Qué propone
Esta medida la Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) para facultarla expresamente a realizar expropiaciones forzosas en nombre del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP). El objetivo es agilizar la adquisición de terrenos y derechos de vía para proyectos de reconstrucción, mantenimiento y desarrollo vial financiados con fondos públicos estatales o federales. La ACT podrá ejercer esta facultad como un mecanismo complementario a los procesos del DTOP, validando además cualquier proceso de que ya esté en curso bajo convenios existentes.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
. Esta medida se relaciona con el tema de la infraestructura vial y el mantenimiento de carreteras, que los fragmentos históricos identifican como un problema crónico en Puerto Rico. La medida busca agilizar la adquisición de terrenos para proyectos de reconstrucción y desarrollo vial, lo que se alinea con la necesidad de inversión y rehabilitación de la red de carreteras que se discute en los fragmentos.
En qué va
La Ley 97-2025, que la Ley de la Autoridad de Carreteras y Transportación, fue el 9 de junio de 2025 y por la Cámara de Representantes el 25 de junio de 2025, siendo firmada por la Gobernadora el 1 de agosto de 2025.
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Última acción · 1 de agosto de 2025
Ley 97-2025
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (17)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para enmendar los Artículos 2 y 3 de la Ley 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico”, a los fines de ampliar su acceso a fondos, otorgarle mayor autonomía administrativa y agilizar la ejecución de proyectos de infraestructura crítica; excluir a la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de las disposiciones de la Ley 73-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019”, permitiéndole gestionar sus propios procesos sin interferencias burocráticas; y para otros fines relacionados
Esta medida enmienda la Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura (AFI) para ampliar su acceso a fondos, otorgarle mayor autonomía administrativa y agilizar la ejecución de proyectos de infraestructura crítica. Busca excluir a la AFI de las disposiciones de la Ley de Centralización de Compras (Ley 73-2019), permitiéndole gestionar sus propios procesos de adquisición sin la supervisión de la Administración de Servicios Generales (ASG). Esto afectaría directamente a la AFI, a las agencias gubernamentales que dependen de su asistencia, y en última instancia, a la ciudadanía a través de la celeridad en la ejecución de obras de infraestructura.
“Para crear la “Ley para la Adquisición Preferente de Vehículos Confiscados”, a los fines de establecer las normas y procesos que tendrán que seguir todas las instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, la Rama Judicial, la Asamblea Legislativa y los Municipios para la compra u obtención de vehículos o medios de transporte terrestre, aéreo o marítimo; y para otros fines relacionados.”
A favor (37)
Ausente (1)
La medida crea la Ley para la Adquisición Preferente de Vehículos Confiscados, estableciendo un procedimiento obligatorio para todas las instrumentalidades del Gobierno de Puerto Rico, la Rama Judicial, la Asamblea Legislativa y los Municipios al momento de adquirir vehículos. Se les exige que, como primera opción, obtengan estos vehículos de la flota de inventario disponible bajo la custodia de la Junta de Confiscaciones. Si el inventario no tiene unidades similares, podrán comprar o alquilar externamente, pero solo con certificación previa de la Administración de Servicios Generales (ASG). Los vehículos confiscados se venderán a agencias del orden público por un 10% de su valor de tasación y al resto de entidades gubernamentales y municipios por un 25%.
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