Para crear el "Sistema Uniforme de Códigos de Emergencia en las Escuelas de Puerto Rico", a fin de incorporar códigos de emergencia para las escuelas del Departamento de Educación; establecer la obligación de ofrecer capacitación, realizar simulacros y ejercicios para su efectividad; y ordenar a las agencias correspondientes a adoptar reglamentación.
Qué propone
Esta ley crea el "Sistema Uniforme de Códigos de Emergencia en las Escuelas de Puerto Rico" (Ley 175-2026). Establece 12 códigos de emergencia específicos (ROJO, GRIS, VERDE, AZUL, H2O, AMARILLO, NEGRO, DESALOJO, AMBER, ROSA, ASHANTI, BLANCO) con pictogramas y descripciones para uso en todas las escuelas del Departamento de Educación. Obliga a instalar sistemas de sirenas, colocar carteles informativos visibles, y a realizar capacitación y simulacros semestrales para estudiantes y personal. Las agencias correspondientes tienen 180 días para adoptar .
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el contexto de la vulnerabilidad estructural y la falta de mantenimiento de los planteles escolares, que quedaron expuestas críticamente a raíz de la secuencia de terremotos de 2020. La medida busca establecer un sistema uniforme de códigos de emergencia y capacitación para mejorar la seguridad en las escuelas, abordando una preocupación histórica sobre la infraestructura y la preparación ante desastres.
En qué va
Esta medida legislativa, Ley 175-2026, fue el 4 de junio de 2026 y por el Senado el 25 de junio de 2026, siendo firmada por la Gobernadora el 11 de agosto de 2026. La firman representantes de más de un partido político (PNP y PIP).
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Última acción · 11 de agosto de 2026
Ley 175-2026
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Ley de Mochilas Transparentes para Escuelas Seguras de Puerto Rico.
Esta medida, la Ley de Mochilas Transparentes para Escuelas Seguras de Puerto Rico, establece como política pública la protección de los estudiantes y la prevención de objetos peligrosos en planteles escolares. Crea el mandato para que todo estudiante matriculado en escuelas públicas del Departamento de Educación (DE) utilice obligatoriamente mochilas, bultos o bolsos escolares transparentes. El DE tiene 180 días desde la aprobación de la ley para adoptar la reglamentación necesaria, incluyendo excepciones, y deberá proveer espacios seguros para el resguardo de artículos personales e íntimos de los estudiantes.
Para crear la “Ley para la Implementación de Sistemas de Alerta de Emergencias en las Dependencias Gubernamentales de Puerto Rico”, a los fines de establecer la instalación obligatoria de dos sistemas de alarma diferenciados y auditivos/visuales, uno destinado a alertar ante eventos sísmicos y otro ante situaciones de tirador activo o amenazas de violencia armada; disponer sobre la coordinación interagencial entre el Departamento de Seguridad Pública (DSP), la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Oficina de Seguridad de la Asamblea Legislativa y la Oficina de Gerencia de la Fortaleza; establecer protocolos de respuesta y simulacros periódicos; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley para la Implementación de Sistemas de Alerta de Emergencias en las Dependencias Gubernamentales de Puerto Rico". Establece la obligación de instalar dos sistemas de alarma diferenciados (uno para eventos sísmicos y otro para tirador activo/violencia armada), auditivos y visuales, en todas las dependencias gubernamentales. Dispone la coordinación entre el Departamento de Seguridad Pública (DSP), la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), la Oficina de Seguridad de la Asamblea Legislativa y la Oficina de Gerencia de la Fortaleza. Requiere protocolos de respuesta, simulacros anuales y establece un plazo de doce (12) meses para el cumplimiento en edificaciones existentes, con multas de hasta $10,000 por instalación infractora.
