Para enmendar el Artículo 22.02 y 23.08 de la Ley 22-2000, según enmendada, conocida como la “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de reducir de quince (15) dólares a cinco (5) dólares la multa administrativa impuesta por cada infracción al sistema de pago electrónico AutoExpreso por falta de balance en la cuenta, cuando el peaje correspondiente no sea satisfecho dentro del término establecido; establecer que, transcurrido dicho término sin que se haya realizado el pago o recarga correspondiente, se notifique electrónicamente al titular de la cuenta el balance adeudado y la imposición de la multa correspondiente; y para otros fines relacionados.
Qué propone
Baja de $15 a $10 la multa de AutoExpreso que se impone cuando un conductor pasa por un peaje sin balance y no paga ese peaje dentro de 120 horas (artículos 22.02 y 23.08 de la Ley de Vehículos y Tránsito, Ley 22-2000). El conductor sigue debiendo el peaje. Además, añade la app CESCO Digital, o cualquier otro sistema digital que autorice el Secretario del DTOP, a los canales del aviso inicial, y crea un segundo aviso electrónico cuando vencen las 120 horas sin pago, con el balance adeudado y la advertencia de que viene la multa. El DTOP (y la ACT, si se aprueban las del Senado) tendría 120 días para ajustar su . No toca la multa de $100 por usar el carril de AutoExpreso sin sello.
Pros
Contras
Intereses en juego
Perspectiva histórica
Las multas de AutoExpreso se dejaron de emitir en abril de 2022, tras un ataque cibernético que afectó al operador del sistema, y la ACT las reactivó el 19 de octubre de 2026 como exigencia de su Plan Fiscal. La multa de $15, el aviso dentro de 24 horas y el plazo de 120 horas para pagar ya están en la Ley 22-2000. En la Cámara hay otras propuestas sobre lo mismo que siguen : el PC 1341, que eliminaría las multas y cobraría solo el peaje adeudado, y el PC 869, que pondría un tope de $600 al año.
Qué dice el texto
Sección 1: en el artículo 22.02(2) de la Ley 22-2000, la multa por violar las reglas de pago en los peajes (excepto usar el carril sin sello, que sigue en $100) pasa de $15 a $10 por infracción, «más el pago del peaje dejado de pagar». Esa multa cubre cualquier violación del artículo salvo esa, no solo pasar sin balance: también, por ejemplo, transitar con un sello sin registrar. Sección 2: en el artículo 23.08(c), el aviso inicial, que debe enviarse dentro de 24 horas de la infracción, podrá llegar por correo electrónico, mensaje de texto, llamada automatizada, «la aplicación móvil (app) del Departamento para las licencias virtuales, CESCO Digital, o cualquier otro sistema digital autorizado por el Secretario». Ese aviso da 120 horas para pagar el peaje o se emitirá una multa de $10. Y añade: «Luego de transcurrido el término de ciento veinte (120) horas sin que se haya realizado el pago del peaje o la recarga correspondiente, se enviará una notificación electrónica al titular de la cuenta, informándole el balance adeudado y notificándole que se procederá con la imposición de la multa correspondiente». Sección 3: el DTOP adoptará o enmendará su en no más de 120 días; la comisión del Senado añadió a la ACT. Sección 4: rige inmediatamente después de aprobada.
Lo que ya dice la ley hoy
La Ley 22-2000 (compilación de la OGP del 7 de septiembre de 2026) ya fija la multa en $15 por infracción más el peaje (artículo 22.02(2)). El artículo 23.08(c) ya exige un aviso inicial por correo electrónico, mensaje de texto o llamada automatizada dentro de 24 horas, con el balance adeudado y un plazo de 120 horas para pagar. Si no se paga, la multa se notifica por correo postal a la última dirección que tenga el DTOP y por correo electrónico, y tiene que depositarse en el correo dentro de 90 días: si no, la multa se elimina y solo queda el peaje. La ley también hace al dueño del vehículo responsable de tener al día su información de contacto. Lo nuevo del proyecto es, por tanto, el monto ($10), el canal de CESCO Digital y otros sistemas digitales, y el aviso al vencer las 120 horas.
