Qué propone
La medida la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley 38-2017) para modernizar el proceso de creación y publicación de gubernamentales. Crea el Boletín de Reglamentos de Puerto Rico, una plataforma digital oficial para publicar, consultar y comentar propuestas regulatorias, y el Código de Reglamentos de Puerto Rico, una compilación actualizada de todas las normas . Introduce nuevos estándares de redacción, análisis de impacto y participación ciudadana, incluyendo la reglamentación negociada, afectando a agencias gubernamentales, ciudadanos y empresas que interactúan con el marco regulatorio.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 1080, fue el 24 de junio de 2026, con . Posteriormente, fue enviada al Senado para su consideración, donde apareció en Primera Lectura y fue referida a comisión.
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Última acción · 24 de junio de 2026
Referido a Comisión(es)
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (34)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Capítulos I y II de la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de modernizar el procedimiento para la reglamentación; establecer el Boletín de Reglamentos y el Código de Reglamentos de Puerto Rico, e incorporar mecanismos de participación, análisis regulatorio y revisión periódica de reglamentos; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley 38-2017) para modernizar el proceso de creación y publicación de reglamentos gubernamentales. Crea el Boletín de Reglamentos y el Código de Reglamentos de Puerto Rico como plataformas digitales centralizadas para avisos y compilación de normas. Introduce la Declaración de Costos Estimados (DCE) para evaluar el impacto económico de nuevas regulaciones y fomenta la reglamentación negociada. Afecta a todas las agencias públicas que crean reglamentos, así como al sector privado, organizaciones sin fines de lucro y a la ciudadanía en general que interactúan con o son afectados por dichas normas.
Para enmendar las Secciones 2.1, 2.4, 2.8 y añadir una nueva Sección 2.21 en la Ley 38-2017, según enmendada, mejor conocida como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”; a fin de establecer términos razonables para la redacción y aprobación de reglas y reglamentos por parte de las agencias; disponer que la ausencia de reglas o reglamentos no será ni podrá interpretarse como un obstáculo para la total y cabal implementación de las leyes; y establecer las responsabilidades de los directivos de agencias en caso de no cumplir a tiempo las disposiciones de esta ley, entre otras cosas.
En contra (15)
La medida buscaba enmendar la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (Ley 38-2017) para establecer plazos razonables para que las agencias redacten y aprueben sus reglas y reglamentos. Proponía que la falta de reglamentación no impidiera la implementación de leyes y señalaba responsabilidades para los directivos de agencias que no cumplieran con estos plazos. Afectaba directamente a todas las agencias gubernamentales y a los ciudadanos que interactúan con ellas.
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