Para enmendar el Artículo 2.004 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico” a los fines de extender el término de los nombramientos interinos de Directores de Unidades Administrativas hasta un máximo de ciento ochenta (180) días.; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Esta medida el Artículo 2.004 de la Ley 107-2020, conocida como el Código Municipal de Puerto Rico. Extiende el término máximo para los nombramientos interinos de Directores de Unidades Administrativas municipales de 120 días a 180 días. Afecta directamente a los alcaldes, quienes podrán mantener un funcionario en carácter interino por un periodo más prolongado mientras buscan un candidato permanente, y a las legislaturas municipales, que son el cuerpo de confirmación de dichos nombramientos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Esta medida se inscribe en la evolución del marco jurídico municipal, que busca consolidar la autonomía de los 78 municipios, como se estableció con la Ley de Municipios Autónomos de 1991 y se unificó en el Código Municipal de 2020. La extensión del término para nombramientos interinos refleja la tensión entre la autonomía administrativa de los alcaldes y la necesidad de eficiencia en la gobernanza local.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 630, fue el 24 de junio de 2025. Posteriormente, fue la Cámara de Representantes el 27 de junio de 2025, referida a comisión y aprobada sin por la Comisión de Asuntos Municipales el 12 de marzo de 2026.
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Última acción · 12 de marzo de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (25)
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