corporaciones con o sin fines de lucro, sociedades de responsabilidad limitada y otras entidades cubiertas por la Ley General de Corporaciones que adeuden informes anuales. Les permite presentar hasta diez informes dentro de los 90 días calendario desde la aprobación de la ley sin pagar multas ni penalidades, pero deben pagar el arancel o derecho de radicación correspondiente. Para entidades canceladas o inactivas por no más de diez años, ordena al Secretario de Estado activarlas de inmediato si pagan los derechos correspondientes, solicitan la restauración y presentan todos los informes cubiertos por la amnistía. También autoriza al Secretario a emitir normas y modificar procesos para aplicar la ley, y deja sin efecto las órdenes o del Departamento de Estado que sean incompatibles; la ley entraría en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Senado aprobó el proyecto el 6 de noviembre de 2025 y envió el texto a la Cámara. El 12 de noviembre de 2025 tuvo primera lectura en la Cámara y fue referido a comisión.
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Última acción · 12 de noviembre de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (25)
En contra (2)
Abstenido (1)
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