Para añadir un nuevo Artículo 9.11 a la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer para que los secretarios de los departamentos de Educación; Corrección y Rehabilitación; de Justicia; y de Seguridad Pública, implanten, permanentemente, el denominado “Proyecto de Seguridad y Educación para el Desarrollo de la Niñez”, originalmente creado en virtud del Acuerdo Interagencial Número 2023-000022, el cual busca garantizar el bienestar, desarrollo y seguridad de la comunidad escolar y de la comunidad en general, mediante el ofrecimiento de charlas educativas, talleres de prevención a estudiantes y a otro personal escolar, y a través de simulacros dirigidos a atender situaciones en las que haya un tirador activo en las escuelas públicas; ampliar la cantidad de agencias gubernamentales involucradas en el referido “Proyecto de Seguridad y Educación para el Desarrollo de la Niñez”; derogar la Resolución Conjunta Núm. 38 de 19 de julio de 2019; y para otros fines relacionados.
Esta medida añade un nuevo Artículo 9.11 a la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para hacer permanente el 'Proyecto de Seguridad y Educación para el Desarrollo de la Niñez'. Este proyecto, originalmente creado por acuerdo interagencial, será implementado por los Secretarios de Educación, Corrección y Rehabilitación, Justicia, y Seguridad Pública, junto a la Administración de Servicios de Salud y Contra la Adicción y la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario. Busca garantizar el bienestar, desarrollo y seguridad de la comunidad escolar y general mediante charlas, talleres de prevención y simulacros, incluyendo aquellos para situaciones de tirador activo. La medida también deroga la Resolución Conjunta Núm. 38 de 2019 y establece un reglamento conjunto y reuniones mensuales entre agencias. El proyecto debe comenzar a ofrecerse a los estudiantes a partir del 30 de noviembre de 2025.
Para enmendar el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares, deberán incluir la instalación de plantas de emergencia o cualesquiera otros dispositivos alternos para la generación de energía renovable y cisternas u otros sistemas de captación de agua, de manera que no se vean interrumpidas las labores escolares en aquellas ocasiones donde falle el suplido normal de cualquiera de estos dos recursos; derogar la Ley 96-2005, conocida como “Ley sobre Equipos de Emergencia en los Planteles Escolares”; y la Res. Conj. 75-2018; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda el Artículo 8.01 de la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para exigir que todos los proyectos y planos de construcción de planteles escolares incluyan plantas de emergencia o dispositivos alternos de energía renovable y sistemas de captación de agua. Deroga la Ley 96-2005 ('Ley sobre Equipos de Emergencia en los Planteles Escolares') y la Resolución Conjunta 75-2018. Afecta directamente al Departamento de Educación, la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe) y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), así como a los contratistas y arquitectos/ingenieros en la planificación de nuevas construcciones escolares. La medida nueva mantiene la obligación de elaborar un informe y una propuesta de 'retrofitting' para escuelas existentes, con un plazo para su entrega a la Asamblea Legislativa.
Para enmendar la Ley Núm. 26 de 5 de junio de 1985, según enmendada, conocida como “Ley del Cuerpo de Seguridad Escolar”, a los fines de fortalecer su estructura organizacional, profesionalizar el reclutamiento y adiestramiento del personal, establecer estándares uniformes de seguridad escolar, integrar protocolos interagenciales con el Departamento de Seguridad Pública y el Negociado de la Policía de Puerto Rico, y armonizar sus disposiciones con la Ley Núm. 85-2018, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados
La medida (PC 1139) enmienda la Ley Núm. 26 de 1985, conocida como la Ley del Cuerpo de Seguridad Escolar. Crea la División de Seguridad Auxiliar Escolar, adscrita al Departamento de Educación, compuesta exclusivamente por policías retirados. Esta división tendrá como propósito fortalecer la seguridad preventiva en planteles escolares, proteger a estudiantes y personal, y aprovechar la experiencia de los agentes retirados. Se autoriza el uso de equipo defensivo y se establecen requisitos de adiestramiento y uniforme.
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