Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) a establecer un Comité Asesor. Este comité tendrá la función de desarrollar planes de mercadeo y promoción para las rutas o zonas de interés turístico identificadas en el Municipio de Loíza, en cumplimiento con la Ley Núm. 113-2020. La medida afecta directamente a la CTPR, que debe crear el comité, y al Municipio de Loíza, cuyos atractivos turísticos serán promovidos.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la evolución del turismo en Puerto Rico, que ha pasado de una institucionalización general con la Compañía de Turismo de Puerto Rico (Ley 10 de 1970) a estrategias más específicas, como el desarrollo de rutas o zonas de interés turístico en municipios particulares, buscando diversificar la economía. La historia del turismo en la isla muestra un esfuerzo constante por promover el destino, adaptándose a los cambios y buscando nuevas formas de atraer visitantes, lo que esta medida para Loíza busca replicar a nivel local.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 19 de marzo de 2025 y por la Cámara el 18 de agosto de 2025, siendo firmada por la Gobernadora el 9 de septiembre de 2025, con el número Res. Conj. 32-2025.
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Última acción · 9 de septiembre de 2025
Res. Conj. 32-2025
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A favor (28)
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Para ordenar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, realizar los trámites administrativos necesarios y pertinentes para cumplir con las disposiciones de la Ley 25-2018, que declaró un tramo de la Carretera Estatal Núm. PR-187, del Municipio de Loíza, como la Ruta de Turismo Gastronómico que será conocida como: “Ruta de la Tradición Loiceña”; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) a realizar los trámites administrativos necesarios para cumplir con la Ley 25-2018. Dicha ley declaró un tramo de la Carretera PR-187 en Loíza como la Ruta de Turismo Gastronómico ‘Ruta de la Tradición Loiceña’. La CTPR deberá integrar esta ruta en su plan de trabajo, adaptar publicaciones, preparar un plan de desarrollo y promoción para los comerciantes locales, y orientarlos sobre incentivos económicos. Adicionalmente, la CTPR deberá someter informes de progreso cada 45 días ante las secretarías de ambos cuerpos legislativos.
Para solicitar a la Compañía de Turismo de Puerto Rico, promover y desarrollar planes de mercadeo, promoción y apoyo a los municipios de Canóvanas, Loíza, Río Grande, Luquillo, Fajardo, Ceiba, Naguabo y las islas municipio de Vieques y Culebra, en conjunto con las oficinas de turismo de cada uno de estos municipios, y en los casos que algunos de los municipios no cuente con una oficina de turismo municipal, proporcionar la asistencia técnica necesaria y las estrategias para su creación, desarrollo y la planificación de proyectos turísticos; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta solicita a la Compañía de Turismo de Puerto Rico (CTPR) que desarrolle planes de mercadeo, promoción y apoyo para nueve municipios específicos y sus islas municipio (Canóvanas, Loíza, Río Grande, Luquillo, Fajardo, Ceiba, Naguabo, Vieques y Culebra). Requiere que la CTPR colabore con las oficinas de turismo municipales existentes y, en su ausencia, provea asistencia técnica para su creación, desarrollo y planificación de proyectos turísticos. Establece la obligación de la CTPR de presentar informes trimestrales sobre el progreso de estas iniciativas ante la Asamblea Legislativa.
A favor (48)
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