Para enmendar el Articulo 4, de la Ley 109-2003, según enmendada, conocida como "Ley que Regula las Relaciones Contractuales entre los Estudiantes Militares de Educación Post-secundaria en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y las Instituciones Superiores de Ensefianza", a los fines de reconocer la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, la Fuerza Espacial de los Estados Unidos de América; reconocer los beneficios de esta Ley a miembros de dicha nueva rama; actualizar definiciones; aclarar que esta Ley, también será de aplicación en activaciones de casos de emergencia natural o razones humanitarias; y para otros fines relacionados.
Qué propone
La Ley 201-2026 únicamente el Artículo 4 de la Ley 109-2003. Añade la Fuerza Espacial a las reservas de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos destacadas en Puerto Rico, y actualiza las definiciones de Consejo, institución de educación superior y Guardia Nacional de Puerto Rico, esta última mediante referencia a la Ley 88-2023. Amplía la definición de activación para incluir misiones de respuesta humanitaria y a desastres naturales, además de ejercicios, conflictos bélicos y guerra; conserva esas categorías anteriores y no menciona expresamente las contingencias de salud pública que plantea la Exposición de Motivos. Al cambiar quién cuenta como estudiante militar y qué cuenta como activación, puede extender los derechos de los Artículos 6 al 8, y rige inmediatamente.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida fue aprobada con por el Senado el 20 de agosto de 2026, y la Cámara concurrió el 1 de septiembre. Fue firmada como Ley 201-2026 el 9 de octubre de 2026 y está desde su aprobación.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 9 de octubre de 2026
Ley 201-2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (51)
A favor (22)
En contra (1)
Abstenido (1)
A favor (49)
Otras medidas sobre el mismo asunto. Se encuentran por significado, no solo por palabras.
Para enmendar los incisos a, g y n del Artículo 2, de la Ley 218 - 2003, según enmendada; conocida como "Ley de Protección para los Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos" a los fines de reconocer en dicho estatuto la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, el "Space Force"; reconocer que estos beneficios aplican a los miembros de dicha nueva rama; y para ofros fines relacionados.
La Ley 49-2025 enmienda los incisos (a), (g) y (n) del Artículo 2 de la Ley 218-2003: añade la Fuerza Espacial a la lista de componentes de reserva, la reconoce entre los seis componentes armados y entre los ocho servicios uniformados. Así, las protecciones de la Ley 218 alcanzan expresamente a integrantes de Space Force; por ejemplo, el Artículo 3 permite a empleados públicos o privados en puestos de carrera, que no estén en probatoria ni trabajen temporeramente, recibir la diferencia si su ingreso neto militar durante el servicio activo es menor que su salario neto civil. La ley ordena a las agencias y departamentos pertinentes mencionados en la Ley 219-2003 tomar medidas de implementación, incluida la reglamentación. No cambia los requisitos del Artículo 3 ni fija una cantidad: el derecho a la diferencia salarial depende del servicio activo y del cálculo individual de ambos ingresos netos.
Para enmendar los incisos 1 y 7 del Artículo 3, de la Ley Núm. 271- 2012, conocida como "Ley para la Creación de un Sistema Expedito de Reconocimiento por Endoso de Licencias Profesionales de Cónyuges de Militares y Empleados Federales" o, "License Portability Act of Puerto Rico"; a los fines de reconocer en dicho estatuto la existencia de la nueva rama de las Fuerzas Armadas, el "Space Force"; reconocer que estos beneficios aplican a cónyuges de militares, reservistas o miembros de la guardia nacional; y para oh'os fines relacionados.
La Ley 158-2025 enmienda los incisos 1 y 7 del Artículo 3 de la Ley 271-2012 para incluir expresamente a la Fuerza Espacial de Estados Unidos entre las ramas cubiertas y añadirla al listado del Departamento de Defensa. También incluye los componentes de reserva y la Guardia Nacional, terrestre y aérea, cuando sean activados por el Presidente, según las referencias federales que cita el texto. Para solicitar los beneficios, el cónyuge todavía debe cumplir los requisitos de la ley, entre ellos haber sido trasladado temporalmente a Puerto Rico por el servicio activo de su pareja, tener domicilio permanente fuera de Puerto Rico y no exceder seis años de residencia. No elimina requisitos; ordena a las agencias pertinentes tomar medidas de implementación, incluida la reglamentación, y rige desde su aprobación.
Para añadir un nuevo inciso (20) al Artículo 4 de la Ley Núm. 195 - 2012, según enmendada, conocida como “La Carta de Derechos del Estudiante”, para reconocer el derecho de los estudiantes a participar en programas y/o actividades cívico-militares de cadetes en la comunidad escolar; enmendar el inciso (n) del Artículo 9.01 de la Ley Núm. 85 - 2018, según enmendada, conocida como la “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de reconocer el derecho de los estudiantes a no ser objeto de discrimen u hostigamiento por motivos de su participación en estos programas y/o actividades; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa busca añadir un nuevo derecho al Artículo 4 de la Ley Núm. 195-2012, conocida como 'La Carta de Derechos del Estudiante', para reconocer explícitamente el derecho de los estudiantes a participar en programas y actividades cívico-militares de cadetes en la comunidad escolar. Adicionalmente, enmienda el Artículo 9.01 de la Ley Núm. 85-2018, 'Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico', para prohibir la discriminación u hostigamiento contra estudiantes por su participación en dichos programas. El objetivo es fomentar el desarrollo de destrezas de liderazgo y ofrecer oportunidades de carrera en campos militares y civiles.
Para enmendar el inciso d del Artículo 2 de la Ley 234 -2018, conocida como “Ley para el Bienestar y Apoyo a la Mujer Veterana en Puerto Rico”, a los fines de incluir en la definición de mujer veterana, la nueva rama de las Fuerzas Armadas, el “Space Force” o “Fuerza Espacial”; de manera que las mujeres veteranas de dicha rama puedan acceder a los servicios y recursos necesarios, tal como se contempla en la ley vigente para las mujeres veteranas de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.
La Ley 27-2025 enmienda el inciso d del Artículo 2 de la Ley 234-2018 para incluir expresamente a la Fuerza Espacial entre las ramas reconocidas al definir “Mujer Veterana”. La inclusión alcanza a mujeres residentes de Puerto Rico que hayan servido honorablemente en esa rama y tengan la condición de veterana conforme a las leyes federales; también se mantienen los criterios federales para servicio en reserva o la Guardia Nacional. No elimina categorías existentes. Además, ordena a las agencias y departamentos pertinentes tomar medidas para implementar la ley, incluso adoptar reglamentación; no asigna fondos ni fija un plazo para esa labor.
Para enmendar los Artículos 2.01 y 4.01 de la Ley Núm. 4-2022, según enmendada, conocida como "Ley del Fondo de Becas para Mitigar el Alza en Matrículas del Plan Fiscal", con el fin de aclarar la responsabilidad de la Universidad de Puerto Rico sobre la distribución de los fondos; y para otros fines relacionados.
La Ley 108-2025 enmienda los Artículos 2.01 y 4.01 de la Ley 4-2022. Quita a las instrumentalidades gubernamentales la responsabilidad directa de salvaguardar la distribución y asigna a la UPR el deber de establecer y aplicar los requisitos de cualificación de las becas, dentro de los criterios de la ley. La UPR debe remitir a AAFAF, Hacienda y la Oficina del Principal Oficial Financiero informes que evidencien el cumplimiento de esos requisitos, dentro de los 30 días calendario siguientes a cada distribución.
Entra con tu correo para opinar, comentar y seguir esta medida. La primera vez se crea tu cuenta, gratis.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.