Qué propone
La medida proponía establecer la "Ley de Justicia Laboral para Nuestros Directores Escolares". Buscaba el Artículo 4.01(b) de la Ley Núm. 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para reconocer y premiar la labor de los directores escolares, permitiéndoles acceder a una posición de carrera. También ordenaba la adaptación de pertinentes. Afectaba directamente a los directores escolares del sistema público de enseñanza.
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Proyecto de la Cámara 300 fue aprobado por la Cámara de Representantes el 29 de mayo de 2025. Sin embargo, el Senado de Puerto Rico, a través de su Comisión de Innovación, Reforma y Nombramientos, emitió un el 22 de agosto de 2025, recomendando su eliminación por haber sido sobreseído por la Ley 86-2025.
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Última acción · 22 de agosto de 2025
Comisión no recomienda aprobación de la medida
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (46)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el inciso b. al Artículo 4.01 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, mejor conocida como la Ley de “Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de asegurar que las escuelas especializadas están dirigidas por Directores Escolares que tengan preparación académica en la materia especializada de su escuela para así poder servir mejor al estudiantado; y otros asuntos relacionados.
Esta medida enmienda la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico (Ley 85-2018) para exigir que los nuevos Directores de Escuelas Especializadas (bellas artes, deportes, ciencias, etc.) tengan un mínimo de 12 créditos universitarios en la materia especializada de la escuela que dirigirán. El cambio afecta a aspirantes a Directores Escolares y al Departamento de Educación en sus procesos de nombramiento para estas escuelas específicas.
Para crear la “Ley para la creación de directores administrativos y directores académicos”, el propósito de esta ley busca resolver el problema que representa el alto volumen de trabajo creado por la burocracia en el sistema educativo de Puerto Rico; y otros fines relacionados.
Esta medida legislativa crea los puestos de Director Académico y Director Administrativo en el sistema de educación pública de Puerto Rico. Estos roles se aplicarán exclusivamente a escuelas con 300 o más estudiantes, dividiendo las responsabilidades que actualmente recaen en un solo Director de Escuela. Las escuelas con menos de 300 estudiantes mantendrán un Director de Escuela único. La ley enmienda la Ley 85-2018, Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, y establece las definiciones, nombramientos, deberes y responsabilidades de estos nuevos cargos, así como sus líneas de reporte.
Para añadir un nuevo subinciso (69) al inciso (b) del Articulo 2.04 de la Ley Núm. 85- 2018, denominada "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", según enmendada, y enmendar el inciso (dd) del Artículo 3 de la Ley 160-2020, denominada "Carta de Derechos de los Maestros del Sistema Público de Enseñanza de Puerto Rico", con el fin de establecer un término temporal máximo durante el cual una persona empleada por el Departamento de Educación podrá permanecer aislada o trasladada temporeramente del área de trabajo como parte de una medida cautelar, de manera que se garantice el derecho al Debido Proceso de Ley del personal docente; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Esta medida legislativa enmienda la Ley Núm. 85-2018 (Reforma Educativa) y la Ley 160-2020 (Carta de Derechos de los Maestros). Crea un nuevo subinciso (69) en el Artículo 2.04 de la Ley 85-2018 y modifica el inciso (dd) del Artículo 3 de la Ley 160-2020. Establece un término máximo de un (1) año natural para que el Departamento de Educación (DE) mantenga a un empleado docente aislado o trasladado temporalmente como medida cautelar, salvo prórroga justificada. Afecta directamente al personal docente del DE y a la administración del departamento.
Para enmendar el inciso (b) del Artículo 4.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Educación de Puerto Rico" a los fines de establecer que un aspirante a Director Escolar que ocupe la posición ininterrumpidamente por un término no mayor de (2) años, se le otorgue la permanencia en dicha posición, siempre y cuando, la misma esté vacante o desocupada por algún otro Director Escolar; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 85-2018 (Ley de Reforma Educativa) para modificar el Artículo 4.01(b). Establece que un aspirante a Director Escolar que ocupe la posición ininterrumpidamente por un máximo de dos (2) años, se le otorgará permanencia en dicho puesto, siempre que la plaza esté vacante o desocupada por otro Director Escolar. Esto aplica a nuevos nombramientos, sin perjuicio de los derechos de directores con permanencia previa.
Para crear la “Ley de Ajuste Salarial para el Personal Gerencial del Departamento de Educación de Puerto Rico”; establecer exclusiones sobre la aplicabilidad de esta Ley; y para otros fines relacionados.
La medida propone crear la “Ley de Ajuste Salarial para el Personal Gerencial del Departamento de Educación de Puerto Rico”. Establece ajustes salariales basados en niveles académicos (Maestría con 30 créditos doctorales, Doctorado, grados adicionales) y bonifica certificaciones docentes adicionales. Afecta directamente a Directores de escuela, Superintendentes auxiliares y de escuela, Gerentes de operaciones académicas y Directores ejecutivos de docencia en el Departamento de Educación.
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