Qué propone
La medida crea la 'Ley para reglamentar la venta de vaporizadores en Puerto Rico'. Prohíbe la venta de vaporizadores a menores de 21 años y la venta en línea a este grupo etario. También prohíbe la venta de líquidos o cartuchos para vapear que tengan sabores o aromas distintos a la nicotina. Otorga al Departamento de Salud la facultad de establecer multas, reglamentar y confiscar productos que incumplan la ley.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 1070, fue el 21 de enero de 2025 y con el 23 de junio de 2026. Actualmente, ha sido enviada al Senado para su consideración.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la Ley 41-2015, según enmendada, conocida como la “Ley para prohibir la venta de cigarrillos electrónicos o “e-cigarettes” a menores de veintiún (21) años de edad” y el inciso b del Artículo 6042.08 de la Ley 1-2011, mejor conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” para prohibir la venta de cigarrillos electrónicos en instalaciones localizadas a menos de quinientos (500) metros de una escuela elemental, intermedia y superior; para añadir enmiendas técnicas y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 41-2015 y el Código de Rentas Internas (Ley 1-2011) para prohibir la venta de cigarrillos electrónicos en establecimientos localizados a menos de 500 metros de escuelas elementales, intermedias y superiores. Busca reducir el acceso de menores y jóvenes a estos productos, complementando la prohibición de venta a menores de 21 años ya existente. Afecta directamente a los vendedores de cigarrillos electrónicos y a los estudiantes y jóvenes que asisten a escuelas.
Para establecer la “Ley para Equiparar los Impuestos sobre Productos de Vapeo y Cigarrillos Electrónicos” para que haya una igualdad del aporte contributivo entre los cigarrillos electrónicos, vaporizadores y sus líquidos, al de los cigarrillos tradicionales derivados del tabaco; y para otros fines relacionados.
La medida, Proyecto de Cámara 1159, establece la Ley para Equiparar los Impuestos sobre Productos de Vapeo y Cigarrillos Electrónicos. Crea nuevos arbitrios sobre cigarrillos electrónicos ($10 por unidad), cartuchos de nicotina y e-líquidos ($1.70 por mililitro), y vaporizadores ($10 por unidad). El propósito es equiparar la carga contributiva de estos productos a la de los cigarrillos tradicionales para desincentivar su consumo, especialmente entre menores de edad, y mitigar riesgos de salud pública.
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