Qué propone
La medida crea la Ley “Comunidad Vida Integra, Valores Activos” (Comunidad VIVA) que ordena a la Oficina de Desarrollo Socioeconómico y Comunitario (ODSEC) a implementar un programa para fomentar valores, la importancia de la figura paterna y la educación de valores en menores y comunidades. Busca reducir la deserción escolar y mejorar la salud mental de los niños, especialmente en hogares con ausencia de padres o familias no convencionales, mediante talleres, actividades y un sistema de mentoría. Autoriza acuerdos colaborativos con organizaciones sin fines de lucro y agencias del Ejecutivo. La ley entraría en vigor 90 días después de su aprobación, obligando al Director Ejecutivo de ODSEC a desarrollar e implantar el programa.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida, el Proyecto del Senado 522, fue el 9 de febrero de 2026 y por el Senado el 17 de febrero de 2026, siendo el 3 de marzo de 2026. Finalmente, fue expresamente el 6 de marzo de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 6 de marzo de 2026
Expreso
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (22)
A favor (44)
En contra (5)
A favor (23)
En contra (4)
Ausente (1)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para crear la "Ley de Integración de Respeto a la Vida en Puerto Rico", a los fines de que un Comité Interagencial identifique los programas existentes en las agencias del Gobiemo de Puerto Rico, dirigidos a promover el respeto a la vida y la ética, con el propósito de maximizar sus usos y que mayor cantidad de ciudadanos tengan acceso a estos; y para otros fines relacionados
La medida crea la Ley de Integración de Respeto a la Vida en Puerto Rico. Establece un Comité Interagencial, presidido por el Secretario de Educación, compuesto por representantes de varias agencias gubernamentales. Este comité tiene la encomienda de identificar, coordinar y maximizar la cobertura de programas existentes en el gobierno que promuevan el respeto a la vida y la ética, con el fin de que más ciudadanos tengan acceso a ellos. El Departamento de Educación debe adoptar un reglamento en 90 días y el comité debe rendir informes anuales.
“Para Establecer la Ley de Guías Alimentarias Suplementarias para Abuelos Mayores de 60 Años bajo la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) en Casos de Muerte o Incapacidad de un Progenitor.”
El Proyecto del Senado 822 buscaba establecer una ley para crear Guías Alimentarias Suplementarias específicas para abuelos mayores de 60 años, aplicables bajo la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) en casos donde un progenitor fallece o queda incapacitado. Proponía un límite máximo del 10% de los ingresos netos del abuelo para la pensión alimentaria subsidiaria, con exenciones por pobreza o salud grave, y limitando la duración de la obligación hasta los 18 años, salvo excepciones. Estas guías suplementarias afectarían directamente a abuelos que deban proveer sustento a sus nietos bajo estas circunstancias específicas.
Para crear y adoptar la “Ley de Integración de Valores y Ética”, a los fines de desarrollar, implementar e integrar en el currículo educativo del Departamento de Educación, principios de valores y ética, para promover el respeto y la equidad entre las personas; y para otros fines relacionados.
Esta ley crea la "Ley de Integración de Valores y Ética" (Ley 10-2025), que ordena al Departamento de Educación (DE) integrar de forma transversal principios de valores, valores humanos y ética en el currículo educativo de todas las escuelas públicas. Establece la figura de un Oficial de Cumplimiento para asistir al Secretario del DE en la implementación, capacitación de maestros y fiscalización. Se concede un periodo de transición hasta el inicio del próximo semestre académico para el desarrollo e implementación, afectando a estudiantes, maestros, directores y padres del sistema público.
Para añadir un nuevo Articulo 13 en el Capitulo II, y reenumerar los articulos del 13 al 35, como los articulos del 14 ai 36, respectivamente, en la Ley 171, 2014, según enmendada, la cual se suprime a la ahora extinta Oficina de Asuntos de la Juventud, y crea, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, un denominado "Programa de Desarrollo de la Juventud", a los fines de conferirle aI Secretario de Desarrollo Económico y Comercio, la responsabilidad de planificar, estrucfurar, diseñar, desarrollar e implantar, en todos los pueblos de Puerto Rico, el establecimiento de "Centros de Servicios Integrados para Jóvenes", en los cuales se les proveerán a las personas, entre las edades de13 a 29 años, programas de estudios, tutorias, capacitación y adiestramiento en el empleo, vivienda, servicios médicos, programas recreativos, deportivos y culturales, consejeria y orientación; y para otros fines relacionados.
La medida enmienda la Ley 171-2014 para crear el Programa de Desarrollo de la Juventud, adscrito al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC). Este programa, bajo la responsabilidad del Secretario del DDEC, deberá planificar, diseñar e implantar 'Centros de Servicios Integrados para Jóvenes' en todos los municipios. Estos centros ofrecerán servicios de estudios, tutorías, capacitación laboral, vivienda, salud, recreación, cultura, consejería y orientación a jóvenes de 13 a 29 años, y se complementarán con un portal digital de servicios centralizados.
Para crear la “Ley de Integración de Respeto a la Vida en Puerto Rico”, a los fines de establecer un marco normativo permanente de coordinación interagencial que permita identificar, articular, integrar y maximizar el uso de programas, iniciativas y servicios ya existentes en las agencias del Gobierno de Puerto Rico dirigidos a promover el respeto a la vida, la ética, la prevención de la violencia y la sana convivencia comunitaria, sin crear nuevas estructuras administrativas ni incurrir en gastos públicos adicionales, y para otros fines relacionados.
La medida crea la Ley de Integración de Respeto a la Vida en Puerto Rico, estableciendo un marco permanente de coordinación interagencial. Este marco busca identificar, articular e integrar programas y servicios gubernamentales existentes dirigidos a promover el respeto a la vida, la ética, la prevención de la violencia y la sana convivencia. Afecta a las agencias listadas en el Comité Interagencial y a la ciudadanía al intentar optimizar servicios preventivos y de fomento de valores, sin crear nuevas estructuras ni gastos adicionales.
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.