Qué propone
Esta medida la Ley 38-2011, conocida como 'Ley de Manos Pa'l Campo', para ampliar su aplicación de la cosecha de café a cualquier faena agrícola en Puerto Rico. También refuerza la política pública de utilizar confinados en labores agrícolas como parte de su rehabilitación y reinserción social, y excluye al Departamento de Estado de los procedimientos de la ley. Afecta principalmente a agricultores, trabajadores agrícolas locales, miembros del sistema correccional y los departamentos de Trabajo, Agricultura y Corrección.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el debate histórico sobre la transformación económica de Puerto Rico, que ha visto una reducción de la mano de obra agrícola y una creciente dependencia de alimentos importados. Al ampliar la Ley de Manos Pa'l Campo y reforzar el uso de confinados en la agricultura, la medida busca fortalecer la producción local y la seguridad alimentaria, temas recurrentes en la discusión sobre la vulnerabilidad logística y la resiliencia agrícola de la isla.
En qué va
Esta medida legislativa (PS 190) se encuentra en etapa de conferencia, habiendo sido aprobada con por el Senado el 2 de junio de 2025 y por la Cámara de Representantes el 1 de septiembre de 2026. El trámite reciente incluye y la rendición de informes por comisiones en ambas cámaras.
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Última acción · 1 de septiembre de 2026
Aprobado por Cámara
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En contra (2)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley 19-2011, según enmendada, conocida como “Ley del Registro Interactivo de Propiedades Públicas con Oportunidad de Desarrollo Económico o Conservación y Protección”, con el propósito de ampliar los alcances de dicha Ley, para que puedan aprovecharse las fincas agrícolas vacantes pertenecientes a la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, así como cualquier otro predio disponible que sea propiedad de la Compañía de Fomento Industrial, la Administración de Terrenos y el Departamento de la Vivienda; renombrar la Ley como “Ley del Registro Interactivo de Propiedades Públicas y Fincas Agrícolas con Oportunidad de Desarrollo Económico, Aprovechamiento o Conservación y Protección”; hacer enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 19-2011, conocida como "Ley del Registro Interactivo de Propiedades Públicas", para renombrarla y ampliar su alcance. Ahora incluirá fincas agrícolas vacantes de la Autoridad de Tierras de Puerto Rico, y otros predios de la Compañía de Fomento Industrial, la Administración de Terrenos y el Departamento de la Vivienda. Facilita el acceso gratuito a agricultores bona fide a través de la plataforma AgroPerfil y establece que la Junta de Planificación inscribirá estos predios en un registro público con sistema de información geográfica.
Para enmendar el Articulo 2.(X, y afradir un nuevo Articulo 8.02, en la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de disponer para que se incluyan en el curriculo de enseñanza del sistema público, módulos orientados hacia cómo establecer huertos escolares en aquellos planteles que cuenten o formen parte del Programa de Educación Agricola y, además, cuenten con las facilidades o los terrenos aptos para ello, de conformidad con las normas aplicables; proveer para que el Secretario del Departamento de Educación establezca, mediante reglamento, la planificación y estrategias sobre la adquisición y uso y manejo de terrenos para la enseflanza agricola, y autorizarle a suscribir acuerdos colaborativos con otros jefes de agencias e instrumentalidades priblicas que sean tenedoras de fincas, terrenos o remanentes de estos, aledaffos a escuelas que cuenten con programas de educación agrícola, para que se puedan destinar para la enseñanza de dicha materia; derogar Ia Ley Núm. 19 de 30 de marzo de 1944, según enmendada, la Ley 233-2018, y la Res. Conj.127-2011y para otros fines relacionados
La medida propone enmendar la Ley 85-2018 (Reforma Educativa) para añadir módulos sobre huertos escolares al currículo de educación agrícola en planteles públicos con terrenos aptos. Autoriza al Secretario de Educación a crear reglamentos para la planificación, adquisición, uso y manejo de terrenos agrícolas, y a suscribir acuerdos colaborativos con otras agencias para destinar terrenos adyacentes a escuelas con programas agrícolas. Deroga las Leyes 19-1944, 233-2018 y la Res. Conj. 127-2012.
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, y 6 de la Ley 166-2009, según enmendada, conocida como "Ley de Contratación de Confinados para la Realización de Diversas Tareas como parte del Proceso de Rehabilitación y Reinserción a la Libre Comunidad"; a los fines de ampliar sus disposiciones; realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
La medida, Ley 60-2025, enmienda la Ley 166-2009 para ampliar la contratación de confinados en diversas tareas (agrícolas, ornato, construcción, etc.) para incluir al sector privado, con o sin fines de lucro. Establece que el Departamento de Corrección y Rehabilitación contratará con el sector privado, garantizando salario mínimo estatal, ambiente seguro, y periodos de descanso para los confinados. También ajusta la retención administrativa del 20% y exige informes anuales.
Para enmendar los articulos 4 y 8 de la Ley 117-2001, conocida como "Ley de Garantía de Préstamos y Préstamos Agricolas", a los fines de disponer para que el Departamento de Agricultura y el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico, en estrecha colaboración, establezcan un proceso expedito para que los agricultores que presenten una solicitud para una Garantia de Préstamo y Préstamo Agricola, conforme a lo establecido en esta Ley, sean atendidos con prioridad en la concesión de permisos, licencias y certificaciones gubernamentales requeridas; flexibilizar o liberar los requisitos de financiamiento a los agricultores solicitantes, sin necesidad de que el Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico imponga cuotas para prestamos y el establecimiento de requisitos menores en los colaterales de los mismos; y para otros fines relacionados.
La medida PS 194 enmendaba los Artículos 4 y 8 de la Ley 117-2001 (Ley de Garantía de Préstamos y Préstamos Agrícolas). Buscaba flexibilizar requisitos de financiamiento para agricultores, eliminando cuotas impuestas por el Banco de Desarrollo Económico (BDE) y reduciendo exigencias de colaterales. Creaba un programa de asesoría técnica, capacitación y mentoría, y permitía cobrar una tarifa nominal por facilitar permisos y licencias. Afecta directamente a agricultores, agroempresarios, el Departamento de Agricultura (DA) y el BDE.
Para crear la “Ley para la prohibición del uso del paraquat en Puerto Rico”; establecer prohibiciones y penalidades; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley para la prohibición del uso del paraquat en Puerto Rico". Prohíbe la venta y el uso de paraquat (dicloruro de paraquat o Gramoxone) por parte de cualquier agencia o persona natural o jurídica, incluyendo contratistas de agencias. Establece penalidades de delito menos grave, con hasta seis meses de reclusión, multa de hasta $5,000, o ambas, para quienes violen la prohibición. El Departamento de Agricultura tiene 90 días tras la aprobación para desarrollar programas de capacitación y facilitar acceso a alternativas.
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