Para establecer la "Ley del Expediente Digital Único para Personas con Diversidad Funcional" y ordenar a la "Puerto Rico Innovation and Technology Service" (PRITS) la creación, implementación y mantenimiento de un expediente digital centralizado que contenga información sobre los servicios prestados por el Departamento de Salud, el Departamento de Educación y la Administración de Rehabilitación Vocacional a personas con diversidad funcional; establecer los deberes de las agendas concernidas; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Ley 6-2025 crea un expediente digital centralizado con información sobre los servicios de Salud, Educación y Rehabilitación Vocacional, y encarga a PRITS crearlo, custodiarlo y mantenerlo. Obliga a esas tres agencias a integrar la información y a PRITS a establecer protocolos y ; ninguna agencia podrá pedir en papel documentos que ya estén guardados en el expediente. PRITS debe aprobar la reglamentación dentro de 180 días de la aprobación de la ley, y las agencias tienen 90 días desde esa aprobación reglamentaria para integrar sus sistemas; la ley entra en vigor, en general, 180 días después de su aprobación, aunque ciertas tareas preparatorias entran en vigor inmediatamente. No una ley específica: solo deja sin efecto disposiciones incompatibles, y permite que las agencias provean personal capacitado si hace falta, sin asignar fondos para ello.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
El Senado aprobó la medida el 7 de abril de 2025, la Cámara el 10 de abril y fue firmada como Ley 6-2025 el 11 de abril de 2025; está . El informe de la comisión del Senado del 2 de abril recomendó aprobarla; PRITS, Salud, Educación y Rehabilitación Vocacional la endosaron, y PRITS dijo contar con infraestructura y personal para implementarla.
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Última acción · 11 de abril de 2025
Ley 6-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (28)
A favor (48)
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