Qué propone
Esta resolución conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) a explorar la posibilidad de transferir gratuitamente la propiedad o conceder el por más de diez (10) años del terreno y estructura de la antigua Escuela Pública Ernesto Juan Fonfrias en Toa Baja a la corporación Centro Corazón Azul, Inc. El objetivo es facilitar que esta entidad continúe ofreciendo servicios gratuitos a adultos con autismo severo, alineándose con la Ley 26-2017 de Cumplimiento con el Plan Fiscal.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
El Gobierno de Puerto Rico ha buscado optimizar el uso de propiedades públicas en desuso, a menudo mediante transferencias o arrendamientos a entidades sin fines de lucro para fines sociales o comunitarios. La Ley 26-2017 y el del CEDBI buscan formalizar y estandarizar estos procesos, pero resoluciones conjuntas específicas como esta pueden dirigir o facilitar la disposición de bienes particulares para proyectos específicos.
En qué va
La Resolución Conjunta de la Cámara 128 fue el 9 de marzo de 2026 y luego por el Senado el 4 y 8 de junio de 2026, con . Tras concurrir el cuerpo de origen con las enmiendas del Senado y ser firmada por los presidentes de ambas cámaras, fue el 6 de julio de 2026.
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Última acción · 6 de julio de 2026
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A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia, usufructo, arrendamiento por el valor nominal de un dólar ($1.00) o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha ley a la corporación doméstica, Voluntarios Ex Residentes y Residentes Castillo Corp., entidad sin fines de lucro, de la titularidad de las instalaciones de la otrora escuela de nivel elemental denominada Castillo en el Municipio de Mayagüez, con el propósito de establecer en dicha instalación un proyecto de desarrollo holístico e integral para la comunidad que garantice la prestación de programas de bienestar social y desarrollo económico y comunitario.
Esta Resolución Conjunta de la Cámara ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles (CEDBI) evaluar la transferencia, usufructo o arrendamiento por el valor nominal de un dólar ($1.00) de la antigua escuela elemental Castillo en Mayagüez a la corporación sin fines de lucro Voluntarios Ex Residentes y Residentes Castillo Corp. El propósito es establecer un proyecto de desarrollo comunitario, bienestar social y desarrollo económico. La medida impone un plazo improrrogable de sesenta (60) días laborables para ejecutar el negocio jurídico, afectando directamente a la entidad proponente y al CEDBI.
Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, creado por virtud de la Ley Núm. 26-2017, según enmendada, conocida como “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”, evaluar conforme a las disposiciones de la ley y reglamento, la transferencia, usufructo, arrendamiento por el valor nominal de un dólar ($1.00) o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha ley a la corporación, ViveConect, Inc., entidad sin fines de lucro, de la titularidad de las instalaciones de la otrora escuela denominada Juana B. Guzmán en el Municipio de San Sebastián, con el propósito de transformar y establecer en dicha instalación un centro multiservicios comunitario autosostenible para la comunidad que garantice la prestación de programas de bienestar social y desarrollo económico y comunitario.
A favor (26)
Abstenido (1)
Ausente (1)
Esta Resolución Conjunta ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Bienes Inmuebles, bajo la Ley Núm. 26-2017, a evaluar la transferencia, usufructo, arrendamiento por $1.00 o cualquier otro negocio jurídico de la otrora escuela Juana B. Guzmán en San Sebastián a la corporación sin fines de lucro ViveConect, Inc. El propósito es establecer un centro multiservicios comunitario autosostenible. El Comité tiene un plazo improrrogable de 60 días laborables para completar la evaluación y el negocio jurídico. La medida afecta directamente al Comité de Evaluación, al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), a ViveConect, Inc. y a la comunidad de San Sebastián.
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