Qué se movió cada día en la Legislatura. Toca un día para ver qué le pasó a cada medida. Los filtros te dejan seguir un solo tipo de trámite, como el Calendario de Órdenes Especiales, que es la antesala de una votación.
En trámite
Camino a votarse
Camino a ser ley
Detenidas
Resto
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9+26 más
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11+4 más
12+12 más
13+96 más
14+18 más
15+12 más
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17+3 más
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23+23 más
24+2 más
+31 más
28+77 más
29+9 más
30+26 más
31+49 más
Para crear la “Ley de la Oficina Anticorrupción e Integridad Pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; establecer el “Registro de Personas Convictas por Corrupción”; crear el “Grupo Interagencial Anticorrupción”; enmendar el Artículo 12 de la Ley Núm. 9 de 24 de julio de 1954, según enmendada; derogar la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, según enmendada; derogar la Ley 15-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Inspector General de Puerto Rico”; se deroga la Ley 1-2012, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico”; se deroga la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, según enmendada; eliminar el inciso (u) del Artículo 18, se derogan los Artículos 48, 49 y 50 y se reenumeran los actuales Artículos 51 al 99 como los Artículos 48 al 96 de la Ley 205-2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Justicia”; a los fines de establecer la Oficina de Anticorrupción e Integridad Pública (OAIP) con plena independencia y autonomía administrativa, presupuestaria y operacional para liderar el procesamiento de delitos de alto perfil consumados por servidores y exservidores públicos bajo la jurisdicción de este estatuto; reestructurar la autoridad para prevenir, investigar y procesar las denuncias o querellas por violentar la ética gubernamental; centralizar la investigación, litigación y procesamiento de crímenes de corrupción y violaciones a la ética gubernamental; adscribir la facultad de preintervención mediante auditorías sobre la operación gubernamental y prevenir conducta contraria al interés público antes de que se consume el acto delictivo; adscribir el Registro de Personas Convictas por Corrupción y Delitos Relacionados bajo la custodia de esta entidad; crear la figura del Fiscal de Corrupción Pública y el Fiscal Especial Independiente, su jurisdicción y funciones; establecer medidas transitorias; y para otros fines.
Para añadir un nuevo subinciso 69 al inciso (b) del Artículo 2.04 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico” con el fin de establecer un número máximo de quince (15) estudiantes por salón en las escuelas Sistema de Educación Pública; y para otros fines relacionados.
Para establecer el “Fondo Especial para la Asistencia de Adultos Mayores” como un fondo permanente que tenga la encomienda de sufragar y atender la necesidad de amas de llaves en Puerto Rico de manera que los cuidadores cuenten con un apoyo adicional financiado por el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para crear la “Ley para Reforzar la Compra y Producción de Productos Agrícolas Puertorriqueños”, a los fines de alcanzar un desarrollo pleno y sostenible para la industria agrícola, con el propósito de que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus agencias, instrumentalidades y municipios, adquieran la mayor cantidad posible de productos agrícolas puertorriqueños; y para otros fines relacionados.
Para derogar la Ley 20-2017, conocida como la “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”; reestablecer las disposiciones de la Ley 53-1996, según enmendada, conocida como “Ley de la Policía de Puerto Rico; restablecer las disposiciones de la Ley Núm. 43 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico”; restituir las disposiciones de la Ley 211-1999, según enmendada, conocida como “Ley de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres de Puerto Rico”; restituir las disposiciones de la Ley 539-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Cuerpo de Emergencias Médicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”; restablecer las disposiciones de la Ley 144-1994, según enmendada, conocida como “Ley de Llamadas 9-1-1”; restituir las disposiciones del Capítulo III del Plan 5-2011, mejor conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Justicia de 2011”; restituir las disposiciones del Plan de Reorganización 2-1993, según enmendado, conocido como “Comisión de Seguridad y Protección Pública”; disponer sobre los fondos federales que pudieron estar en riesgo por la aprobación del Departamento de Seguridad Pública mediante la Ley 20-2017; disponer sobre los empleados del Departamento de Seguridad Pública; disponer sobre las propiedades y equipos del Departamento de Seguridad Pública; establecer las transferencias de poderes y responsabilidades del DSP; derogar y disolver la Junta de Evaluación Médica, el Comité Ejecutivo de Seguridad de Puerto Rico y la Oficina de Manejo de Información de Seguridad; y para otros fines.
