Qué propone
La Ley 11-2025 crea la 'Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico', ordenando al Departamento de Salud a implementar una campaña educativa anual sobre la importancia del consumo de ácido fólico. Esta campaña debe incluir la elaboración y distribución de material informativo en consultorios de ginecología y obstetricia, dirigido a mujeres embarazadas o en edad reproductiva. La ley también faculta al Departamento de Salud para reglamentar, y establece sanciones por incumplimiento por parte de los consultorios obligados a distribuir el material.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La Ley 11-2025 fue el 3 de abril de 2025 y por el Senado el 7 de abril de 2025, siendo firmada por los presidentes de ambas cámaras el 10 de abril de 2025 y el 11 de abril de 2025.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 11 de abril de 2025
Ley 11-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (51)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
“Para crear la “Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico”, a los fines de que el Departamento de Salud implemente una campaña educativa sobre la importancia del consumo de ácido fólico, elabore material informativo y lo distribuya en consultorios de ginecología y obstetricia en todo Puerto Rico, dirigido a mujeres embarazadas o en edad reproductiva; ordenar la facultad de reglamentación; establecer sanciones por incumplimiento; y para otros fines relacionados.”
La medida crea la "Ley para la Orientación sobre los Beneficios del Ácido Fólico", ordenando al Departamento de Salud a implementar una campaña educativa anual sobre la importancia del ácido fólico para mujeres embarazadas o en edad reproductiva. El Departamento deberá elaborar y distribuir material informativo a consultorios de ginecología y obstetricia, los cuales deberán entregarlo gratuitamente a las pacientes y mantener un registro de entrega. Se establece un plazo de 90 días para que el Departamento prepare el material y 120 días para que las oficinas comiencen su distribución.
Para crear la "Ley de Consentimiento Informado en las Ferias de Salud de Puerto Rico” a los fines de establecer que los ciudadanos participantes brinden un consentimiento informado antes de suministrarle una vacuna gratuitamente en una feria de salud convocada o auspiciada por organismos gubernamentales, un municipio y/o legisladores; y para otros fines relacionados.
La medida crea la "Ley de Consentimiento Informado en las Ferias de Salud de Puerto Rico". Establece que antes de administrar gratuitamente una vacuna en ferias de salud convocadas o auspiciadas por organismos gubernamentales, municipios o legisladores, los ciudadanos participantes deben brindar su consentimiento informado. Se faculta al Departamento de Salud a elaborar protocolos y velar por el cumplimiento de esta política pública.
A favor (28)
Crea una cuenta gratis para opinar, comentar y seguir esta medida.
Aún no hay comentarios. Comparte tu opinión sobre esta medida.