Qué propone
La Ley 3-2026 cuatro leyes existentes para establecer un mandato de colaboración entre el Departamento de Educación, el Departamento de Justicia, la Policía de Puerto Rico y el Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS). El objetivo es desarrollar e implementar campañas educativas anuales en escuelas sobre el uso seguro de Internet, medios electrónicos y prevención de delitos cibernéticos. Afecta directamente a los estudiantes en el sistema público de enseñanza, así como a las agencias gubernamentales designadas que deberán coordinar estos esfuerzos educativos.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
La medida se enmarca en el tema de la educación K-12, específicamente en la Ley 85-2018, conocida como la Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico, que es mencionada en la Fuente 3. Esta ley ha sido un punto central en la reconfiguración del sistema educativo, y la medida actual busca añadir nuevas funciones al Departamento de Educación bajo el marco de esta misma legislación, abordando la seguridad cibernética en las escuelas.
En qué va
La medida, Ley 3-2026, fue el 23 de junio de 2025 y por el Senado el 12 de noviembre de 2025, siendo firmada por la Gobernadora el 2 de enero de 2026. El trámite legislativo incluyó varias lecturas, referidos a comisiones y aprobaciones con en ambos cuerpos.
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Última acción · 2 de enero de 2026
Ley 3-2026
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Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los Artículos 1, 4 y 9 de la Ley 40-2024, conocida como "Ley de Ciberseguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; a los fines de establecer que el programa virtual y el curso de educación continua sobre Ciberseguridad dispuesto en la referida ley, incluirá el tema del uso de la inteligencia artificial; realizar enmiendas técnicas; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 40-2024, conocida como 'Ley de Ciberseguridad del Gobierno de Puerto Rico', para incorporar explícitamente el tema del uso de la inteligencia artificial (IA) en los programas de educación virtual y de educación continua sobre ciberseguridad. Esto aplica a la ciudadanía en general y a los servidores públicos, incluyendo Oficiales de Información, quienes deberán tomar un curso anual que cubra este tema. También se realizan enmiendas técnicas a los artículos 1 y 4 de la ley base.
Para crear la “Ley Protege Tu Mundo Digital”, a los fines de establecer un programa educativo preventivo mediante módulos trimestrales sobre el uso seguro y responsable de las redes sociales y entornos digitales para estudiantes; disponer su integración al currículo existente del Departamento de Educación de Puerto Rico; ordenar la colaboración interagencial entre el Departamento de Educación y el Departamento de la Familia para el desarrollo de dichos módulos; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley Protege Tu Mundo Digital" (PROTEGE), estableciendo un programa educativo preventivo con módulos trimestrales sobre el uso seguro y responsable de redes sociales y entornos digitales. Estos módulos se integrarán al currículo del Departamento de Educación para estudiantes desde quinto grado en adelante, requiriendo la colaboración del Departamento de la Familia en su desarrollo. El objetivo es capacitar a los estudiantes para identificar riesgos, proteger su información y buscar ayuda.
Para adoptar la “Ley para el Fomento del Uso de Controles Parentales Digitales en Puerto Rico” con el propósito de asignar deberes y responsabilidades al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) y a la Junta Reglamentadora del Servicio Público de Puerto Rico a los fines de orientar y promover activamente entre la ciudadanía el uso de controles parentales en dispositivos electrónicos y proteger a los menores de edad que navegan en internet y utilizan otras tecnologías digitales; y para otros fines.
La medida adopta la "Ley para el Fomento del Uso de Controles Parentales Digitales en Puerto Rico", asignando deberes al Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), al Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS) y a la Junta Reglamentadora del Servicio Público. Su propósito es orientar y promover activamente el uso de controles parentales en dispositivos electrónicos para proteger a menores de edad en internet y tecnologías digitales. La ley busca que estos organismos establezcan mecanismos de orientación y fiscalización.
Para disponer que el Departamento de Educación del Gobierno de Puerto Rico establezca un protocolo de clasificación de niveles de seguridad escolar en los planteles con garantías mínimas para reducir riesgos y vulnerabilidades.
Esta Ley ordena al Departamento de Educación (DE) a crear e implementar un protocolo para clasificar los niveles de seguridad en todas las escuelas públicas y privadas certificadas, estableciendo criterios de evaluación y medidas de respuesta. El DE tiene 270 días para desarrollar e implementar dicho protocolo, que deberá considerar factores criminales, estructurales y ambientales, e incluir la recopilación de informes de incidentes por parte de los directores escolares. La medida busca garantizar entornos de aprendizaje más seguros y resilientes.
Para enmendar el Artículo 9.11 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de establecer que dentro de los talleres y campañas educativas sobre estilos de vida saludables y buenas prácticas nutricionales dispuestos en dicho Artículo, se incluya orientación y educación con respecto a la prevención de trastornos de la conducta alimentaria, tales como la anorexia nerviosa, la bulimia nerviosa y el trastorno por atracón, entre otros; y para otros fines relacionados.
Esta medida, Ley 4-2026, enmienda el Artículo 9.11 de la Ley Núm. 85-2018 (Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico). Añade explícitamente la obligación de incluir en los talleres y campañas educativas sobre estilos de vida saludables y nutrición, la orientación y educación sobre la prevención de trastornos de la conducta alimentaria (como anorexia, bulimia y trastorno por atracón). También amplía el mandato para incluir información sobre depresión, prevención de enfermedades contagiosas y suicidio, y coordina campañas de salud oral y vacunación estudiantil. Afecta principalmente al Departamento de Educación en su deber de implementar estos contenidos educativos, y a los estudiantes como receptores de la información.
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