Qué propone
Esta ley declara la semana del 22 al 29 de junio de cada año como la "Semana del Inspector e Inspectora de Servicio Público". Dispone que el Gobierno de Puerto Rico participará en actividades de reconocimiento para honrar a estos servidores públicos, con el fin de promover, concienciar, educar y resaltar la importancia de su labor fiscalizadora y preventiva en el sistema de transportación pública y comercial de Puerto Rico. El Gobernador o la Gobernadora emitirá una proclama anual exhortando a la ciudadanía y entidades públicas y privadas a organizar actividades relacionadas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Ley 163-2025, aprobada el 16 de diciembre de 2025, declara la "Semana del Inspector e Inspectora de Servicio Público" anualmente del 22 al 29 de junio. El proyecto (PC 706) fue aprobado con tanto en la Cámara como en el Senado, y posteriormente concurrió con las enmiendas del Senado.
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Última acción · 16 de diciembre de 2025
Ley 163-2025
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los Artículos 2 y 3; añadir unos nuevos Artículos 4 y 7; renumerar y enmendar los Artículos 4 y 5 como Artículos 5 y 6, respectivamente; y renumerar el Artículo 6 como Artículo 8, de la Ley Núm. 180-2024, conocida como la "Ley del Mes y Día de la Manufactura en Puerto Rico" a los fines de atemperar la designación del Día de la Manufactura al primer viernes del mes de octubre de cada año, según se ha establecido en los Estados Unidos de América; establecer la obligación de la Gobernadora de emitir una proclama a estos efectos; facultar al Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio a promocionar el Día y Mes de la Manufactura; y para oh'os fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 180-2024 para alinear la designación del Día de la Manufactura en Puerto Rico con la establecida en Estados Unidos, fijándolo al primer viernes de octubre de cada año. También formaliza la obligación de la Gobernadora de emitir una proclama anual y faculta al Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) para promocionar el Día y Mes de la Manufactura. Afecta principalmente a la Gobernadora, al Secretario del DDEC, a las empresas del sector manufacturero y a sus trabajadores.
Para declarar la segunda semana del mes de noviembre de cada año como la “Semana del Profesional de la Psicología”; declarar el 10 de noviembre de cada año como el “Día del Profesional de la Psicología”; ordenar al Departamento de Estado y al Departamento de Salud a desarrollar actividades, a los fines de celebrar, reconocer y agradecer el compromiso y sobresaliente ejecutoria de los profesionales de la psicología que brindan servicios a la población en general; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa declara formalmente la segunda semana de noviembre de cada año como la "Semana del Profesional de la Psicología" y el 10 de noviembre como el "Día del Profesional de la Psicología" en Puerto Rico. Ordena al Departamento de Estado y al Departamento de Salud, en coordinación con otras agencias y colectivos, a desarrollar actividades para reconocer la labor de estos profesionales. El Gobernador emitirá una proclama exhortando a la participación ciudadana.
Para declarar y reconocer que el primer domingo del mes de noviembre de cada año será conocido como el “Día de la Movilidad Asistida”, con el propósito de crear conciencia y propiciar el auto desempeño y el bienestar de las personas con discapacidad y/o que presenten lesiones que requieran utilizar la asistencia de equipos para lograr obtener su movilidad; y para otros fines relacionados.
La medida declara el primer domingo de noviembre de cada año como el "Día de la Movilidad Asistida" en Puerto Rico. Su propósito es crear conciencia sobre la importancia del auto desempeño y bienestar de personas con discapacidad o lesiones que requieren equipos para su movilidad. El Departamento de Estado y Educación, junto a otras agencias, coordinarán iniciativas para orientar sobre el uso correcto de estos equipos y los servicios de mantenimiento disponibles. La Gobernadora o el Gobernador emitirá una proclama anual para conmemorar la fecha.
Para enmendar los artículos 1 y 2 de la Ley 154-2006, mediante la cual se declara el mes de mayo de cada año como el “Mes de la Radio” y el día 30 de mayo de cada año como “Día del Locutor”, con el propósito de declarar el segundo jueves del mes de mayo de cada año como el “Día de la Radio del Oeste”.
La medida propuesta busca enmendar la Ley 154-2006 para añadir una nueva efeméride: el segundo jueves de mayo de cada año como el "Día de la Radio del Oeste". Esto se integraría junto al "Mes de la Radio" (mayo) y el "Día del Locutor" (30 de mayo) ya existentes. La enmienda también clarifica la responsabilidad del Departamento de Estado, Departamento de Educación y la Corporación de Puerto Rico para la Difusión Pública en la promoción y celebración de estas fechas.
Para declarar la tercera semana del mes de octubre, como la “Semana del Profesional de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en Puerto Rico” con el fin de reconocer la labor de los profesionales de recursos humanos y de las relaciones laborales; celebrar actividades educativas para promover la capacitación y el desarrollo de estos profesionales; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa declara la tercera semana del mes de octubre como la "Semana del Profesional de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en Puerto Rico". La Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos (OATRH) y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos tendrán la responsabilidad de promover actividades de reconocimiento y velar por el cumplimiento. El Gobernador emitirá una proclama anual exhortando a entidades públicas y privadas a participar, la cual será distribuida a los medios.
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