Para reenumerar el segundo inciso (64) como subinciso (65) y añadir un subinciso (69) al inciso (b) del Artículo 2.04 del Capítulo II de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a fin de disponer que el Secretario del Departamento de Educación velará por el fiel cumplimiento de las responsabilidades fijadas al referido Departamento mediante la Ley Núm. 163-2024, conocida como “Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista”; establecer un programa de capacitación masiva para padres, madres, tutores o encargados de personas con discapacidad que padezcan de Autismo o Trastornos del Espectro Autista (TEA), así como a estudiantes con esta discapacidad cuando ello resulte factible, a fin de brindarles talleres y actividades escolares sobre sus derechos relacionados con el Programa de Educación Especial, los recursos y servicios de educación especial para personas con Autismo o TEA a ser ofrecidos de conformidad con las leyes y reglamentos estatales y federales aplicables; determinar el proceso de querellas para atender controversias surgidas en cuanto a los servicios de educación especial, la jurisprudencia local y federal de educación especial que les resulte pertinente; proveer los contactos de personal escolar disponible para ofrecer orientación al respecto en el Departamento; y realizar correcciones técnicas.
Qué propone
La medida propone añadir un nuevo subinciso (74) al Artículo 2.04(b) de la Ley Núm. 85-2018 (Ley de Reforma Educativa). Este cambio impone al Secretario de Educación la responsabilidad de velar por el cumplimiento de las obligaciones del Departamento de Educación según establecidas en la Ley Núm. 163-2024 (Ley para la Protección, Seguridad, Integración, Bienestar y Desarrollo Integral de las Personas con los Trastornos del Espectro Autista). Además, ordena el establecimiento de un programa de capacitación masiva para padres, madres, tutores o encargados de personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), así como para estudiantes con esta condición cuando sea factible. Este programa incluirá talleres sobre derechos en educación especial, recursos y servicios aplicables, y contactos de personal escolar para orientación. Las escuelas implementarán estos talleres al inicio de cada año escolar o cuando el Secretario lo considere necesario. La medida también realiza correcciones técnicas y renumeraciones.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la reconfiguración del sistema educativo público de Puerto Rico, formalizada por la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa. La medida busca esta ley para asegurar la implementación de servicios especializados para estudiantes con Trastornos del Espectro Autista, abordando así la necesidad de atender las diversas poblaciones estudiantiles dentro de un sistema en constante cambio y bajo escrutinio.
En qué va
La medida fue el 17 de agosto de 2026 y enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 24 de agosto de 2026
Referido a Comisión(es)
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