Qué propone
la Ley 51-2022: extiende la de las prohibiciones y multas del 31 de diciembre de 2026 al 31 de diciembre de 2031, y fija su aplicación desde el 1 de enero de 2032; hasta entonces no se podrán imponer multas por hechos anteriores a esa fecha. Añade tres fases: planificación y hasta el 30 de junio de 2028; adopción voluntaria y apoyo hasta el 30 de junio de 2031; y, del 1 de julio al 31 de diciembre de 2031, inspecciones de orientación y avisos escritos sin multa. Exige informes semestrales hasta enero de 2033, un informe de preparación para junio de 2031 y publicar los informes dentro de 10 días; cambia el plazo reglamentario de 60 días a no más tarde del 30 de junio de 2028 y detalla los temas que deben cubrir las reglas. Prohíbe aplazar administrativamente la aplicación general, pero permite al Secretario del DACO diferir una sola vez, hasta por 12 meses, la prohibición y las multas para categorías específicas si no hay alternativas comercialmente razonables en Puerto Rico; también modifica el título de la ley.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El P. del S. 1551 fue el 15 de octubre de 2026. El texto no identifica una comisión a la que haya sido referido ni registra aprobación.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 15 de octubre de 2026
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.