Qué propone
La medida el Artículo 3 de la Ley Núm. 171 de 1968, del Departamento de la Familia. Crea la obligación de establecer y mantener un catálogo digital que liste todos los programas, beneficios, servicios, actividades e instalaciones disponibles para la población desventajada. Este catálogo deberá incluir información de agencias gubernamentales, municipios y entidades privadas sin fines de lucro. La ley no especifica un plazo para la creación o actualización del catálogo, ni detalla los mecanismos de fiscalización o las fuentes de financiamiento para su operación.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. La medida busca mejorar la accesibilidad a los servicios del Departamento de la Familia, una agencia que, según los fragmentos, ha enfrentado históricamente problemas de sobrecarga administrativa y gestión. Un catálogo digital podría ser un paso hacia la optimización de recursos y la mejora en la atención a poblaciones vulnerables, abordando indirectamente las deficiencias en la coordinación y el seguimiento de casos que han sido señaladas en el pasado.
En qué va
La Ley 135-2025 fue firmada el 26 de noviembre de 2025. Previamente, fue aprobada con en el Senado y luego aprobada sin enmiendas por la Cámara de Representantes tras pasar por varias comisiones y calendarios.
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Última acción · 26 de noviembre de 2025
Ley 135-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (25)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar el inciso (n) del Artículo 3.4 de la Ley 10-2017, según enmendada, conocida como "Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario de Puerto Rico", a los fines de establecer, actualizar y publicar digitalmente en la página cibernética oficial de la Oficina los programas, beneficios, servicios, actividades e instalaciones disponibles para los adultos mayores, tanto en las agencias gubernamentales, así como en entidades privadas; además, incluir un listado actualizado de las comunidades especiales por distrito para facilitar y acceder a canales de comunicación efectivos; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley Orgánica de la Oficina para el Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC) para requerir que esta establezca, actualice y publique digitalmente en su página web un catálogo de programas, beneficios, servicios, actividades e instalaciones disponibles para adultos mayores. Este catálogo debe incluir recursos tanto de agencias gubernamentales como de entidades privadas. Adicionalmente, se exige la publicación de un listado actualizado de comunidades especiales por distrito para mejorar la comunicación.
Para añadir un nuevo Articulo 13 en el Capitulo II, y reenumerar los articulos del 13 al 35, como los articulos del 14 ai 36, respectivamente, en la Ley 171, 2014, según enmendada, la cual se suprime a la ahora extinta Oficina de Asuntos de la Juventud, y crea, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, un denominado "Programa de Desarrollo de la Juventud", a los fines de conferirle aI Secretario de Desarrollo Económico y Comercio, la responsabilidad de planificar, estrucfurar, diseñar, desarrollar e implantar, en todos los pueblos de Puerto Rico, el establecimiento de "Centros de Servicios Integrados para Jóvenes", en los cuales se les proveerán a las personas, entre las edades de13 a 29 años, programas de estudios, tutorias, capacitación y adiestramiento en el empleo, vivienda, servicios médicos, programas recreativos, deportivos y culturales, consejeria y orientación; y para otros fines relacionados.
A favor (25)
A favor (42)
Abstenido (1)
La medida enmienda la Ley 171 de 2014 para suprimir la extinta Oficina de Asuntos de la Juventud y crear, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), el 'Programa de Desarrollo de la Juventud'. Este programa, bajo la dirección del Secretario del DDEC, tiene la encomienda de planificar, estructurar, diseñar, desarrollar e implantar 'Centros de Servicios Integrados para Jóvenes' en todos los pueblos. Estos centros ofrecerán a jóvenes de 13 a 29 años una gama de servicios que incluyen educación, tutorías, capacitación laboral, vivienda, servicios médicos, programas recreativos, deportivos, culturales, consejería y orientación.
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