Qué propone
La Resolución del Senado 169 ordena a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Inteligencia Artificial del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación, cumplimiento y efectividad de la Ley Núm. 229-2003, conocida como la Ley para garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos. La investigación debe evaluar el grado de cumplimiento en agencias, y municipios, identificar obstáculos, analizar la pertinencia de los estándares tecnológicos actuales y proponer recomendaciones legislativas o administrativas. Afecta directamente a las personas con impedimentos al buscar mejorar su acceso a la información gubernamental digital y a las entidades gubernamentales sujetas a la ley.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Resolución del Senado 169 fue el 2 de mayo de 2025, referida a comisión, y el 26 de mayo de 2026, tras la presentación de un primer informe de comisión con . Actualmente, está pendiente de trámite en la Cámara de Representantes.
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Última acción · 26 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento por parte de las entidades del Gobierno de Puerto Rico con las disposiciones de la Ley 229-2003, según enmendada, conocida como Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos, a los fines de identificar deficiencias en su implementación y formular las medidas correctivas necesarias.
La Resolución del Senado 130 ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva. El propósito es evaluar el cumplimiento por parte de las entidades gubernamentales de Puerto Rico con la Ley 229-2003 (Ley para Garantizar el Acceso de Información a las Personas con Impedimentos). La investigación busca identificar deficiencias en la implementación de dicha ley y proponer medidas correctivas.
“Para ordenar a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 158-2015, según enmendada, conocida como “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, en lo que concierne al proceso de nombramiento de las personas que han integrado el “Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos” durante los últimos diez (10) años; así como la legitimidad de las acciones tomadas por ese organismo, en caso de que se identifique que alguno o varios de sus integrantes ocupan o han ocupado el cargo de forma ilícita.”
La Resolución del Senado 181 (RS 181) ordena a la Comisión de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional del Senado de Puerto Rico investigar el cumplimiento de la Ley 158-2015 (Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos) en cuanto al proceso de nombramiento de los miembros del Consejo Directivo para la Defensa de las Personas con Impedimentos durante los últimos diez años, y la legitimidad de las acciones de dicho consejo si se identifican nombramientos ilícitos.
Para ordenar a la Comisión con jurisdicción del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento con la Ley 75-2019, de la Orden Ejecutiva 2021-007, la Orden Administrativa 2021-001, La Orden Administrativa 2023-001 y de la Carta Circular 2021-004 en las agencias del Estado Libre Asociado, las cuales requiere entre otras cosas, que toda transacción electrónica o formulario disponible en línea deben estar accesible a través del portal de gobierno ‘pr.gov” y que prohíben publicar en portales externos transacciones que no hayan sido incluidas previamente en el portal de gobierno.
La Resolución del Senado 6 (RS 6) buscaba ordenar a una Comisión del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la implementación y el cumplimiento de varias normativas clave de gobierno electrónico y tecnología. Específicamente, se refería a la Ley 75-2019 (Ley de PRITS), la Orden Ejecutiva 2021-007, la Orden Administrativa 2021-001, la Orden Administrativa 2023-001 y la Carta Circular 2021-004. Estas normativas exigen que las transacciones y formularios electrónicos gubernamentales estén accesibles a través del portal pr.gov y prohíben publicar transacciones en portales externos si no han sido previamente incluidas en el portal oficial. La medida no creaba derechos ni obligaciones directas, sino que solicitaba un informe de investigación.
Para ordenar a la Comisión de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la aplicación, implementación y vigencia de la Ley 131 de 13 de mayo de 1943, según enmendada, conocida como “Ley para la Protección de los Derechos Civiles”; evaluar su efectividad frente a las realidades sociales y jurídicas del Puerto Rico contemporáneo; considerar posibles actualizaciones legislativas que garanticen su cumplimiento sustantivo y su alineación con principios constitucionales y estándares internacionales; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 168 ordena a la Comisión de lo Jurídico del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la Ley 131 de 1943 (Ley de Derechos Civiles de Puerto Rico). La investigación evaluará su aplicación, implementación y vigencia actual frente a las realidades sociales y jurídicas contemporáneas, y considerará posibles actualizaciones legislativas. Afecta a la ciudadanía al buscar determinar si la ley vigente protege adecuadamente los derechos civiles en el Puerto Rico de hoy y si requiere reformas.
Para ordenar a la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la “Puerto Rico Innovation and Technology Service” conocida como PRITS, incluyendo las funciones, facultades y deberes de dicha agencia y de los Principales Ejecutivos de Innovación e Información del Gobierno de Puerto Rico; la evaluación por parte del PRITS de todos los contratos de servicios profesionales y consultivos y/o relacionados con la agenda de innovación, informática y tecnología del Gobierno de Puerto Rico, desde enero de 2025 hasta el presente, así como el Plan Estratégico de Innovación y Tecnología para el Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
La Resolución del Senado 306 ordena a la Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos del Senado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). La investigación debe cubrir las funciones de PRITS y de los Principales Ejecutivos de Innovación e Información, la evaluación de contratos de servicios profesionales y consultivos en tecnología desde enero de 2025, y el Plan Estratégico de Innovación y Tecnología. La Comisión tiene 90 días para rendir un informe con hallazgos, conclusiones y recomendaciones.
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