Qué propone
La medida PS 8 múltiples secciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011), la Ley General de Corporaciones (Ley 164-2009), el Código de Incentivos (Ley 60-2019) y otras leyes. Busca consolidar la presentación de planillas de impuestos de nómina mediante un acuerdo colaborativo entre Hacienda y Trabajo, mejorar la fiscalización transfiriendo información de agencias a Hacienda sobre propiedades, y ajusta definiciones y reglas contributivas para entidades, corporaciones, agricultores y otros contribuyentes.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida PS 8 fue el 2 de enero de 2025, el 4 de abril de 2025 con , y enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 10 de abril de 2025
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (22)
En contra (2)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08,1040.02,1061.03,1061.04,1061.09,1061.16,1061.17,1061.25,1063.05,1063.15,1063.16,1092.02, 4010.01, 6010.05, 6041.10, 6051.21, 6055.03, y 6055.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011"; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la "Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar los Artículos 7.135 y 7.207 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico de 2011"; enmendar las Secciones 6020.10, y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como "Código de Incentivos de Puerto Rico"; con el fin de simplificar y uniformar fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, reducir el cumpli11:1iento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
Esta ley enmienda múltiples secciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011), la Ley General de Corporaciones (Ley 164-2009), el Código Municipal (Ley 107-2020) y el Código de Incentivos (Ley 60-2019). Busca simplificar y uniformar fechas de radicación de planillas para negocios, consolidar la presentación de impuestos de nómina mediante un acuerdo colaborativo entre Hacienda y Trabajo, y mejorar la fiscalización transfiriendo información de propiedades entre agencias. También actualiza definiciones y tratamientos contributivos para entidades como compañías de responsabilidad limitada (LLC) y fideicomisos, y ajusta plazos y requisitos de información.
Para enmendar la Secciones 1010.01, 1021.01, 1021.02, 1021.06, 1022.07, 1031.02, 1033.18, 1078.02, 1081.01, 3030.03, 4030.05, 4030.17 y 6041.11, de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el fin de reducir la carga contributiva de los contribuyentes en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
El P. del S. 912 enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011) para reducir la carga contributiva de los individuos y simplificar la tributación de compañías de responsabilidad limitada (LLC). Los cambios incluyen la posibilidad de que LLCs de un solo dueño (persona natural o jurídica) elijan ser tratadas como 'Entidad Ignorada' para fines contributivos a partir de 2024. A partir de 2025, se ajustan las tasas impositivas sobre ingresos para individuos, se duplica la exención por dependiente a $5,000, y se introduce ajuste por inflación para ciertos umbrales de ingreso y exenciones. También se derogan exenciones específicas sobre el impuesto sobre ventas y uso para material promocional y equipos solares, y se modifica la tributación de distribuciones de planes de retiro de servidores públicos.
“Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08, 1040.02, 1061.03, 1061.04, 1061.09, 1061.16, 1061.17, 1061.25, 1063.05, 1063.15, 1063.16, 1078.02, 4010.01, 6041.10, 6051.21, 6055.03, y 6055.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar los Artículos 7.135 y 7.207 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico de 2011”; enmendar las Secciones 6011.05, 6020.09, 6020.10, 6060.05 y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; con el fin de simplificar y uniformar fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, reducir el cumplimiento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
El Proyecto del Senado 497 buscaba enmendar múltiples secciones del Código de Rentas Internas de 2011, la Ley General de Corporaciones, el Código Municipal y el Código de Incentivos de Puerto Rico. Sus objetivos declarados incluían simplificar y uniformar las fechas de radicación de planillas para negocios, reducir el cumplimiento contributivo mediante un acuerdo colaborativo entre Hacienda y el Departamento del Trabajo para consolidar planillas de impuestos de nómina, y mejorar la fiscalización mediante la transferencia de información sobre propiedades de personas entre agencias gubernamentales.
Para añadir un inciso (4) al apartado (b) de la Sección 1051.01; añadir un inciso (3) al apartado (a) de la Sección 1061.09; enmendar el apartado (a) de la Sección 1061.15; enmendar el apartado (g) de la Sección 1062.03; añadir un inciso (1) al apartado (c) de la Sección 1083.01 y añadir un apartado (f) a la Sección 1083.02 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” a los fines de aclarar diversas disposiciones para fortalecer la administración del sistema tributario y facilitar el cumplimiento por parte de la ciudadanía y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda varios artículos del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011) para aclarar disposiciones, fortalecer la administración tributaria y facilitar el cumplimiento ciudadano. Los cambios afectan la forma en que se calculan créditos por contribuciones pagadas en el extranjero para ciertos ingresos preferenciales y de entidades con decretos de incentivos (Sección 1051.01), la opción de tributación para fideicomisos creados en Puerto Rico (Secciones 1061.09 y 1083.01), el tratamiento de entidades ignoradas para fines de someter estados financieros y retención en el origen (Secciones 1061.15 y 1063.03), y la obligación de informar a beneficiarios de sucesiones o fideicomisos (Sección 1083.02). Afecta principalmente a contribuyentes individuales, corporaciones, fideicomisos y sucesiones.
Para enmendar los Artículos 7.138, 7.148 y 7.162 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de fijar para los años fiscales 2024 al 2028, la imposición contributiva sobre el valor del inventario a base de un promedio de valoración de inventarios y de la tasa de contribución vigente para el año 2024-2025, según publicada por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales; para otorgar al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales la facultad de requerir al Departamento de Hacienda aquella información o datos pertenecientes a los contribuyentes del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales, sin que esta se entienda como una renuncia a las obligaciones del Departamento o del Gobierno de Puerto Rico para con el Servicio de Rentas Internas de Estados Unidos, todo lo cual permitirá tener un mecanismo que resuelva finalmente la sustitución del impuesto al inventario; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020) para fijar la imposición contributiva sobre el valor del inventario de comerciantes y manufactureros para los años fiscales 2024 al 2028. Permite a los negocios elegir calcular este impuesto basándose en un promedio de su valoración de inventarios de años anteriores (2021-2023) o la tasa vigente para el año fiscal 2024-2025. También otorga al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) mayor facultad para obtener información del Departamento de Hacienda, facilitando la administración de este impuesto. Afecta directamente a los municipios, comerciantes, manufactureros y al CRIM.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.