Qué propone
Esta medida establece una política pública para la instalación de aires acondicionados en las escuelas públicas de Puerto Rico. Requiere un proceso de evaluación técnica y autorización previa a la instalación, y define responsabilidades para la Oficina para el Mejoramiento de Escuelas Públicas (OMEP) y la Autoridad de Edificios Públicos (AEP) en cuanto a la certificación de capacidad eléctrica. También asigna a la AEP la responsabilidad del mantenimiento preventivo y a la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) la tarea de identificar fuentes de financiamiento para la adquisición de equipos.
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Última acción · 14 de mayo de 2026
Referido a Comisión(es)
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A favor (46)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar a la Oficina para el Mejoramiento de Escuelas Públicas de Puerto Rico (OMEP) y a la Autoridad de Edificios Públicos de Puerto Rico (AEP) a preparar y presentar ante la Asamblea Legislativa un informe detallado sobre la capacidad de las subestaciones eléctricas de las escuelas públicas de Puerto Rico, con el fin de evaluar si cuentan con la capacidad necesaria para permitir la instalación y uso de acondicionadores de aire en todos los salones de clase; identificar las mejoras, actualizaciones o sustituciones que tendrían que realizarse en dichas subestaciones para garantizar dicha capacidad; detallar la inversión económica necesaria para lograrlo; y recomendar un plan de acción que incluya un calendario estimado de ejecución, fuentes de financiamiento disponibles y cualquier otro factor relevante para viabilizar la modernización energética de la infraestructura escolar; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta ordena a la Oficina para el Mejoramiento de Escuelas Públicas (OMEP) y a la Autoridad de Edificios Públicos (AEP) a realizar un estudio exhaustivo. El objetivo es evaluar la capacidad de las subestaciones eléctricas de las escuelas públicas para soportar el uso de acondicionadores de aire en todos los salones de clase. El informe, que debe presentarse a la Asamblea Legislativa en 120 días, debe detallar las mejoras necesarias, los costos estimados, un plan de acción, fuentes de financiamiento y recomendaciones de eficiencia energética.
Para ordenar al Departamento de Educación diseñar y ejecutar un plan para el acondicionamiento de los planteles escolares del sistema público de enseñanza, a los fines de garantizar la seguridad del estudiantado y el personal escolar durante periodos de intenso calor; y para otros fines relacionados.
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida aborda la infraestructura escolar, un tema recurrente en la historia de la educación pública de Puerto Rico, especialmente tras los terremotos de 2020 que expusieron la vulnerabilidad estructural y la falta de mantenimiento de los planteles, incluyendo la falta de climatización. La medida busca establecer una política pública para la instalación y mantenimiento de aires acondicionados, lo que se alinea con la necesidad histórica de mejorar las condiciones físicas de las escuelas.
En qué va
La medida, Proyecto de la Cámara 776, fue el 12 de mayo de 2025. Actualmente, se encuentra en trámite en el Senado, habiendo sido referida a comisión tras su primera lectura.
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La Resolución Conjunta del Senado 52 (RCS 52) ordenaba al Departamento de Educación (DE) diseñar y ejecutar un plan para acondicionar los planteles escolares públicos. El objetivo era garantizar la seguridad del estudiantado y personal ante periodos de intenso calor, considerando estrategias como siembra de árboles, flexibilización de uniformes, uso de espacios alternos, instalación de fuentes de agua y abanicos, y horarios alternos o enseñanza remota en escenarios extremos. La medida buscaba establecer un mandato legal para estas acciones, sin imponer cargas económicas a los padres.
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