Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08, 1040.02, 1061.03, 1061.04, 1061.16, 1061.17, 1061.25, 1063.05, 1063.15, 1101.01, 4010.01, 6041.10, 6051.21, 6055.03, 6055.06, y 6080.14 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar el Artículo 7.135 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico de 2011”; enmendar las Secciones 1020.08, 2082.02, 2082.03, 2082.04, 2082.05, 2083.01, 6011.05, 6020.10, y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; enmendar la Sección 2 de la Ley 132-2010, según enmendada, conocida como la “Ley de Estímulo al Mercado de Propiedades Inmuebles”, enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 168 de 30 de junio de 1968, según enmendada, conocida como "Ley de Exenciones Contributivas a Hospitales"; reducir el cumplimiento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
varias disposiciones del Código de Rentas Internas y otras leyes contributivas: permite a ciertas compañías de responsabilidad limitada elegir el tratamiento de entidad ignorada aunque su único dueño no sea residente, y eleva de $3 millones a $10 millones el promedio de ingresos brutos que permite a un negocio usar el método de recibido y pagado para años contributivos iniciados después del 31 de diciembre de 2024. Requiere que bancos y otros proveedores de servicios financieros informen cargos cobrados a clientes comerciales, y condiciona a esa información ciertas deducciones bajo la contribución alternativa mínima. Ordena consolidar en un formulario por periodo las declaraciones patronales de nómina mediante SURI, con un acuerdo entre Hacienda y Trabajo efectivo no más tarde del 1 de enero de 2026; además, permite que municipios acuerden con Hacienda administrar por SURI el impuesto municipal sobre ventas y uso, y dispone transferencias de datos sobre vehículos, embarcaciones y alquileres a corto plazo. Extiende hasta el 31 de diciembre de 2040 la para ingresos de alquiler residencial, concede diez años adicionales de beneficios contributivos a ciertas unidades hospitalarias y amplía exenciones para agricultores bona fide con certificación, sujeto a requisitos del texto. La dispensa de informes anuales corporativos desde 2025 que aparece en los artículos 15.01 y 15.03 ya figura en esos artículos incluidos, así que no es un cambio nuevo de este proyecto.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Senado aprobó el proyecto con el 3 de abril de 2025 y lo remitió a la Cámara. El 10 de abril de 2025 tuvo primera lectura en la Cámara y fue referido a comisión.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 10 de abril de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (22)
En contra (2)
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