Qué propone
Esta medida la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica (Ley 54) para alinear sus delitos y penas con el Código Penal de 2012. Específicamente, modifica el Artículo 2.8 (Incumplimiento de Órdenes de Protección) a un delito grave de tercer grado con una pena fija de 8 años y supervisión electrónica obligatoria si la sentencia es suspendida. El Artículo 3.1 (Maltrato) se modifica a un delito grave de cuarto grado con pena fija de 3 años, eliminando la necesidad de probar un patrón de conducta para constituir el delito, incluyendo violencia digital. Afecta directamente a personas acusadas de violencia doméstica y a las víctimas, al modificar el marco penal aplicable.
Pros
Contras
Intereses en juego
📜 Perspectiva histórica
Esta medida se enmarca en la evolución de la política pública y la respuesta gubernamental a la violencia de género, un tema que ha sido impulsado por la presión cívica y la acción ejecutiva, como lo demuestra la creación de la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y la declaración de estado de emergencia por violencia de género. La medida busca fortalecer el marco legal existente, la Ley 54, al atemperar sus disposiciones con el Código Penal, lo que refleja un esfuerzo continuo por mejorar la protección y la justicia para las víctimas de violencia doméstica.
En qué va
La medida, Proyecto del Senado 84, fue el 18 de agosto de 2025 y por la Cámara de Representantes el 18 de junio de 2026, con . Fue el 20 de julio de 2026.
Generado por IA · puede contener errores y los argumentos a favor/en contra son posibles puntos de debate, no una postura oficial. Verifica con el texto oficial.
Última acción · 20 de julio de 2026
La lectura de coincidencia compara solo a favor vs. en contra de cada lado.
A favor (24)
En contra (1)
A favor (24)
En contra (1)
A favor (48)
A favor (26)
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