Qué propone
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la viabilidad de transferir la titularidad de los terrenos y estructuras del antiguo plantel escolar Juan Ruiz Pedroza en Rincón, actualmente adscrito al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), al Gobierno Municipal de Rincón. Establece un plazo de 90 días laborables para esta evaluación y estipula que la transferencia se realizaría en las condiciones actuales, sin reparaciones por parte del DTOP. La medida también establece que la Resolución Conjunta quedaría sin efecto si el municipio no asume la administración y mantenimiento del plantel dentro de un año tras la aprobación del traspaso.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en el marco de la autonomía municipal y la descentralización del poder, un proceso iniciado con la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y consolidado con el Código Municipal de 2020. La transferencia de propiedades del gobierno central a los municipios es un ejemplo concreto de cómo se busca fortalecer la capacidad de los ayuntamientos para gestionar sus recursos y atender las necesidades locales, aunque la efectividad de estas transferencias puede variar.
En qué va
Esta Resolución Conjunta fue el 1 de octubre de 2025 y por la Cámara el 10 de noviembre de 2025. Fue el 20 de noviembre de 2025 y mediante el 20 de diciembre de 2025.
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Última acción · 20 de diciembre de 2025
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En contra (1)
Abstenido (1)
A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia o traspaso de título de la antigua Escuela Superior Carlos Escobar López, localizada en la Calle A Final de la Urbanización Santiago, en Loíza, Puerto Rico, al Municipio de Loíza, a los fines de desarrollar proyectos de impacto social y brindar servicios públicos que redunden en el desarrollo y bienestar de las comunidades circundantes; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia del título de la antigua Escuela Superior Carlos Escobar López en Loíza al Municipio de Loíza. El propósito es permitir el desarrollo de proyectos de impacto social y la provisión de servicios públicos. El Comité tiene 60 días laborables para determinar la transferencia, y si no resuelve, se considerará aprobada automáticamente.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal", a evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley al Municipio de Utuado de las instalaciones de la antigua Escuela Elemental del Bo. Ángeles, antes conocida como "Escuela Elemental Eugenio J. Vivas", localizada en la Carretera 602, km. 1.1 del citado municipio; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, establecido bajo la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico al Municipio de Utuado de las instalaciones de la antigua Escuela Elemental Eugenio J. Vivas en el Barrio Ángeles. El objetivo es facilitar la reutilización de esta propiedad estatal para fines municipales. La medida afecta directamente al Municipio de Utuado y al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado mediante la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y Reglamento, la transferencia, por compraventa, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, al Gobierno Municipal de Mayagüez el inmueble, otrora Escuela de Nivel Elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez , identificado y marcado por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) con los dígitos 259-066-008-01 como registro catastral; con el propósito de ejecutar en dicha edificación un proyecto integral para elaborar e implementar programas que beneficien a la comunidad mediante un convenio con la misma y así llevar a cabo actividades de desarrollo deportivo, recreativo y educativo, dirigido a niños, jóvenes y adultos; igualmente, servicios sociales esenciales, programas de bienestar social y desarrollo comunitario, incluyendo todas sus instalaciones y edificaciones; establecer condiciones suspensivas para cualquier transferencia de título; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017 (Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal), a evaluar la transferencia de la antigua Escuela Elemental Castillo en Mayagüez al Gobierno Municipal de Mayagüez. La transferencia podría ser por compraventa, usufructo u otro negocio jurídico permitido por ley. El propósito es que el municipio desarrolle en la propiedad un proyecto integral para programas comunitarios deportivos, recreativos, educativos y de servicios sociales. Se establecen condiciones suspensivas para la transferencia de título.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como ‘Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal’, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y el reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha Ley, de las facilidades de las antiguas escuelas Adolfo Grana Rivera, La Gelpa, Felipe Quiñones y Enrique "Quique" Ruiz, al Gobierno Municipal de Peñuelas, con el fin de que allí se instituyan diversos programas de servicios comunitarios, actividades recreativas y educativas para niños, jóvenes y adultos, talleres de capacitación, refugios comunitarios, y para otros fines relacionados..
La Resolución Conjunta de la Cámara 37 ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI), creado por la Ley 26-2017, a evaluar la transferencia, usufructo o negocio jurídico similar de las antiguas facilidades escolares Adolfo Grana Rivera, La Gelpa, Felipe Quiñones y Enrique "Quique" Ruiz, ubicadas en Peñuelas, al Gobierno Municipal de Peñuelas. El propósito es que el municipio pueda instituir programas comunitarios, recreativos, educativos, talleres de capacitación y refugios de emergencia en dichas instalaciones.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por la Ley 26-2017, según enmendada, mejor conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la Ley y el reglamento, la transferencia o traspaso de título de la antigua Escuela Elemental Emiliano Figueroa, localizada en la Carretera Estatal PR-187, Km. 8.2, en el Sector Piñones del Barrio Torrecilla Baja, en Loíza, Puerto Rico, al Municipio de Loíza, a los fines de desarrollar proyectos de impacto social y brindar servicios públicos que redunden en el desarrollo y bienestar de las comunidades circundantes; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles evaluar la transferencia de título de la antigua Escuela Elemental Emiliano Figueroa en Loíza al Municipio de Loíza. El propósito es permitir el desarrollo de proyectos de impacto social y la provisión de servicios públicos. El Comité tiene 60 días laborables para evaluar la transferencia, y si no emite una determinación, se entenderá aprobada, debiendo iniciarse los procedimientos de cesión. La transferencia puede incluir condiciones restrictivas para asegurar el uso público y revertir la propiedad en caso de incumplimiento.
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