Qué propone
La Ley crea el Banco de Uniformes Escolares, adscrito al Departamento de Educación, para recolectar, clasificar y distribuir uniformes usados en buen estado a estudiantes de escuelas públicas de escasos recursos. Establece como política pública fomentar la equidad educativa mediante mecanismos solidarios de acceso a uniformes, promoviendo la reutilización textil y la cooperación entre el Departamento, municipios y organizaciones. La administración recae en cada escuela bajo la política del Departamento, que debe adoptar para su implementación en el siguiente inicio académico tras su aprobación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, presentada en noviembre de 2025, fue el 23 de febrero de 2026 y enviada a la Cámara de Representantes. Tras su paso por comisiones, fue del de la Cámara el 1 de septiembre de 2026 y devuelta a comisión para su revisión.
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Última acción · 1 de septiembre de 2026
Devuelto a la Comisión(es)
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En contra (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la “Ley de Equidad Educativa para Estudiantes Inmigrantes en Puerto Rico”, con el propósito declarar como la política pública del Gobierno de Puerto Rico, el repudio al discrimen hacia todo estudiante menor de edad, que carezca de estatus legal; reconocer que todo menor tiene derecho a la educación pública, gratuita y obligatoria, sin importar su estatus migratorio; establecer el que las escuelas públicas sean espacios seguros que no participen directa o indirectamente en acciones de detención o deportación, que se proteja la confidencialidad de la información personal de estudiantes inmigrantes y que se promueva una cultura de inclusión y protección, contra el acoso o violencia por razones de nacionalidad o idioma; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley de Equidad Educativa para Estudiantes Inmigrantes en Puerto Rico" para declarar política pública el repudio al discrimen contra menores sin estatus legal. Establece que las escuelas públicas son espacios seguros que no participarán en acciones de detención o deportación, protege la confidencialidad de la información personal de estudiantes inmigrantes y promueve una cultura de inclusión. Afecta directamente a estudiantes menores de edad sin estatus legal, sus familias, el Departamento de Educación y el personal escolar.
Para crear la "Ley parala Municipalización y el Mantenimiento Optimo de los Planteles de Educación Pública"; disponer el traspaso de titularidad de los planteles escolares; añadir un nuevo inciso (g) al Articulo 8.01 y dos nuevos Articulos 8.02 y 8.03 a la Ley 85-2018, según enmendada, a los fines de viabilizar la transferencia voluntaria de las gestiones no docentes en los planteles escolares a los municipios de Puerto Rico, autorizar el establecimiento de consorcios o agrupaciones de municipios para estos fines; establecer el carácter obligatorio de parte del Departamento de Educación en responder positivamente a cualquier solicitud de transferencia de parte de cualquier municipio o alianza entre ellos, asi como delinear los deberes y responsabilidades de este Departamento, de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, de la Autoridad de Asesoria Financiera y Agencia Fiscal y del Departamento de Hacienda con relación a cualquier transferencia propuesta; todo ello en aras de promover que los municipios puedan voluntariamente ofrecerse a responsabilizarse del mantenimiento de los planteles escolares y otros servicios dirigidos a asegurar la calidad de las instalaciones educativas disponibles para nuestros esfudiantes, y para otros fines relacionados.
La medida crea la 'Ley para la Municipalización y el Mantenimiento Óptimo de los Planteles de Educación Pública' y enmienda la Ley 85-2018 para permitir el traspaso voluntario de la titularidad de planteles escolares y/o la gestión de servicios no docentes (mantenimiento, transportación, comedor, administración general) a los municipios. Afecta directamente al Departamento de Educación, a los municipios que soliciten la transferencia y a los estudiantes al modificar la administración de sus instalaciones educativas.
Para establecer la “Ley para el Acceso Educativo y Cultural en Instituciones Penitenciarias”, a los fines de ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico y al Sistema de la Universidad de Puerto Rico identificar, catalogar y donar anualmente libros impresos excedentes o descontinuados, en buenas condiciones, para uso exclusivo en las bibliotecas de las instituciones penitenciarias administradas por el Departamento de Corrección y Rehabilitación; disponer sobre la coordinación interagencial correspondiente; ordenar la presentación de un informe anual al Senado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Ley 173-2026 establece un programa anual para donar libros impresos excedentes o descontinuados en buen estado desde las bibliotecas escolares del Departamento de Educación y las bibliotecas del Sistema de la Universidad de Puerto Rico hacia las bibliotecas de las instituciones penitenciarias del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Se ordena la identificación, catalogación y donación de estos materiales, que deben ser aptos para fines educativos y de rehabilitación, excluyendo contenido perjudicial. La ley también dispone la coordinación interagencial y la presentación de un informe anual al Senado.
Para crear la "Ley para el Rescate de una Generación", establecer el Programa de Ayuda al Estudiante adscrito al Departamento de Educación, disponer sus propósitos, deberes y facultades; y para otros fines relacionados.
La Ley 94-2025, conocida como 'Ley para el Rescate de una Generación', crea el Programa de Ayuda al Estudiante adscrito al Departamento de Educación. Este programa busca ofrecer servicios integrales de salud mental y bienestar a todos los estudiantes del sistema público de enseñanza, incluyendo consejería, terapia y seguimiento. La ley establece responsabilidades para el Secretario de Educación, define servicios mínimos, y dispone la contratación de entidades proveedoras, con un plazo de implementación progresiva de hasta tres años y una fecha de vigencia efectiva el 1 de julio de 2026.
Para enmendar el inciso (g), y añadir un nuevo inciso (h), en el Articulo 8.01 de la Ley 85- 2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de establecer que los planteles escolares que sean cerrados, consolidados o reorganizados en virtud del mencionado Articulo, serán posteriormente destinados para, preferiblemente, albergar empresas generadoras de actividad económica en la comunidad circundante a la instalación; crear un denominado "Inventario Interactivo de Estructuras en Desuso", que incluirá planteles, terrenos, lotes, fincas, y otras propiedades inmuebles pertenecientes al Departamento de Educación, el cual servirá como herramienta de información y un instrumento de promoción para el desarrollo de actividad económica; derogar la Ley 124-2015, conocida como "Ley Especial de identificación de escuelas en desuso"; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 85-2018 (Reforma Educativa) para que los planteles escolares cerrados, consolidados o reorganizados se destinen preferiblemente a albergar empresas generadoras de actividad económica. Crea un 'Inventario Interactivo de Estructuras en Desuso' de propiedades del Departamento de Educación y deroga la Ley 124-2015. Afecta directamente al Departamento de Educación, al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) y a las comunidades donde se ubican estas escuelas.
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