Qué propone
La medida establece la "Ley para el Acceso Educativo y Cultural en Instituciones Penitenciarias", ordenando al Departamento de Educación y a la Universidad de Puerto Rico (UPR) identificar, catalogar y donar anualmente libros impresos excedentes o descontinuados en buen estado. Estos libros se destinarán exclusivamente a las bibliotecas de las instituciones penitenciarias administradas por el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR). La ley también dispone sobre la coordinación interagencial y exige un informe anual al Senado.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 665, fue y la Cámara de Representantes con y el 15 de julio de 2026, tras un trámite legislativo que incluyó referencias a comisiones y votaciones finales en ambos cuerpos.
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Última acción · 15 de julio de 2026
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A favor (25)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para crear la “Ley de Artículos Esenciales para la Población Correccional”, a los fines de establecer un catálogo mínimo de artículos esenciales que deberán estar disponibles en las instituciones correccionales del Departamento de Corrección y Rehabilitación; disponer normas sobre inventario mínimo, suplido continuo, sustitución equivalente, acceso a artículos básicos de higiene, salud, comunicación mínima y cuidado personal; crear un mecanismo de kit básico institucional para personas confinadas indigentes o sin recursos suficientes; requerir planes de suplido, continuidad operacional y reservas institucionales ante emergencias; ordenar la adopción de reglamentación; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley de Artículos Esenciales para la Población Correccional" para establecer un catálogo mínimo de artículos básicos (higiene, salud, comunicación, cuidado personal) que el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) deberá garantizar en todas las instituciones correccionales. Se establecen normas para inventario mínimo, suplido continuo, sustitución equivalente, y se crea un mecanismo de kit básico para personas confinadas indigentes o sin recursos. Además, se exige la adopción de planes de suplido, continuidad operacional y reservas ante emergencias, afectando directamente a las personas bajo custodia correccional y la administración del DCR.
“Para enmendar los Artículos 1.03, 2.01, 2.04, añadir un nuevo Capítulo XIV, reenumerar los actuales Capítulos XIV, XV, y XVI como los nuevos Capítulos XV, XVI y XVII, reenumerar los actuales Artículos 14.01 al 14.09, como los nuevos Artículos 15.01 al 15.09, reenumerar el actual Artículo 15.01 como el nuevo Artículo 16.01, reenumerar los actuales Artículos 16.01 al 16.07, como los nuevos Artículos 17.01 al 17.07, de la Ley 85-2018, según enmendada y conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” a los fines de establecer un nuevo modelo educativo conocido como “Escuelas Públicas de Inclusión” donde todos los estudiantes de educación especial y/o con diversidad funcional puedan desempeñarse por grados académicos junto con estudiantes de la corriente regular y recibir en el mismo plantel escolar, todos los servicios necesarios; fomentar ambientes inclusivos dentro del sistema público de enseñanza; establecer un término de diez (10) años para que el Departamento de Educación formalice el establecimiento de “Escuelas Públicas de Inclusión”; y para otros fines relacionados.”
En contra (2)
Ausente (1)
A favor (47)
Enmienda la Ley 85-2018, "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", para establecer el modelo "Escuelas Públicas de Inclusión". Este modelo busca integrar a estudiantes de educación especial y/o con diversidad funcional junto a estudiantes de la corriente regular en el mismo plantel, recibiendo todos los servicios necesarios. Se establece un plazo de diez (10) años para su formalización por el Departamento de Educación y se reestructuran diversos capítulos y artículos de la ley.
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