Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico que liberen las restricciones de preservación e indivisión impuestas sobre un predio de terreno específico (marcado con el número 11 en el plano de subdivisión de la finca Santa Ana, en Coamo). El propósito es permitir la segregación de esta finca, que fue adquirida originalmente bajo el Programa de Fincas de Tipo Familiar, para adjudicar parcelas independientes a los herederos de los compradores originales, Julio Rivera Martínez y Eufemia Martínez Colón. La medida busca facilitar que los herederos puedan utilizar estos terrenos, presumiblemente para sus residencias.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida aborda la liberación de restricciones sobre terrenos adquiridos bajo el Programa de Fincas de Tipo Familiar, lo cual se relaciona directamente con la custodia y ordenamiento territorial que la Autoridad de Tierras ha gestionado históricamente desde la reforma agraria de 1941. El debate sobre la preservación de suelos arables frente a la presión del desarrollo, como se menciona en los fragmentos, es un antecedente clave para entender las tensiones que surgen al intentar segregar fincas agrícolas para otros usos.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 89 fue presentada el 26 de marzo de 2025 y el 22 de junio de 2026. Posteriormente, fue enviada al Senado, donde recibió su primer informe de comisión el 28 de agosto de 2026 y está actualmente pendiente de su calendario.
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Última acción · 28 de agosto de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (49)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras proceder con la liberación de las restricciones y las condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número quince (15) en el plano de subdivisión de la finca Algarrobo, sita en el Barrio Algarrobo de la jurisdicción municipal de Aibonito, Puerto Rico y adquirida por don Alfredo González Malavé y doña Lucía Ortiz Rolón, hoy fallecidos, a los fines de permitir la segregación de esta finca a favor de sus hijos herederos.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico a remover las restricciones de preservación e indivisión sobre un predio de terreno específico (marcado con el número 15 en el plano de subdivisión de la finca Algarrobo en Aibonito). El objetivo es permitir la segregación de esta finca, que fue originalmente adquirida bajo el Programa de Fincas de Tipo Familiar (Ley Núm. 107 de 1974), para poder dividirla y adjudicar parcelas a los herederos de los compradores originales, Alfredo González Malavé y Lucía Ortiz Rolón.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número Veintiuno (21) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura Número Ochenta y Seis (86) y otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, ante el Notario Público Bolivar Dones Rivera, sobre la Finca Número Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Siete (6,497), inscrita al Folio Número Ciento Cincuenta y Tres (153) del Tomo Noventa y Uno (91) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Monserrate De Jesús, fallecido y Doña Justina Rosario Morales.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación a liberar un predio de terreno específico (identificado como número veintiuno (21) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, Finca Número 6,497 en Comerío) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 (Programa de Fincas de Tipo Familiar). Afecta directamente a los herederos de los titulares originales de dicha finca, permitiéndoles modificar las anotaciones registrales sobre la propiedad.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número Doce (12) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Certificación de Titulo otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 13 de junio de 1983, ante el Director Ejecutivo de la Corporación para el Desarrollo Rural de Puerto Rico, Rene A. Pico Irizarry, en representación del Secretario de Agricultura, Carlos J. López Nieves, sobre la Finca Número Seis Mil Ochocientos Setenta y Ocho (6,878), inscrita al Folio Número Doscientos Noventa y Uno (291) del Tomo Noventa y Siete (97) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de Don Miguel Ángel Vélez Del Hoyo, fallecido y Doña Myrta Milagros Rivera Colón.
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico a liberar un predio de terreno específico (Finca Núm. 6,878, ubicado en Comerío, marcado como número doce (12) en el plano de subdivisión de la finca “Vega Redonda”) de las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974. Afecta directamente a los herederos de los titulares originales de esta finca, permitiéndoles potencialmente poseerla en calidad de dueños sin las limitaciones agrícolas o de subdivisión impuestas originalmente.
Para ordenar al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras proceder con la liberación de las restricciones y las condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto por la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número once (11) en el plano de subdivisión de la finca El Melón, sita en el Barrio Palmarejo de la jurisdicción municipal de Coamo, Puerto Rico y adquirida por don Santos Correa David y doña Luz Palmira Alvarado Rodríguez, hoy fallecidos, a los fines de permitir la segregación de esta finca a favor de sus hijos herederos.
Esta Resolución Conjunta ordena específicamente al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras que liberen las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 a una finca particular (marcada con el número 11 en la finca El Melón, Coamo). El propósito es permitir la segregación (división) de esta propiedad para adjudicar parcelas independientes a los herederos de los antiguos dueños, Santos Correa David y Luz Palmira Alvarado Rodríguez. Afecta directamente a los herederos de esta familia y a las agencias gubernamentales encargadas de la administración de tierras agrícolas.
Para ordenar a la Departamento de Agricultura y a la Junta de Planificación de Puerto Rico de acuerdo con lo establecido a liberar de las restricciones y condiciones sobre preservación e indivisión previamente impuestas y anotadas según dispuesto en la Ley Núm. 107 de 3 de julio de 1974, según enmendada, del predio de terreno marcado con el número trece (13) en el Plano de Subdivisión de la finca “Vega Redonda”, según consta en la Escritura de Compraventa con Restricciones Número Setenta y Nueve (79), otorgada en el Municipio de San Juan, Puerto Rico, el 15 de noviembre de 1979, sobre la Finca Número Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Seis (6,496), inscrita al Folio Número Ciento Cuarenta y Nueve (149) del Tomo Noventa y Uno (91) de Comerío, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, Inscripción Primera e inscrita a favor de don Ramon Febo Rodríguez, también conocido como Ramon Febus Rodríguez y doña Rosenda Burgos Ortiz, ambos fenecidos
Esta Resolución Conjunta ordena al Departamento de Agricultura y a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico liberar las restricciones de preservación e indivisión impuestas bajo la Ley Núm. 107 de 1974 sobre un predio específico (Finca "Vega Redonda", predio 13) que fue originalmente asignado bajo el Programa de Fincas de Tipo Familiar. La medida establece un plazo de 120 días para que estas agencias procedan con la liberación, afectando directamente a los herederos de los titulares originales de dicha finca.
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