Qué propone
Esta medida el Artículo 3.6 de la Ley Núm. 54 de 1989 (Ley de Violencia Doméstica) para prohibir que personas encontradas culpables de agresión sexual (Artículo 3.5 de la misma ley) se beneficien del programa de desvío judicial. Afecta directamente a personas acusadas o convictas por agresión sexual dentro de relaciones de pareja.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la lucha por los derechos de la mujer y la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha sido impulsado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como la declaración de estado de emergencia por violencia de género en 2021. La Ley 54 de 1989, que esta medida , es un pilar en la protección de las víctimas de violencia doméstica, y su evolución refleja la necesidad de fortalecer las herramientas legales para garantizar la seguridad de las mujeres.
En qué va
Esta medida, Ley 75-2026, fue el 18 de agosto de 2025 y por la Cámara el 13 de abril de 2026, siendo firmada por la Gobernadora el 6 de mayo de 2026. Enmendó el Artículo 3.6 de la Ley Núm. 54 de 1989.
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Última acción · 6 de mayo de 2026
Ley 75-2026
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