Qué propone
La medida añade un Artículo 4-A a la Ley 216-1996 (Ley de WIPR) para establecer la política pública gubernamental sobre la diseminación de información educativa para huertos caseros, urbanos, familiares, comunales y escolares. el Artículo 2 de la Ley 1-2014 para dirigir fondos de inversión pública en pautas televisivas a la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública (WIPR) para financiar este programa, además de la Ley 240-2015. Afecta directamente a WIPR, que deberá crear y operar el programa, y a los ciudadanos que recibirán la información y potencialmente participarán en huertos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida, al promover huertos caseros y comunales, se enmarca en el debate histórico sobre la seguridad alimentaria de Puerto Rico, exacerbada por la dependencia de importaciones tras Operación Manos a la Obra y la vulnerabilidad logística ante desastres naturales. Históricamente, la isla ha buscado mitigar esta dependencia a través de incentivos agrícolas y la protección de tierras cultivables, aunque con resultados mixtos.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 206, fue el 5 de mayo de 2025 y enviada a la Cámara de Representantes, donde recibió un sin de la Comisión de Agricultura el 26 de febrero de 2026.
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Última acción · 26 de febrero de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (24)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar el Articulo 2.(X, y afradir un nuevo Articulo 8.02, en la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico", a los fines de disponer para que se incluyan en el curriculo de enseñanza del sistema público, módulos orientados hacia cómo establecer huertos escolares en aquellos planteles que cuenten o formen parte del Programa de Educación Agricola y, además, cuenten con las facilidades o los terrenos aptos para ello, de conformidad con las normas aplicables; proveer para que el Secretario del Departamento de Educación establezca, mediante reglamento, la planificación y estrategias sobre la adquisición y uso y manejo de terrenos para la enseflanza agricola, y autorizarle a suscribir acuerdos colaborativos con otros jefes de agencias e instrumentalidades priblicas que sean tenedoras de fincas, terrenos o remanentes de estos, aledaffos a escuelas que cuenten con programas de educación agrícola, para que se puedan destinar para la enseñanza de dicha materia; derogar Ia Ley Núm. 19 de 30 de marzo de 1944, según enmendada, la Ley 233-2018, y la Res. Conj.127-2011y para otros fines relacionados
La medida propone enmendar la Ley 85-2018 (Reforma Educativa) para añadir módulos sobre huertos escolares al currículo de educación agrícola en planteles públicos con terrenos aptos. Autoriza al Secretario de Educación a crear reglamentos para la planificación, adquisición, uso y manejo de terrenos agrícolas, y a suscribir acuerdos colaborativos con otras agencias para destinar terrenos adyacentes a escuelas con programas agrícolas. Deroga las Leyes 19-1944, 233-2018 y la Res. Conj. 127-2012.
Para crear y establecer el Programa Urbano de Agronomia dei Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; establecer responsabilidades; disponer sobre los recursos a utilizarse para implementar el programa; y Para otros fines relacionados.
La medida buscaba crear el Programa Urbano de Agronomía dentro del Departamento de Agricultura de Puerto Rico. Este programa tendría como objetivo desarrollar huertos urbanos en terrenos baldíos, servidumbres, espacios no urbanizables o techos de estructuras. La iniciativa pretendía fomentar la autosuficiencia alimentaria y la creación de empleos, afectando principalmente al Departamento de Agricultura y a potenciales participantes en áreas urbanas.
“Para crear la “Ley de Distribución de Excedentes de Alimentos”, a los fines de fomentar e incentivar el manejo eficaz de excedentes de alimentos, así como promover una mayor y mejor distribución y suplido de alimentos; establecer la Comisión para la Planificación de Distribución de Excedentes de Alimentos; establecer sus deberes y responsabilidades; y para otros fines relacionados.”
La medida propone la creación de la "Ley de Distribución de Excedentes de Alimentos" para fomentar el manejo eficaz de excedentes de alimentos provenientes de supermercados, restaurantes y otros centros de venta o almacenaje. Busca promover una mayor y mejor distribución de alimentos a poblaciones vulnerables y establece la "Comisión para la Planificación de Distribución de Excedentes de Alimentos" con deberes y responsabilidades específicas. El objetivo es mejorar la seguridad alimentaria en Puerto Rico a través de alianzas multisectoriales.
“Para establecer la “Ley para el Manejo de Excedentes de Alimentos en el Gobierno”, a los fines de promulgar un protocolo que facilite la transferencia de excedentes de alimentos a organizaciones sin fines de lucro dedicadas a combatir el hambre en Puerto Rico; para disponer sobre el protocolo y demás reglamentaciones; y para otros fines relacionados.”
Propone crear la "Ley para el Manejo de Excedentes de Alimentos en el Gobierno" con el fin de establecer un protocolo uniforme para canalizar alimentos excedentes generados en agencias, corporaciones públicas y municipios hacia organizaciones sin fines de lucro dedicadas a combatir el hambre. La medida asignaría funciones de reglamentación, registro y supervisión a los Departamentos de Agricultura, Salud y Familia, y requeriría cumplimiento por parte del Programa de Comedores Escolares y municipios. Afectaría directamente a las entidades gubernamentales generadoras de excedentes, a las organizaciones sin fines de lucro que luchan contra el hambre, y a las agencias públicas con roles de supervisión y reglamentación.
Para enmendar las Artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 8 de la Ley 36-2015, conocida coma la "Ley del Programa Contacto Verde", a los fines de integrar la agricultura coma parte de las gestiones educativas y de contacto con la naturaleza de este Programa; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley 36-2015, conocida como la 'Ley del Programa Contacto Verde', para integrar la agricultura como componente educativo y formativo. Se amplía el propósito del programa para incluir huertos escolares, proyectos hidropónicos, agroecológicos y acuapónicos, y visitas a fincas. Afecta principalmente a estudiantes del sistema de educación pública, maestros, y a los Departamentos de Educación, Agricultura y Recursos Naturales y Ambientales, quienes coordinarán la implementación.
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