Qué propone
Esta medida el Artículo 7.071 de la Ley 107-2020 (Código Municipal de Puerto Rico) para eximir a los municipios del pago de deudas contributivas territoriales acumuladas sobre propiedades que adquieran. Amplía los mecanismos de adquisición elegibles para esta , incluyendo donación, permuta y prescripción adquisitiva, además de la compraventa. El objetivo es facilitar la adquisición y rehabilitación de propiedades abandonadas o en desuso para proyectos de vivienda asequible y revitalización comunitaria.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se inscribe en el marco de la autonomía municipal consolidada por la Ley 81-1991 y el Código Municipal de Puerto Rico (Ley 107-2020), buscando fortalecer la capacidad de los municipios para adquirir propiedades. La de deuda contributiva territorial alivia la carga financiera sobre los ayuntamientos, cuya estabilidad depende del y que enfrentan retos por la eliminación del Fondo de Equiparación.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 591, fue mayo de 2025, en noviembre de 2025, y remitida al Senado, donde recibió un con en mayo de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 21 de mayo de 2026
Remitido a la Comisión de Reglas y Calendario del Senado
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (47)
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