Qué propone
La medida crea la Ley del Registro de Personas con Discapacidad Auditiva en Puerto Rico. Su propósito es establecer un registro oficial para recopilar y mantener información estadística sobre esta población. La ley también define la administración, los objetivos y las guías para la implementación del registro, afectando directamente a las personas con discapacidad auditiva y a las agencias gubernamentales encargadas de su operación.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 0792, fue el Senado el 15 de octubre de 2025 y aprobada por unanimidad (28 votos a favor) el 22 de enero de 2026, tras pasar por informes de comisión. Actualmente, ha sido enviada a la Cámara de Representantes para su trámite.
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Última acción · 27 de enero de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
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“Para establecer la “Ley de la Oficina Enlace para el Apoyo y Registro de las Personas con Enfermedades Raras”, adscrita al Departamento de Salud, a los fines de recopilar, mantener y actualizar un registro oficial de las personas con enfermedades raras en la Isla; disponer su funcionamiento; determinar sus deberes, facultades y responsabilidades; y para otros fines relacionados.”
El P. del S. 416 establece la "Ley de la Oficina Enlace para el Apoyo y Registro de las Personas con Enfermedades Raras", adscrita al Departamento de Salud. Crea una oficina encargada de recopilar, mantener y actualizar un registro oficial de personas con enfermedades raras en Puerto Rico. Su propósito es facilitar el acceso a diagnósticos precisos, tratamientos innovadores y coordinar esfuerzos con entidades nacionales e internacionales, buscando una atención integral.
“Para establecer en el Departamento de Salud un Registro de Personas con Enfermedades Cerebrovasculares en Puerto Rico, con el fin de obtener datos fundamentales para el diagnóstico, tratamiento adecuado, concienciación y otros fines relacionados.”
La medida propone la creación de un Registro de Personas con Enfermedades Cerebrovasculares en Puerto Rico, a ser administrado por el Departamento de Salud. El objetivo principal es recopilar datos fundamentales para mejorar el diagnóstico, tratamiento, y concienciación sobre estas condiciones. La medida no especifica cifras de financiamiento ni plazos concretos para su implementación en el texto provisto, pero establece la necesidad de obtener datos para fines relacionados con la salud pública.
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