Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08,1040.02,1061.03,1061.04,1061.09,1061.16,1061.17,1061.25,1063.05,1063.15,1063.16,1092.02, 4010.01, 6010.05, 6041.10, 6051.21, 6055.03, y 6055.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011"; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la "Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar los Artículos 7.135 y 7.207 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico de 2011"; enmendar las Secciones 6020.10, y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como "Código de Incentivos de Puerto Rico"; con el fin de simplificar y uniformar fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, reducir el cumpli11:1iento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Ley 65-2025 el Código de Rentas Internas, la Ley General de Corporaciones, el Código Municipal y el Código de Incentivos para cambiar reglas contributivas y fechas de informes. Para años contributivos iniciados después del 31 de diciembre de 2024, sube de $3 millones a $10 millones el límite de ingresos brutos promedio de los últimos tres años para usar el método de recibido y pagado; también permite ciertas deducciones en la contribución mínima alterna y excluye determinados dividendos de esa base. Desde 2025, las corporaciones domésticas y foráneas dejan de presentar el informe anual al Departamento de Estado, pero conservan un cargo anual de al menos $100; para negocios con decreto sujetos a la fecha especial, la declaración municipal de volumen de negocios vence cinco días laborables después del 15 de junio. Ordena a Hacienda y al Departamento del Trabajo consolidar en un formulario por período, mediante SURI, informes y pagos patronales, con un acuerdo efectivo no más tarde del 1 de julio de 2026. También impide aceptar ciertas planillas enmendadas durante auditorías o investigaciones y ordena transferir a Hacienda datos de vehículos, embarcaciones y alquileres residenciales a corto plazo, incluidos datos personales de sus titulares.
Pros
Contras
Intereses en juego
Qué cambió en comisiónsegún el entirillado del informe
El Senado retrasó un año el inicio del límite de $10 millones para usar el método de recibido y pagado: mantuvo el límite de $3 millones durante 2024.
En qué va
La Cámara aprobó el proyecto el 7 de abril de 2025; el Senado lo aprobó con el 16 de junio y la Cámara concurrió el 30 de junio. La Gobernadora lo firmó el 17 de julio de 2025 como Ley 65-2025, desde su aprobación.
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Última acción · 17 de julio de 2025
Ley 65-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (45)
A favor (23)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
“Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08, 1040.02, 1061.03, 1061.04, 1061.09, 1061.16, 1061.17, 1061.25, 1063.05, 1063.15, 1063.16, 1078.02, 4010.01, 6041.10, 6051.21, 6055.03, y 6055.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar los Artículos 7.135 y 7.207 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico de 2011”; enmendar las Secciones 6011.05, 6020.09, 6020.10, 6060.05 y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; con el fin de simplificar y uniformar fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, reducir el cumplimiento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa buscaba enmendar múltiples artículos del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011), la Ley General de Corporaciones (Ley 164-2009), el Código Municipal (Ley 107-2020) y el Código de Incentivos (Ley 60-2019). Sus objetivos principales eran simplificar y unificar las fechas de radicación de planillas para negocios, reducir el cumplimiento contributivo mediante un acuerdo colaborativo entre Hacienda y el Departamento del Trabajo para impuestos de nómina, y mejorar la fiscalización con la transferencia de información entre agencias gubernamentales sobre propiedades. También pretendía modernizar el tratamiento contributivo de entidades como las LLCs y clarificar reglas sobre trabajadores a distancia.
Para enmendar la Secciones 1010.01, 1021.01, 1021.02, 1021.06, 1022.07, 1031.02, 1033.18, 1078.02, 1081.01, 3030.03, 4030.05, 4030.17 y 6041.11, de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el fin de reducir la carga contributiva de los contribuyentes en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011) para reducir la carga contributiva de los individuos y simplificar ciertas disposiciones. Los cambios incluyen la modificación de las tasas del impuesto sobre ingresos para individuos, el ajuste por inflación de ciertas exenciones y límites de ingreso, la simplificación en el tratamiento tributario de compañías de responsabilidad limitada (LLC) y la eliminación de ciertas exenciones al impuesto sobre ventas y uso. Afecta principalmente a contribuyentes individuales y a ciertas entidades de negocio.
Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08, 1040.02, 1061.03, 1061.04, 1061.16, 1061.17, 1061.25, 1063.05, 1063.15, 1101.01, 4010.01, 6041.10, 6051.21, 6055.03, 6055.06, y 6080.14 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar el Artículo 7.135 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico de 2011”; enmendar las Secciones 1020.08, 2082.02, 2082.03, 2082.04, 2082.05, 2083.01, 6011.05, 6020.10, y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; enmendar la Sección 2 de la Ley 132-2010, según enmendada, conocida como la “Ley de Estímulo al Mercado de Propiedades Inmuebles”, enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 168 de 30 de junio de 1968, según enmendada, conocida como "Ley de Exenciones Contributivas a Hospitales"; reducir el cumplimiento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
La medida PS 8 enmienda múltiples secciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011), la Ley General de Corporaciones (Ley 164-2009), el Código de Incentivos (Ley 60-2019) y otras leyes. Busca consolidar la presentación de planillas de impuestos de nómina mediante un acuerdo colaborativo entre Hacienda y Trabajo, mejorar la fiscalización transfiriendo información de agencias a Hacienda sobre propiedades, y ajusta definiciones y reglas contributivas para entidades, corporaciones, agricultores y otros contribuyentes.
Para enmendar la Secciones 1010.01, 1021.01, 1021.02, 1021.06, 1022.07, 1031.02, 1033.18, 1078.02, 1081.01, 3030.03, 4030.05, 4030.17 y 6041.11, de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 con el fin de reducir la carga contributiva de los contribuyentes en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
El P. del S. 912 enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011) para reducir la carga contributiva de los individuos y simplificar la tributación de compañías de responsabilidad limitada (LLC). Los cambios incluyen la posibilidad de que LLCs de un solo dueño (persona natural o jurídica) elijan ser tratadas como 'Entidad Ignorada' para fines contributivos a partir de 2024. A partir de 2025, se ajustan las tasas impositivas sobre ingresos para individuos, se duplica la exención por dependiente a $5,000, y se introduce ajuste por inflación para ciertos umbrales de ingreso y exenciones. También se derogan exenciones específicas sobre el impuesto sobre ventas y uso para material promocional y equipos solares, y se modifica la tributación de distribuciones de planes de retiro de servidores públicos.
Para enmendar la Sección 1033.15, de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para añadir un nuevo párrafo (7) al inciso (H) con el fin de conceder un aumento en la deducción de aportaciones a Cuentas de Retiro Individual; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Sección 1033.15 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para aumentar la deducción máxima permitida para aportaciones a Cuentas de Retiro Individual (IRA). El cambio principal es equiparar el límite de deducción en Puerto Rico al establecido en el Código de Rentas Internas Federal (Sección 219(b)(5)(A) y sus ajustes), aplicable a años contributivos que comiencen después del 31 de diciembre de 2024. Afecta directamente a los contribuyentes individuales que realizan aportaciones a sus IRA.
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