Para declarar la semana del 22 al 29 de junio de cada año como la "Semana del Inspector e Inspectora de Servicio Público"; disponer que el Gobierno de Puerto Rico participe en las actividades de reconocimiento que honran la labor de estos servidores públicos; con el propósito de promover, concienciar, educar y resaltar la importancia de su función fiscalizadora y preventiva en el sistema de transportación pública y comercial de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Ley 163-2025 declara la semana del 22 al 29 de junio de cada año como la "Semana del Inspector e Inspectora de Servicio Público". Dispone que el Gobierno de Puerto Rico participe en actividades de reconocimiento para honrar la labor de estos servidores públicos, con el fin de promover, concienciar, educar y resaltar la importancia de su función fiscalizadora y preventiva en el sistema de transportación pública y comercial de Puerto Rico. La medida aplica a todas las agencias gubernamentales y a la ciudadanía en general, instando a la organización de actividades conmemorativas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Ley 163-2025 fue el 23 de junio de 2025 y por el Senado el 12 de noviembre de 2025. Fue firmada por los presidentes de ambos cuerpos legislativos en noviembre de 2025 y el 8 de diciembre de 2025, siendo aprobada como ley el 16 de diciembre de 2025. La medida fue firmada por legisladores de un solo partido.
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Última acción · 16 de diciembre de 2025
Ley 163-2025
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los Artículos 2 y 3; añadir unos nuevos Artículos 4 y 7; renumerar y enmendar los Artículos 4 y 5 como Artículos 5 y 6, respectivamente; y renumerar el Artículo 6 como Artículo 8, de la Ley Núm. 180-2024, conocida como la "Ley del Mes y Día de la Manufactura en Puerto Rico" a los fines de atemperar la designación del Día de la Manufactura al primer viernes del mes de octubre de cada año, según se ha establecido en los Estados Unidos de América; establecer la obligación de la Gobernadora de emitir una proclama a estos efectos; facultar al Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio a promocionar el Día y Mes de la Manufactura; y para oh'os fines relacionados.
Enmienda los Artículos 2 y 3 de la Ley 180-2024 para fijar el Día de la Manufactura en el primer viernes de octubre y exigir que el DDEC haga el reconocimiento público y lo difunda para esa fecha. Añade una obligación nueva: la Gobernadora debe emitir una proclama con al menos diez días de anticipación a la primera semana de octubre y distribuir copia a los medios. También cambia el plazo de publicación del informe anual del DDEC: del día 6 de cada mes al primer viernes de octubre de cada año.
Para declarar el día 15 de noviembre de cada año como “Día de los Puertorriqueños en las Ciencias”.
La Ley Núm. 116-2025 declara el 15 de noviembre de cada año como el "Día de los Puertorriqueños en las Ciencias" en Puerto Rico. La medida requiere que el Gobernador emita una proclama anual con al menos diez días de antelación, exhortando a instituciones y ciudadanía a organizar y participar en actividades relacionadas con el propósito de la ley. La ley entra en vigor inmediatamente después de su aprobación.
Para enmendar los artículos 1 y 2 de la Ley 154-2006, mediante la cual se declara el mes de mayo de cada año como el “Mes de la Radio” y el día 30 de mayo de cada año como “Día del Locutor”, con el propósito de declarar el segundo jueves del mes de mayo de cada año como el “Día de la Radio del Oeste”.
La medida propuesta busca enmendar la Ley 154-2006 para añadir una nueva efeméride: el segundo jueves de mayo de cada año como el "Día de la Radio del Oeste". Esto se integraría junto al "Mes de la Radio" (mayo) y el "Día del Locutor" (30 de mayo) ya existentes. La enmienda también clarifica la responsabilidad del Departamento de Estado, Departamento de Educación y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública en la promoción y celebración de estas fechas.
Para declarar el 26 de septiembre de cada año como el “Día del Director, Coordinador y personal de la Oficina de Base de Fe en Puerto Rico”.
Esta medida legislativa declara el 26 de septiembre de cada año como el "Día del Director, Coordinador y personal de la Oficina de Base de Fe en Puerto Rico". La ley instruye al Gobernador a emitir una proclama exhortando al sector público, privado y a la ciudadanía a realizar actividades de reconocimiento para este personal. La ley entra en vigor inmediatamente tras su aprobación.
Para enmendar el inciso (40) del Artículo 1-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada, conocida como “Ley del Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, y enmendar la Sección 7 de la Ley Núm. 145 de 27 de junio de 1968, según enmendada, conocida como “Ley de Pesas y Medidas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de incluir a los Agentes de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor como servidores públicos de alto riesgo y reconocerlos como agentes del orden público; y para otros fines relacionados.
Esta medida enmienda la Ley del Sistema de Retiro (Ley 447 de 1951) para incluir a los Agentes de Pesas y Medidas del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) en la definición de 'Servidores Públicos de Alto Riesgo'. También modifica la Ley de Pesas y Medidas (Ley 145 de 1968) para reconocer explícitamente a estos agentes como 'Agentes del Orden Público' y autorizarlos a portar armas de fuego. El cambio principal afecta a estos agentes, otorgándoles acceso a beneficios de retiro especiales y un estatus legal de orden público.
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