Qué propone
La medida propone las Reglas de Procedimiento Civil y el Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico para añadir criterios específicos que los tribunales deben considerar antes de emitir una orden de permanente. Esto busca estandarizar el proceso de concesión de estas órdenes judiciales restrictivas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Ley 132-2025, fue y el Senado de Puerto Rico en 2025, luego de pasar por varias comisiones y votaciones en ambos cuerpos legislativos, y fue firmada por los presidentes de ambas cámaras y para su firma final.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 25 de noviembre de 2025
Ley 132-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (26)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar la Regla 9.3 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico, según enmendadas, a los fines de añadir los criterios a ser considerados por el tribunal cuando una parte solicite la descalificación de un abogado; y, para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Regla 9.3 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico para establecer criterios específicos que los tribunales deben considerar al evaluar una solicitud de descalificación de un abogado. Los criterios buscan guiar la discreción judicial, asegurando que la descalificación no se imponga a la ligera y distinguiendo entre solicitudes legítimas y aquellas presentadas con fines dilatorios. Afecta a todos los litigantes y abogados que comparecen ante los tribunales de Puerto Rico en casos civiles.
Para enmendar el Artículo 1203 del Código Civil de Puerto Rico de 2020, según enmendado, para aumentar de cuatro (4) a cinco (5) años el plazo de prescripción para las acciones personales que no tienen señalado un término especial de prescripción; y para otros fines relacionados.
Esta medida propone enmendar el Artículo 1203 del Código Civil de Puerto Rico de 2020 para extender el plazo de prescripción de acciones personales que no tienen un término especial señalado, aumentándolo de cuatro (4) a cinco (5) años. Esto significa que los acreedores tendrán un año adicional para presentar reclamaciones legales en casos donde la ley no especifica un plazo distinto, afectando directamente a deudores y acreedores en diversas transacciones civiles y comerciales.
En contra (2)
Para crear a la “Ley de Publicidad de Edictos de Procedimientos Civiles en el Portal Oficial del Gobierno de Puerto Rico” a los fines de que los edictos y avisos de venta en procedimientos civiles sean publicados en el Portal Oficial del Gobierno de Puerto Rico; para añadir el inciso (d) a la Regla 4.6 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009, según enmendada a los fines de que sea mandatorio publicar en el Portal Oficial del Gobierno de Puerto Rico todo emplazamiento mediante edicto y para enmendar el inciso (a) de la Regla 51.7 de las Reglas de Procedimiento Civil de Puerto Rico de 2009, según enmendado a los fines de que todo aviso de venta deberá ser publicado en el Portal Oficial del Gobierno de Puerto Rico; y para otros fines.
La medida crea la "Ley de Publicidad de Edictos de Procedimientos Civiles en el Portal Oficial del Gobierno de Puerto Rico" y enmienda reglas procesales (4.6, 51.7) y artículos del Código de Enjuiciamiento Civil de 1933. Obliga a publicar emplazamientos por edicto y avisos de venta judicial en el portal oficial del gobierno, además de los métodos tradicionales (periódicos, lugares públicos), y añade el correo electrónico como método de notificación. Afecta directamente a litigantes, tribunales, abogados y a la Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), responsable de operar el portal.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.