Qué propone
La medida reconoce y declara la tradición de la Tuna puertorriqueña como Patrimonio Cultural Intangible de Puerto Rico. Establece la creación de un Registro de Patrimonio Cultural Inmaterial y dispone medidas para la salvaguarda y valorización de esta tradición. Afecta directamente a las comunidades, grupos y personas que practican o se identifican con la Tuna puertorriqueña, así como a las instituciones culturales y educativas del país.
Pros
Contras
Intereses en juego
En qué va
La medida, P. del S. 838, fue noviembre de 2025 y el 26 de marzo de 2026. Actualmente, se encuentra en trámite en la Cámara de Representantes, habiendo sido referida a comisión tras su primera lectura en abril de 2026.
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Última acción · 25 de junio de 2026
Remitido a Comisión de Calendarios de la Cámara
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (27)
Otras medidas sobre el mismo asunto, encontradas por significado (no solo por palabras).
Para declarar Patrimonio Cultural del Municipio de Cidra, la Tuna Estudiantil de Cidra; y para otros fines relacionados.
Esta Resolución Conjunta declara a la Tuna Estudiantil de Cidra como Patrimonio Cultural del Municipio de Cidra y de Puerto Rico. Ordena al Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) a realizar gestiones pertinentes para cumplir con esta declaración y autoriza al ICP y al Municipio de Cidra a llevar a cabo actividades de promoción y divulgación sobre la Tuna. Afecta directamente a la Tuna Estudiantil de Cidra, al Municipio de Cidra y al Instituto de Cultura Puertorriqueña, quienes deberán coordinar esfuerzos para su implementación.
Para que el Senado de Puerto Rico exprese su más sincera felicitación y reconocimiento a a la Tuna Los Payadores de Puerto Rico, fundada en septiembre de 1984 por ex tunos de la Universidad de Puerto Rico y de la entonces Tuna Los Rondadores, por su valiosa trayectoria de más de cuarenta años. Desde su creación, esta agrupación ha llevado con orgullo la tradición por toda la Isla, destacándose por su excelencia musical, su disciplina y su dedicación.
Esta medida es una Resolución del Senado que busca que el Senado de Puerto Rico exprese formalmente su felicitación y reconocimiento a la Tuna Los Payadores de Puerto Rico. No crea nuevas leyes, no enmienda artículos existentes, ni establece mecanismos, cifras o plazos. Su propósito es meramente declaratorio y simbólico, reconociendo la trayectoria de la agrupación musical.
Abstenido (1)
Para enmendar la Ley Núm. 8 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes”, a los fines de añadir un nuevo Artículo 11-A que establezca la obligación expresa al Secretario del Departamento de Recreación y Deportes de completar, mantener y actualizar un inventario exhaustivo y digital de todos los inmuebles bajo su administración; disponer un plazo específico para su finalización inicial; requerir informes anuales a la Asamblea Legislativa y publicación pública del inventario; facilitar reclamos ante la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) y optimizar la gestión de propiedades; y para otros fines relacionados
El Proyecto del Senado 887 propone enmendar la Ley Orgánica del Departamento de Recreación y Deportes (DRD) para añadir un nuevo Artículo 11-A. Este artículo obligaría al Secretario del DRD a crear, mantener y actualizar un inventario exhaustivo y digital de todos los inmuebles bajo su administración. La medida establece un plazo inicial para completar este inventario, exige informes anuales a la Asamblea Legislativa y su publicación pública, con el fin de facilitar reclamos federales y optimizar la gestión de propiedades.
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