Qué propone
Esta medida la Ley 189-2024 para añadir definiciones de 'planilla de contribución sobre ingresos' y 'proveedor privado'. También realiza correcciones técnicas y aclara la implementación de la radicación electrónica de planillas a través de plataformas privadas, afectando al Departamento de Hacienda y a los contribuyentes que utilizan o desarrollarán estas plataformas.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
Esta medida legislativa (PS 345) fue el 25 de junio de 2025 y por el Senado el 30 de junio de 2025, tras un proceso de conferencia. Fue firmada por el Gobernador y se convirtió en Ley 112-2025 el 12 de agosto de 2025.
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Última acción · 12 de agosto de 2025
Ley 112-2025
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Para enmendar los Artículos 2, 9 y 12 de la Ley 75-2019, según enmendada, conocida como “Ley de la Puerto Rico Innovation and Technology Service” y los Artículos 3 y 7 de la Ley 151-2004, según enmendada, conocida como “Ley de Gobierno Electrónico”, para establecer la política pública en cuanto a la prestación de servicios gubernamentales para personas que no cuenten con recursos tecnológicos; que todas las agencias gubernamentales ofrezcan alternativas inmediatas para aquellas personas que procuren servicios públicos y no tengan los medios o el dominio del recurso tecnológico para procurarlos de manera virtual; requerir de las agencias gubernamentales un protocolo a tales propósitos; y para fines relacionados.
Esta medida legislativa busca enmendar la Ley 75-2019 (Ley de Puerto Rico Innovation and Technology Service) y la Ley 151-2004 (Ley de Gobierno Electrónico). Su propósito es establecer como política pública que todas las agencias gubernamentales ofrezcan alternativas inmediatas para personas sin acceso o dominio de recursos tecnológicos, requiriendo un protocolo específico para garantizarles el acceso a servicios públicos. Afecta directamente a ciudadanos con brecha digital y a las agencias gubernamentales encargadas de proveer servicios.
Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08, 1040.02, 1061.03, 1061.04, 1061.16, 1061.17, 1061.25, 1063.05, 1063.15, 1101.01, 4010.01, 6041.10, 6051.21, 6055.03, 6055.06, y 6080.14 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011”; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la “Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar el Artículo 7.135 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico de 2011”; enmendar las Secciones 1020.08, 2082.02, 2082.03, 2082.04, 2082.05, 2083.01, 6011.05, 6020.10, y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”; enmendar la Sección 2 de la Ley 132-2010, según enmendada, conocida como la “Ley de Estímulo al Mercado de Propiedades Inmuebles”, enmendar el Artículo 1 de la Ley Núm. 168 de 30 de junio de 1968, según enmendada, conocida como "Ley de Exenciones Contributivas a Hospitales"; reducir el cumplimiento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
La medida PS 8 enmienda múltiples secciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 (Ley 1-2011), la Ley General de Corporaciones (Ley 164-2009), el Código de Incentivos (Ley 60-2019) y otras leyes. Busca consolidar la presentación de planillas de impuestos de nómina mediante un acuerdo colaborativo entre Hacienda y Trabajo, mejorar la fiscalización transfiriendo información de agencias a Hacienda sobre propiedades, y ajusta definiciones y reglas contributivas para entidades, corporaciones, agricultores y otros contribuyentes.
Para añadir un nuevo Artículo 10, y reenumerar los subsiguientes, en la Ley 75-2019, según enmendada, conocida como "Ley de la Puerto Rico Innovation and Technology Service", con el propósito de elevar a rango de ley, el Sistema de Identidad Electrónica de Acceso en Línea ("IDEAL"), como un sistema de información de avanzada que consolidará e implementará toda documentación y certificación provista por la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico y que solicitan las agencias para trámites gubernamentales; y para otros fines relacionados.
La Ley 117-2025 eleva a rango de ley el Sistema de Identidad Electrónica de Acceso en Línea (IDEAL), consolidando documentación y certificaciones de la Rama Ejecutiva. Ordena a las agencias compartir esta información y prohíbe solicitar al ciudadano documentos que ya obran en poder del gobierno. El Principal Ejecutivo de Innovación e Informática (PEII) es responsable de su establecimiento. Afecta a ciudadanos, corporaciones y todas las agencias de la Rama Ejecutiva, quienes tienen 180 días para adaptar sus reglamentos, sin sujeción a la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme para dicha adaptación.
Para añadir una nueva Sección 1061.26 a la Ley 1-2011, según enmendada, a los efectos de establecer un período mínimo uniforme para someter electrónicamente evidencia a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI) en relación con las planillas de contribución sobre ingresos de individuos, corporaciones y entidades conducto; facultar al Secretario de Hacienda a aumentar dichos períodos mediante reglamento, determinación administrativa, carta circular o boletín informativo; y para otros fines relacionados.
Esta medida legislativa añade la Sección 1061.26 a la Ley 1-2011 para establecer un período mínimo uniforme y legalmente definido para que los contribuyentes sometan electrónicamente evidencia de respaldo a través del Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI) en sus planillas de contribución sobre ingresos. Fija un mínimo de siete (7) días laborables para planillas radicadas a tiempo o con prórroga, y cuatro (4) días laborables para planillas radicadas fuera de término sin prórroga. Afecta a individuos, corporaciones y entidades conducto que radican planillas.
Para enmendar las Secciones 1010.01, 1010.05, 1021.02, 1022.04, 1022.07, 1034.04, 1035.08,1040.02,1061.03,1061.04,1061.09,1061.16,1061.17,1061.25,1063.05,1063.15,1063.16,1092.02, 4010.01, 6010.05, 6041.10, 6051.21, 6055.03, y 6055.06 de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011"; enmendar los Artículos 15.01, 15.03 y 17.01 de la Ley 164-2009, según enmendada, conocida como la "Ley General de Corporaciones para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico"; enmendar los Artículos 7.135 y 7.207 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como "Código Municipal de Puerto Rico de 2011"; enmendar las Secciones 6020.10, y 6070.66 de la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como "Código de Incentivos de Puerto Rico"; con el fin de simplificar y uniformar fechas de radicación de las distintas planillas requeridas a los negocios, reducir el cumpli11:1iento contributivo en Puerto Rico estableciendo el marco conceptual para un Acuerdo Colaborativo entre el Departamento de Hacienda y el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos con el Propósito de Consolidar la Presentación de las Planillas Presentadas por los Patronos sobre los Impuestos de Nómina relacionados a los Salarios Pagados a los Empleados; mejorar la fiscalización facilitando se transfiera información de algunas agencias del Gobierno con el Departamento de Hacienda referente a propiedades de personas; y para otros fines relacionados.
Esta ley enmienda múltiples secciones del Código de Rentas Internas de Puerto Rico (Ley 1-2011), la Ley General de Corporaciones (Ley 164-2009), el Código Municipal (Ley 107-2020) y el Código de Incentivos (Ley 60-2019). Busca simplificar y uniformar fechas de radicación de planillas para negocios, consolidar la presentación de impuestos de nómina mediante un acuerdo colaborativo entre Hacienda y Trabajo, y mejorar la fiscalización transfiriendo información de propiedades entre agencias. También actualiza definiciones y tratamientos contributivos para entidades como compañías de responsabilidad limitada (LLC) y fideicomisos, y ajusta plazos y requisitos de información.
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