Para insertar un nuevo Capitulo IV Plan de Reorganización Núm. 4-2010, según enmendado, conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Agricultura de 2010, enmendar el Artículo 6 y 7-A del Plan de Reorganización Núm. 4-2010, según enmendado, conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Agricultura de 2010, reenumerar los actuales Capítulos IV al VII como los Capítulos V al IX, y reenumerar los actuales Artículos 25 al 51 como los Artículos 30 al 56 del Plan de Reorganización Núm. 4-2010, según enmendado, conocido como “Plan de Reorganización del Departamento de Agricultura de 2010; a los fines de crear el Consejo Asesor de Seguridad Alimentaria, adscrito al Departamento de Agricultura del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Para crear el “Código Anticorrupción y Ética de Puerto Rico de 2025”; establecer la normas éticas para contratistas, suplidores y solicitantes de incentivos económicos del Gobierno; enmendar los Artículos 191 y 280, añadir un nuevo Artículo 250 derogar los actuales Artículos 250 al 267 y reenumerar los Artículos 268 al 309 como los Artículos 251 al 292 de la Ley 146-2012, según enmendada, conocida como “Código Penal de Puerto Rico”; derogar la Ley 2-2018, según enmendada, conocida como “Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico”; derogar la Ley 99 de 5 de mayo de 1941, según enmendada; y para otros fines.
Para enmendar el Artículo 1.6 de la Ley 17-2019, conocida como “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico”, y los Artículos 2.3 y 2.13 de la Ley 82-2010, según enmendada, conocida como “Ley de Política Pública de Diversificación Energética por Medio de Energía Renovable Sostenible y Alterna en Puerto Rico” para atemperar los objetivos de política pública energética a la realidad; garantizar el cumplimiento con las metas establecidas para el 2050; disponer sobre el cumplimiento con la presente Ley; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 6.36 de la Ley 57-2014, según enmendada, conocida como “Ley de Transformación y ALIVIO Energético” para aumentar las multas que puede imponer y facilitar el cobro de las mismas; y para otros fines relacionados.
Para enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales”, a los fines de establecer la “Zona de Planificación Especial Turística de las Casetas y Muelles sobre el agua y terrenos de dominio público de La Parguera”; resolver la incertidumbre jurídica relacionada con las residencias y estructuras existentes en el litoral costero de esta zona; establecer un régimen de pago mediante el cobro de cánones por el uso de la superficie de las porciones de terrenos públicos y de agua que ocupen dichas estructuras existentes; autorizar reglamentación sobre el uso y mantenimiento de dichas estructuras; y para financiar obras permanentes en beneficio de la Reserva Natural y comunidad de La Parguera; aclarar las facultades, responsabilidades y deberes del Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, la Compañía de Turismo de Puerto Rico y la Junta de Planificación; ordenar al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y a la Compañía de Turismo de Puerto Rico que realice, divulgue y ejecute un plan detallado y coordinado de mejoras a la Reserva Natural de La Parguera y a la comunidad que será financiado con el producto de los cánones de impuestos por el uso de la superficie de las porciones de terrenos públicos y de agua que ocupen a las estructuras privadas ubicadas en la zona marítimo terrestre; ordenar sobre el uso de los fondos recaudados por concepto de los cánones cobrados por el Departamento; y para otros fines relacionados.”