Qué cambió en el camino
el 11 de agosto de 2026, el proyecto bajaba la multa a $5 y daba 60 días para el . La Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara celebró el 26 de agosto con el DTOP y la ACT, Metropistas y PAM. En su informe del 14 de septiembre subió la multa a $10 a partir de un análisis de la OPAL (informe 2027-055), añadió CESCO Digital y otros sistemas como canales del aviso inicial, y llevó el plazo del reglamento a 120 días, como pidió PAM. La comisión del Senado, en su informe del 16 de octubre, dejó intactos los $10 y los avisos. Sus son de redacción salvo una: añaden a la ACT junto al DTOP en la obligación de reglamentar.
El debate del dinero
La ACT explicó que cerca del 38% de las transacciones en los peajes se hacen sin balance, que eso le crea un problema de liquidez, y que la Junta de Supervisión Fiscal ha condicionado su presupuesto a maximizar ingresos propios. Su presupuesto certificado para este año fiscal cuenta con unos $29.6 millones por multas de AutoExpreso, calculados a $15. Aunque aceptaba la parte de los avisos, no avaló bajar la multa, ni a $5 en la Cámara ni a $10 en el Senado, y pidió una fuente alterna de fondos si se aprueba. La OPAL estimó que con $10 la ACT recaudaría unos $40.7 millones en el año fiscal 2027: $11.1 millones más que su presupuesto certificado, pero $20.3 millones menos que los $61 millones del Plan Fiscal. Entre 2027 y 2030, el promedio sería de $50.8 millones al año frente a $76.3 millones en el Plan Fiscal. Las dos comisiones se quedaron con la primera comparación. En el Senado, la AAFAF añadió que el Plan Fiscal de la ACT contempla subir las multas con la inflación, no bajarlas. El presidente de la comisión del Senado respondió en El Nuevo Día que no se debería contar con ese dinero: «si todo el mundo paga su peaje a tiempo, ¿qué van a recaudar? Cero».
Lo que el texto no resuelve
No pone tope a cuántas multas se acumulan: sigue siendo una por cada paso sin balance. Otras medidas lo plantean de otra forma: el PC 869, con un tope de $600 al año, y el PC 1341, que eliminaría las multas y cobraría solo el peaje. No dice qué pasa con las multas de $15 que se emitan entre el 19 de octubre de 2026 y el día en que la ley entre en vigor. Como rige desde su aprobación y no dice nada de lo anterior, lo probable es que esas sigan siendo de $15. No dice cuántos avisos de las 120 horas recibe una cuenta con varias infracciones; PAM pidió limitarlos a uno por día y el texto no lo recoge. Ese detalle, y si el aviso lleva o no el monto exacto en la práctica, quedaría para el .
Quién la presentó y en qué va
La presentó el representante José Hernández Concepción (PNP, distrito 3), que preside la Comisión de Transportación e Infraestructura de la Cámara, y la suscribieron los representantes Fernando Sanabria Colón y Félix E. Pacheco Burgos (los dos del PNP). La Cámara la aprobó el 17 de septiembre de 2026 con 48 votos a favor, ninguno en contra y 5 ausentes. El 16 de octubre la comisión del Senado que preside Héctor J. Sánchez Álvarez (PNP) rindió con ; si el Senado la aprueba con esas enmiendas, la Cámara tendría que aceptarlas antes de que la medida vaya a la gobernadora.
En qué va
La Cámara aprobó la medida el 17 de septiembre de 2026 y la envió al Senado, donde fue referida a comisión el 21 de septiembre. El 16 de octubre, la Comisión de Transportación, Telecomunicaciones, Servicios Públicos y Asuntos del Consumidor del Senado rindió un informe con ; luego pasó a la Comisión de Reglas y Calendario y el 22 de octubre quedó en el del Senado.
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Última acción · 22 de octubre de 2026
En el del Senado
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A favor (48)
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