Para ordenar a la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre el estado en que se encuentran la carreteras, avenidas, caminos, calles, autopistas, puentes, túneles y cualquier otra infraestructura vehicular en los municipios de Canóvanas, Carolina, y Trujillo Alto, que componen el Distrito Representativo Número 38; proponer acciones para su rehabilitación y estrategias preventivas de mantenimiento; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de la Región Norte de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la operación, manejo y procesos que se llevan a cabo tanto en la Planta de Alcantarillado Sanitario y Tratamiento de Aguas Usadas de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, así como en la Planta de Composta del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, ubicadas en el Barrio Islote del municipio de Arecibo y su respectivo cumplimiento con las regulaciones ambientales estatales y federales; establecer el término de la investigación; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Turismo llevar a cabo una investigación sobre todo asunto relacionado con la promoción y fomento de la industria del turismo como parte esencial del crecimiento económico de Puerto Rico; sobre aquellas investigaciones y estudios que permitan definir, implementar, dirigir y enfocar la política gubernamental sobre el turismo; sobre la asistencia técnica, incentivos y aspectos relacionados al turismo; sobre el manejo, funcionamiento y conservación de los hoteles, paradores y otras facilidades turísticas; los servicios y atractivos turísticos; las escuelas hoteleras y el sector laboral de la industria turística; los juegos de azar, los cruceros, las zonas costeras y portuarias, el turismo gastronómico, médico, de lujo, deportivo, el ecoturismo, el turismo grupal; las entidades gubernamentales y privadas relacionadas con el turismo; el fortalecimiento y la expansión de la industria turística en general; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre los reglamentos internos municipales creados mediante ordenanza sobre el manejo de estorbos públicos, requeridos por la Ley 107-2020, según enmendada, mejor conocida como el Código Municipal de Puerto Rico en el Distrito Representativo 21, que comprende los municipios de Guánica, Lajas, Las Marías, Maricao, Sabana Grande y Yauco, con el fin de auscultar cuáles municipios ya tienen sus reglamentos establecidos y su puesta en vigor, analizar áreas de fortalezas y debilidades; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una investigación sobre todo asunto relacionado con la situación fiscal del Gobierno, el ritmo de cumplimiento de las exigencias del Plan Fiscal Comprensivo exigido por la legislación “PROMESA”, las recaudaciones del Fondo General y los fondos especiales, el estimado de los recaudos e ingresos probables y el financiamiento mediante el uso de empréstitos; los estimados de ingresos, de inversiones y desembolsos de las corporaciones públicas; la legislación que liberalice o imponga contribuciones de cualquier tipo; la deuda pública del Gobierno de Puerto Rico y de las corporaciones públicas, así como las condiciones de pago para los empréstitos; la recaudación, custodia, depósito y contabilidad de los fondos públicos; la pre-intervención y el uso de los fondos públicos de acuerdo a los fines para los que se autorizaron; el estudio y la evaluación del Presupuesto General; las peticiones presupuestarias recomendadas por la Gobernadora para los departamentos, corporaciones públicas, agencias y demás instrumentalidades públicas, tomando en consideración todos los ingresos y recursos del Estado, los de la entidad evaluada, incluyendo fondos federales, fondos especiales y donaciones, así como cualquier otro ingreso y todo asunto relacionado a la otorgación de incentivos económicos que representen o conlleven impacto fiscal; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Adultos Mayores y Bienestar Social de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre los 9,914 referidos de posible maltrato infantil detectó la Secretaria nominada al asumir las riendas del Departamento de la Familia.
Para ordenar a la Secretaría de la Cámara de Representantes de Puerto Rico que le requiera a LUMA Energy y al Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) que dentro del término de cinco (5) días luego de la aprobación de esta Resolución, le provea a este cuerpo el informe preliminar emitido tras el apagón general del 31 de diciembre de 2024; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el alcance de la carta normativa R-2425-17 emitida por el Presidente de la Universidad de Puerto Rico, Dr. Luis A. Ferrao; profundizar sobre los programas en riesgo ante la instrucción de detener la aceptación de estudiantes; el impacto para el estudiantado así como las posibles consecuencias que puede tener para el País la eliminación de estos programas; indagar sobre las razones de baja matricula en los programas en riesgo; y para otros fines relacionados.
Para ordenar a la Comisión de Educación de la Cámara de Representantes realizar una investigación exhaustiva sobre el estado actual de la Escuela Superior Dr. Pedro Albizu Campos, ubicada en Levittown, Toa Baja, Puerto Rico. Dicha escuela ha sido identificada como beneficiaria del Programa Innova, una iniciativa gubernamental del Departamento de Educación destinada a la modernización y reconstrucción de la infraestructura escolar pública en Puerto Rico. La investigación deberá evaluar los avances, retos y uso de los recursos asignados bajo dicho programa; examinar los plazos establecidos para la terminación de las obras propuestas y la coordinación entre las agencias gubernamentales, contratistas y la comunidad escolar; y para otros fines relacionados.